D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL - O. A. Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (BOCM-20250719-7)
Convenio –  Convenio de 27 de junio de 2025, entre la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor (ARRMI) y la Asociación para la Gestión de la Integración Social (GINSO) para la ejecución de medidas judiciales de internamiento y no privativas de libertad, previstas en la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 171

SÁBADO 19 DE JULIO DE 2025

2.5.

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Limpieza de las instalaciones.

El Centro deberá encontrarse en todo momento en perfecto estado de higiene y limpieza, siendo los
servicios mínimos que se deberán atender, los siguientes:
Limpieza de las dependencias: GINSO prestará una especial atención a la cocina, almacenes de
comida y zona de servicios de la misma, cumpliendo en todo momento la normativa existente al
respecto.
Desinsectación y desratización: Por parte de GINSO se realizará una campaña general de
desinsectación y desratización al inicio de la vigencia del convenio, aportando a la Agencia certificado
correspondiente, así como el mantenimiento preventivo mensual entre campañas.
Suministro y reposición de consumibles: Se asumirá por parte de GINSO el suministro y reposición
de toallitas de papel de celulosa, jabón líquido para manos y papel higiénico.
Servicios Especiales, los cuales serán asumidos igualmente por GINSO
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Tratamientos antiestáticos.
Suministro y reposición de contenedores higiénico-sanitarios, en las cabinas de señoras
del Centro; para ello se permitirá que GINSO cuente con la intervención de una empresa
acreditada, para la realización de este servicio.
Instalación de contenedores de cartón, en las dependencias, para la posterior recogida
de papel, con destino al reciclado.
Cuidado de plantas de interior.
Limpieza de fachadas.
Cuantos se definan por la Agencia, según las circunstancias en que se produzcan.

Todos los gastos derivados de la limpieza y cuantos productos sean necesarios para la realización
de la misma serán asumidos por parte de GINSO.
2.6.

Atención religiosa.

Con el fin de respetar las creencias religiosas de los menores y jóvenes internos, GINSO facilitará
que en el Centro puedan llevarse a cabo las prácticas religiosas derivadas de sus creencias.
2.7.

Asistencia sanitaria.

Durante la estancia en el centro los internos recibirán:
-

Atención médica y de enfermería de lunes a viernes, mediante consulta programada a
petición de las personas menores y del Servicio Médico.
Instauración de tratamientos para las patologías observadas.
Derivaciones a especialistas para diagnóstico y/o tratamiento de las patologías oportunas.
Atención de las urgencias médicas durante los horarios de presencia y derivación a
Urgencias Hospitalarias cuando los medios propios no permitan la atención más adecuada.
Atención psiquiatrita de aquellos/as menores no ingresados/as en grupos educativos
terapéuticos que la precisen a juicio del médico, dirección o equipos técnicos.
Emisión de los correspondientes partes de lesiones y reconocimiento
físico tras la aplicación de medidas de contención.

Asimismo, se realizará un seguimiento de las personas menores/jóvenes en los ámbitos:
-

Alimentario (frecuente aumento de peso).
Deportivo (lesiones deportivas).
Salud bucodental.
Higiene general.
Seguimiento especial de la patología crónica que las personas menores puedan presentar
(Diabetes, cardiopatías, endocrinopatías, trastornos músculo esqueléticos, etc.)

Todo lo anterior deberá llevarse a cabo de conformidad con lo establecido en el proyecto educativo
del centro.

BOCM-20250719-7

Además, en ingresos prolongados se realizarán controles periódicos de salud: revisión y
actualización de la Historia Clínica, analíticas de control, etc.