La Cabrera (BOCM-20250723-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 280
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 174
El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma
que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de las
pruebas selectivas que el resto de los participantes.
El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para aquellas pruebas que lo
estimen necesario, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas.
Asimismo, podrá disponer de personal auxiliar colaborador en tareas de vigilancia para la
realización de las pruebas.
El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos de la
oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad del opositor. Aquellos aspirantes en
cuyos ejercicios figuren nombre, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los
mismos, serán eliminados del proceso selectivo.
6.4. Clasificación:
El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las previstas en
el artículo 30.1.a) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de
servicio.
7. COMIENZO Y DESARROLLO DE LA FASE DE OPOSICIÓN.
7.1. Comienzo:
Una vez publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos, y con una antelación mínima de 5
días hábiles, el Ayuntamiento publicará la composición nominal del tribunal seleccionador, el lugar,
fecha y hora de inicio de celebración de las pruebas, y cuantas cuestiones estime oportunas.
Estos anuncios se harán públicos, en todo caso, en el Ayuntamiento, y a efectos de una mayor
difusión, donde se estime conveniente.
Los anuncios de las sucesivas pruebas deberán hacerse con antelación de 48 horas.
7.2 Llamamiento:
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, es decir, los
convocados para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por el Tribunal como hora de
inicio de las actuaciones, aunque tuviera que dividirse en varias sesiones la realización del
ejercicio que así lo requiriera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido
convocados. Serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos
de fuerza mayor alegados y debidamente justificados con anterioridad a la realización del ejercicio,
y apreciados por el Tribunal, debiendo adoptar resolución motivada a tal efecto.
7.3 Orden de actuación:
El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por
la letra dispuesta en la Resolución de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace
público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad
de Madrid para el año correspondiente al de la publicación de las presentes bases.
7.4 Acreditación de personalidad:
Cualquier actuación ante el Tribunal tiene carácter personal y no se admiten acreditaciones ni
poderes de representación. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para
que acrediten su identidad.
Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de
los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará
a la Presidencia de la Corporación, para que adopte las medidas procedentes.
7.6 Anuncios sucesivos:
La fecha, hora y lugar de comienzo de los ejercicios posteriores al primero de las pruebas
selectivas se pondrán en conocimiento de los aspirantes por medio de anuncios en el tablón de
BOCM-20250723-50
7.5 Conocimiento de falta de requisitos de los aspirantes:
Pág. 280
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 174
El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma
que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de las
pruebas selectivas que el resto de los participantes.
El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para aquellas pruebas que lo
estimen necesario, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas.
Asimismo, podrá disponer de personal auxiliar colaborador en tareas de vigilancia para la
realización de las pruebas.
El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos de la
oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad del opositor. Aquellos aspirantes en
cuyos ejercicios figuren nombre, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los
mismos, serán eliminados del proceso selectivo.
6.4. Clasificación:
El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las previstas en
el artículo 30.1.a) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de
servicio.
7. COMIENZO Y DESARROLLO DE LA FASE DE OPOSICIÓN.
7.1. Comienzo:
Una vez publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos, y con una antelación mínima de 5
días hábiles, el Ayuntamiento publicará la composición nominal del tribunal seleccionador, el lugar,
fecha y hora de inicio de celebración de las pruebas, y cuantas cuestiones estime oportunas.
Estos anuncios se harán públicos, en todo caso, en el Ayuntamiento, y a efectos de una mayor
difusión, donde se estime conveniente.
Los anuncios de las sucesivas pruebas deberán hacerse con antelación de 48 horas.
7.2 Llamamiento:
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, es decir, los
convocados para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por el Tribunal como hora de
inicio de las actuaciones, aunque tuviera que dividirse en varias sesiones la realización del
ejercicio que así lo requiriera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido
convocados. Serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos
de fuerza mayor alegados y debidamente justificados con anterioridad a la realización del ejercicio,
y apreciados por el Tribunal, debiendo adoptar resolución motivada a tal efecto.
7.3 Orden de actuación:
El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por
la letra dispuesta en la Resolución de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace
público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad
de Madrid para el año correspondiente al de la publicación de las presentes bases.
7.4 Acreditación de personalidad:
Cualquier actuación ante el Tribunal tiene carácter personal y no se admiten acreditaciones ni
poderes de representación. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para
que acrediten su identidad.
Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de
los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará
a la Presidencia de la Corporación, para que adopte las medidas procedentes.
7.6 Anuncios sucesivos:
La fecha, hora y lugar de comienzo de los ejercicios posteriores al primero de las pruebas
selectivas se pondrán en conocimiento de los aspirantes por medio de anuncios en el tablón de
BOCM-20250723-50
7.5 Conocimiento de falta de requisitos de los aspirantes: