C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250722-9)
Bases ayudas –  Orden 2867/2025, de 14 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifican los criterios de selección, se deja sin efecto la convocatoria recogida en el Capítulo II de la Orden 1428/2025, de 22 de abril, y se realiza una nueva convocatoria para el año 2025 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal (Intervención 6841.1), de la ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (Intervención 6841.2) y de la ayuda a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad (Intervención 6844), cofinanciadas por FEADER (FEADER), la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 22 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 173

3.o Certificado de asistencia y aprovechamiento a un curso de incorporación a la empresa agraria con una duración mínima de 150 horas homologado por alguna
administración pública, por organizaciones profesionales agrarias o por entidades
privadas, en cuya organización y/o financiación haya participado algún organismo oficial/organización profesional agraria.
4.o Certificados de asistencia y aprovechamiento de cursos de capacitación agraria o
de actividades complementarias, expedidos por alguna administración pública,
por organizaciones profesionales agrarias o por entidades privadas, en cuya organización y/o financiación haya participado algún organismo oficial/organización
profesional agraria. En el certificado de los distintos cursos constará la duración
de cada uno de ellos, y deberán sumar como mínimo ciento cincuenta horas lectivas, de las que, al menos, cincuenta corresponderán a organización y gestión económica de la empresa agraria. Para el cómputo de las horas lectivas se tendrá en
cuenta las materias relacionadas con la orientación productiva de la explotación
prevista en el plan empresarial.
La experiencia profesional, se acreditará mediante alguno de los siguientes documentos:
1.o Informe de acreditación de actividad agraria por cuenta propia de la Tesorería General de la Seguridad Social.
2.o Tres declaraciones de IRPF con ingresos agrarios de los últimos 5 años, siendo
obligatoria la del último año.
Noveno.

Documentación a aportar si el solicitante es una persona jurídica

Junto a la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación:
a) NIF de la persona jurídica y NIF/NIE de su representante. El NIF/NIE podrá ser
obtenido de oficio por la Comunidad de Madrid si el solicitante no se opone a la
consulta.
b) Autorización, en su caso, del representante para presentar documentación.
c) Listado actualizado del número de socios.
d) Escrituras de constitución.
e) Cuentas del último ejercicio contable depositadas en el Registro correspondiente.
f) Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el que se indique que ejerce la actividad
agraria.
g) Certificado actualizado del registro que le corresponda.
h) Certificación del acuerdo válidamente tomado en junta o asamblea general haciendo constar la aprobación del proyecto presentado y las ayudas que se solicitan.
i) En el caso de que la persona jurídica no tenga 3 años de actividad: Documentación
acreditativa de la capacitación profesional del 50 % de los socios conforme a lo
indicado para las personas físicas en el artículo 22 de la Orden 1428/2025, de 22
de abril.
j) Para la intervención 6841.2, última declaración del Impuesto de Sociedades (modelo 200) a fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes de ayuda, en el que
el importe neto de la cifra de negocios y otros ingresos del conjunto de las actividades agrícolas y/o ganaderas supongan más del 50 % del importe neto de la cifra
de negocios y otros ingresos del total de la sociedad.
Documentación a aportar si el solicitante es una entidad sin personalidad
jurídica

Junto a la solicitud se deberá aportar la siguiente documentación:
a) NIF de la entidad y NIF/NIE de todos los comuneros. El NIF/NIE podrá ser obtenido
de oficio por la Comunidad de Madrid si el solicitante no se opone a la consulta.
b) NIF/NIE del representante. Podrá ser obtenido de oficio por la Comunidad de
Madrid si el solicitante no se opone a la consulta.
c) Autorización, en su caso, del representante para presentar documentación.
d) Documento de constitución en el que conste las cuotas de participación.
e) Pacto de indivisión por un período mínimo de cinco años a partir de la fecha del
pago final al beneficiario.

BOCM-20250722-9

Décimo.