C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250722-9)
Bases ayudas –  Orden 2867/2025, de 14 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifican los criterios de selección, se deja sin efecto la convocatoria recogida en el Capítulo II de la Orden 1428/2025, de 22 de abril, y se realiza una nueva convocatoria para el año 2025 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal (Intervención 6841.1), de la ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (Intervención 6841.2) y de la ayuda a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad (Intervención 6844), cofinanciadas por FEADER (FEADER), la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 34

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 173

en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e
Interior, para el periodo 2024-2027, aprobado mediante Orden 396/2024, de 2 de febrero
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 38 de 14 de febrero de 2024), como
Línea de subvención 29, 31 y 32 del Anexo I, modificadas a través de la Orden 1214/2024,
de 9 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se
crean las líneas de subvención 71, 72, 73 y 74 y se modifican las líneas 20, 29, 30, 31, 32,
33, 34, 35, 38, 39 y 40 del Anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería
para el periodo 2024-2027, aprobado mediante Orden 396/2024, de 2 de febrero (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID nº 95 de 22 de abril 2024).
Se garantiza la aplicación del principio de eficiencia ya que hace un uso razonable de
los recursos públicos por tratarse de ayudas financiadas por el FEADER y no se han establecido cargas administrativas innecesarias o accesorias.
La Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 26.3.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura
y ganadería, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general.
La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a través de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, tiene competencias en materia de impulso
y fomento de la competitividad y mejora de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 235/2023, de 6 de
septiembre, por el que se establece su estructura orgánica en concordancia con el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Por todo ello, vistas las disposiciones citadas y demás de general y pertinente aplicación, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la
Comunidad de Madrid, y el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de
la citada Ley 2/1995, cumplidos los trámites reglamentarios y a propuesta de la Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación,
DISPONGO
Artículo 1

La Orden 1428/2025, de 22 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones
en explotaciones agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid y
se aprueban las convocatorias para el año 2025 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal (Intervención 6841.1), de la
ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (Interven-

BOCM-20250722-9

Modificación de los criterios de selección de la Orden 1428/2025, de 22 de abril, de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases
reguladoras de las ayudas para inversiones en explotaciones agrarias, cofinanciadas
por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración
General del Estado y por la Comunidad de Madrid y se aprueban las convocatorias
para el año 2025 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias
vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de
los recursos naturales y bienestar animal, de la ayuda a inversiones en modernización
y/o mejora de explotaciones agrarias y de la ayuda a inversiones no productivas en
explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso
eficiente de los recursos naturales y biodiversidad (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 105, de 5 de mayo de 2025)