C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250801-17)
Convocatoria subvenciones – Orden 2440/2025, de 23 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2025 subvenciones de Proyectos Sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 182
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025
tán, Paracuellos de Jarama, Pedrezuela, Pinto, San Agustín de Guadalix, San
Fernando de Henares, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de Valdeiglesias, San Martín de la Vega, San Martín de Valdeiglesias, Sevilla la Nueva,
Soto del Real, Torrejón de la Calzada, Torrelodones, Torres de la Alameda,
Tres Cantos, Valdemorillo, Valdetorres de Jarama, Velilla de San Antonio,
Villa del Prado, Villalbilla, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo, Villarejo de Salvanés y Villaviciosa de Odón.
3.o Proyectos que tengan otros ámbitos territoriales desarrollados al menos en
dos municipios de la Comunidad de Madrid de los definidos como “municipios de gran población” de la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local: 4 puntos.
A los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria, se consideran municipios
de gran población: Móstoles, Alcalá de Henares, Alcorcón, Getafe, Parla,
Fuenlabrada, Leganés, Torrejón de Ardoz, Alcobendas, Pozuelo de Alarcón,
San Sebastián de los Reyes, Madrid y Las Rozas de Madrid.
4.o Proyectos que tengan como único ámbito territorial Madrid capital: 1,5 puntos.
La ejecución del proyecto en este apartado sólo se valorará en modalidad
presencial, no para proyectos “en línea” o “por Internet”, que indicará en el
anexo 5.
d) Número de profesionales dedicados al proyecto: hasta 6 puntos.
A efectos de valoración de este apartado solo se contabilizarán los profesionales
con dedicación plena conforme a las horas anuales previstas en el convenio calculado en proporción a la duración del proyecto; en caso de que la dedicación al proyecto fuera inferior a la jornada ordinaria se realizará el correspondiente cálculo
proporcional, datos que las entidades deberán aportar en el anexo 5.
1.o Mayor de 0 y menor de 2: 1 punto.
2.o Mayor o igual a 2 e inferior a 4: 1,5 puntos.
3.o Mayor o igual a 4 e inferior a 6: 2 puntos.
4.o Mayor o igual a 6 e inferior a 8: 2.5 puntos.
5.o Mayor o igual a 8 e inferior a 10: 3 puntos.
6.o Mayor o igual a 10 e inferior a 12: 3,5 puntos.
7.o Mayor o igual a 12 e inferior a 15: 4 puntos.
8.o Mayor o igual a 15 e inferior a 20: 4,5 puntos.
9.o Mayor o igual a 20 e inferior a 25: 5 puntos.
10.o Mayor o igual a 25: 6 puntos.
e) Actividades, calendario y medios técnicos: hasta 22 puntos, con la siguiente distribución:
1.o Calendario de realización con inclusión de un cronograma de realización de
las actividades a ejecutar en el proyecto: hasta 4 puntos.
2.o La descripción detallada de las actividades que se pretenden realizar: hasta 14
puntos.
3.o La correspondencia y adecuación entre los medios personales, técnicos y
materiales implementados y las actividades propuestas: hasta 4 puntos.
f) Presupuesto del proyecto: hasta 3 puntos.
1.o Coherencia del presupuesto del proyecto con las actividades, los destinatarios y los recursos humanos y materiales del proyecto: hasta 2 puntos.
2.o Se valorará con 1 punto más si existe claridad, concreción y detalle en la explicación del presupuesto.
2. Plan de evaluación y de grado de cumplimiento de los objetivos del proyecto: hasta 4 puntos.
Se darán hasta 3 puntos a los proyectos cuyo plan de evaluación desarrolle, como mínimo:
a) Grado de consecución de los objetivos generales y específicos establecidos, incluyendo indicadores medibles y fuentes de verificación: 0,5 puntos.
b) Determinación de las actividades realizadas, grado de ajuste a lo previsto en la programación y estimación de su contribución al logro de los objetivos: 0,5 puntos.
c) Valoración de los destinatarios últimos y posibles mejoras: 0,5 puntos.
d) Indicación de quién efectuará la evaluación: 0,5 puntos.
e) Indicación del momento en el que se realizará la evaluación: 0,5 puntos.
f) Indicación del procedimiento de evaluación y de recogida de datos: 0,5 puntos.
