B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250801-2)
Acuerdo mesa sectorial –  Acuerdo de 23 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 10 de julio de 2025, de la Mesa Sectorial de Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para el período 2025-2028
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BOCM

VIERNES 1 DE AGOSTO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 182

La prueba de control físico tendrá carácter anual. Esta prueba será revisada y definida en la Grupo
de Trabajo de Educación Física/CSL, con el objetivo de favorecer la salud laboral y asegurar una
condición física adecuada para el desempeño de las funciones operativas. En dicho Grupo se
evaluarán y ajustarán las pruebas anuales, atendiendo a los resultados de los trabajos técnicos
realizados en esta materia, con el fin de adecuarlas a las exigencias reales del puesto. En caso de
no superarse los baremos mínimos establecidos, se acordarán las medidas correctoras
correspondientes, también en el seno del Grupo de Trabajo de Educación Física, pasando a una
operatividad de No Intervención Directa en Siniestros hasta llegar a dichos valores.
Con el propósito de fomentar el bienestar físico y la salud integral del personal del Cuerpo de
Bomberos, se procurará gestionar y habilitar la posibilidad de contar con un servicio de
fisioterapia. Este servicio estará destinado tanto a la prevención y tratamiento de lesiones
derivadas del ejercicio profesional como a aquellas originadas por contingencias comunes, con el
fin de favorecer la pronta recuperación, reducir el impacto de las dolencias en el desempeño diario
y mejorar la calidad de vida laboral del colectivo.
Artículo 20.- Condiciones particulares para algunas categorías y funciones laborales.
La jornada laboral de las categorías de la Escala Técnica, Inspector, Oficial de Área y Oficial
Técnico seguirá alternando trabajo de gestión técnica, la jornada de guardia y el servicio de alerta,
de manera similar a la establecida en la actualidad. La distribución anual de cada tipo de jornada a
medida que se modifique el número de efectivos en estas categorías se actualizará al objeto de
adecuar, entre otras cosas, las carencias y necesidades del ámbito operativo, y potenciar las
capacidades teórico-prácticas de dirección y control especialmente en campaña forestal.
El personal de la categoría de Inspector realizará guardias presenciales y no presenciales,
asegurando la cobertura durante todo el año. Durante las guardias presenciales, además de sus
funciones operativas, podrán realizar labores de gestión técnica.
El tiempo correspondiente a la guardia no presencial será computado al 35% a efectos de jornada
laboral. Durante este periodo, el Inspector deberá permanecer en el ámbito territorial de la
Comunidad de Madrid, estar localizable en todo momento, y desplazarse con un vehículo del
servicio, debidamente equipado con todo el material de intervención necesario. Dado que durante
la guardia no presencial el Inspector deberá disponer del vehículo del servicio para una
intervención inmediata, en caso de que resulte necesario el uso de aparcamiento privado para su
estacionamiento, se le abonará el coste correspondiente previa justificación documental.
El personal de la categoría de Oficial de Área o Técnico, durante el período época de peligro alto
INFOMA, realizará una guardia presencial de 12 horas asignada en los días de alerta,
conformándose de la siguiente manera:
12 horas de guardia presencial, durante las cuales el personal deberá encontrarse en las
instalaciones asignadas, en pleno ejercicio de sus funciones, con disponibilidad inmediata
para la atención de emergencias, realización de tareas operativas, entre otras actividades
propias del servicio.
12 horas de alerta, en el régimen de disponibilidad establecido en la jornada "alerta" de
este Acuerdo.
El personal de la categoría de Jefe Supervisor cubrirá dos puestos de alertas diarios durante todo
el año. Durante la época de peligro alto INFOMA, se asignarán 12 h presenciales a dichas alertas
en las mismas condiciones que la categoría de Oficial.
Las horas de prevención en el personal de la categoría de Operador y Jefe de Sala podrán
sustituirse por trabajos de apoyo a la gestión de CECOP y/o reuniones de coordinación internas.
Sin perjuicio de la participación en las distintas Áreas y Servicios del Cuerpo de Bomberos de la
Comunidad de Madrid (CBCM) que pudieran plantearse, los funcionarios en prácticas que se
encuentren realizando el correspondiente curso selectivo podrán ser requeridos para incorporarse

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID