C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250722-9)
Bases ayudas –  Orden 2867/2025, de 14 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifican los criterios de selección, se deja sin efecto la convocatoria recogida en el Capítulo II de la Orden 1428/2025, de 22 de abril, y se realiza una nueva convocatoria para el año 2025 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal (Intervención 6841.1), de la ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (Intervención 6841.2) y de la ayuda a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad (Intervención 6844), cofinanciadas por FEADER (FEADER), la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 173

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JULIO DE 2025

Pág. 33

Durante el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria 2025 de las citadas
ayudas, comprendido entre el 6 de mayo y el 5 de junio de 2025, se detecta que en el Capítulo I. “Bases Reguladoras” artículo 29 “Criterios de selección” y Capítulo II “Convocatoria 2025 de la Ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales
y bienestar animal (Intervención 6841.1), de la Ayuda a inversiones en modernización y/o
mejora de explotaciones agrarias (Intervención 6841.2) y de la Ayuda a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad (Intervención 6844)” artículo 55
“Procedimiento de concesión e instrucción y criterios de selección” apartado 3 de la Orden
1428/2025, de 22 de abril, se han publicado los criterios de selección presentados al órgano
consultivo denominado Comité de Seguimiento del Plan Estratégico de la PAC de la Comunidad de Madrid 2023-2027 (PEPAC-CM), y no los finalmente aprobados en dicho Comité
el 9 de febrero de 2025, por lo que es necesario modificar, en el Capítulo I, el artículo 29 de
la Orden 1428/2025, de 22 de abril, para incluir en las bases reguladoras la tabla de puntuación de criterios de selección que fueron aprobados en el Comité de Seguimiento así como
dejar sin efecto la convocatoria para 2025 de las citadas ayudas recogidas en el Capítulo II,
y convocar de nuevo las mencionadas ayudas para el año 2025.
Por tanto, la presente orden tiene como finalidad modificar en el Capítulo I, el artículo 29 “Criterios de selección”, dejar sin efecto la convocatoria aprobada en el Capítulo II
de la Orden 1428/2025, de 22 de abril, si bien las solicitudes presentadas se considerarán
válidas, salvo desistimiento expreso por parte del solicitante, así como vigentes los trámites realizados por razones de seguridad jurídica y convocar nuevamente para el año 2025 la
ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar
animal (Intervención 6841.1), de la ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de
explotaciones agrarias (Intervención 6841.2) y la ayuda a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad (Intervención 6844).
La presente modificación de las bases reguladoras responde a los principios de buena
regulación de conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Concretamente, se actúa conforme a los principios de necesidad y eficacia, en tanto que la modificación de las bases reguladoras es necesaria para otorgar estas ayudas, que son el sistema
más adecuado para el fomento de la actividad de utilidad pública como es la mejora de la
competitividad y sostenibilidad de las explotaciones agrarias de la Comunidad de Madrid
y garantizar el relevo generacional ante un claro envejecimiento de la población dedicada
al sector agrario.
Se actúa con proporcionalidad ya que el contenido de la modificación de las bases reguladoras se limita al contenido necesario exigido por la normativa aplicable en materia de
subvenciones.
Se ha cumplido, igualmente, con el principio de seguridad jurídica dado que esta orden es
coherente con la reglamentación comunitaria y con la legislación nacional y autonómica aplicable en la materia y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por lo que respecta al principio de transparencia queda plenamente garantizado debido a que la modificación de estas bases reguladoras, tal y como se ha señalado, pretenden
la aplicación de intervenciones incluidas en el Plan Estratégico de la PAC de España y sus
anexos 2023-2027 de la Comunidad de Madrid (PEPAC-CM) y, este PEPAC-CM fue sometido a consulta con el objeto de recibir observaciones tanto de los aspectos ambientales
del mismo en el marco del procedimiento ambiental como de otros aspectos que se encuadraban dentro del proceso de aprobación del PEPAC tal y como se refiere detenidamente
en el apartado relativo a la tramitación de la norma (Anexo I sobre la evaluación ex ante y
la evaluación estratégica medioambiental (EEM) contemplada en la Directiva 2001/42/CE). Por lo que los interesados han podido participar en la definición del contenido del PEPAC-CM que es el que marca los aspectos esenciales que se desarrollan normativamente a través de estas bases reguladoras. Por otro lado, estas ayudas están previstas

BOCM-20250722-9

— Intervención 6841.2-“Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias”.
— Intervención 6844-“Ayudas a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de
los recursos naturales y biodiversidad”.