Pág. 181
BOCM-20250801-17
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025
tán, Paracuellos de Jarama, Pedrezuela, Pinto, San Agustín de Guadalix, San
Fernando de Henares, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de Valdeiglesias, San Martín de la Vega, San Martín de Valdeiglesias, Sevilla la Nueva,
Soto del Real, Torrejón de la Calzada, Torrelodones, Torres de la Alameda,
Tres Cantos, Valdemorillo, Valdetorres de Jarama, Velilla de San Antonio,
Villa del Prado, Villalbilla, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo, Villarejo de Salvanés y Villaviciosa de Odón.
3.o Proyectos que tengan otros ámbitos territoriales desarrollados al menos en
dos municipios de la Comunidad de Madrid de los definidos como “municipios de gran población” de la Comunidad de Madrid, de conformidad con la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local: 4 puntos.
A los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria, se consideran municipios
de gran población: Móstoles, Alcalá de Henares, Alcorcón, Getafe, Parla,
Fuenlabrada, Leganés, Torrejón de Ardoz, Alcobendas, Pozuelo de Alarcón,
San Sebastián de los Reyes, Madrid y Las Rozas de Madrid.
4.o Proyectos que tengan como único ámbito territorial Madrid capital: 1,5 puntos.
La ejecución del proyecto en este apartado sólo se valorará en modalidad
presencial, no para proyectos “en línea” o “por Internet”, que indicará en el
anexo 5.
d) Número de profesionales dedicados al proyecto: hasta 6 puntos.
A efectos de valoración de este apartado solo se contabilizarán los profesionales
con dedicación plena conforme a las horas anuales previstas en el convenio calculado en proporción a la duración del proyecto; en caso de que la dedicación al proyecto fuera inferior a la jornada ordinaria se realizará el correspondiente cálculo
proporcional, datos que las entidades deberán aportar en el anexo 5.
1.o Mayor de 0 y menor de 2: 1 punto.
2.o Mayor o igual a 2 e inferior a 4: 1,5 puntos.
3.o Mayor o igual a 4 e inferior a 6: 2 puntos.
4.o Mayor o igual a 6 e inferior a 8: 2.5 puntos.
5.o Mayor o igual a 8 e inferior a 10: 3 puntos.
6.o Mayor o igual a 10 e inferior a 12: 3,5 puntos.
7.o Mayor o igual a 12 e inferior a 15: 4 puntos.
8.o Mayor o igual a 15 e inferior a 20: 4,5 puntos.
9.o Mayor o igual a 20 e inferior a 25: 5 puntos.
10.o Mayor o igual a 25: 6 puntos.
e) Actividades, calendario y medios técnicos: hasta 22 puntos, con la siguiente distribución:
1.o Calendario de realización con inclusión de un cronograma de realización de
las actividades a ejecutar en el proyecto: hasta 4 puntos.
2.o La descripción detallada de las actividades que se pretenden realizar: hasta 14
puntos.
3.o La correspondencia y adecuación entre los medios personales, técnicos y
materiales implementados y las actividades propuestas: hasta 4 puntos.
f) Presupuesto del proyecto: hasta 3 puntos.
1.o Coherencia del presupuesto del proyecto con las actividades, los destinatarios y los recursos humanos y materiales del proyecto: hasta 2 puntos.
2.o Se valorará con 1 punto más si existe claridad, concreción y detalle en la explicación del presupuesto.
2. Plan de evaluación y de grado de cumplimiento de los objetivos del proyecto: hasta 4 puntos.
Se darán hasta 3 puntos a los proyectos cuyo plan de evaluación desarrolle, como mínimo:
a) Grado de consecución de los objetivos generales y específicos establecidos, incluyendo indicadores medibles y fuentes de verificación: 0,5 puntos.
b) Determinación de las actividades realizadas, grado de ajuste a lo previsto en la programación y estimación de su contribución al logro de los objetivos: 0,5 puntos.
c) Valoración de los destinatarios últimos y posibles mejoras: 0,5 puntos.
d) Indicación de quién efectuará la evaluación: 0,5 puntos.
e) Indicación del momento en el que se realizará la evaluación: 0,5 puntos.
f) Indicación del procedimiento de evaluación y de recogida de datos: 0,5 puntos.
Pág. 181
BOCM-20250801-17
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