D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250429-34)
Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación de la planta fotovoltaica Labrador y su infraestructura de evacuación en el polígono 33, del término municipal de Navalcarnero, solicitado por Planta Fotovoltaica Imagesol, S. L.
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BOCM

MARTES 29 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 101

7.8. Las construcciones asociadas a la planta (casetas prefabricadas, etc.) emplearán
las formas y materiales que menor impacto produzcan y se utilizarán los colores que más
favorezcan la integración paisajística.
7.9. Se considerará la posibilidad de realizar en el interior del vallado plantaciones
de especies de flora local protegida o plantas nutricias de lepidópteros protegidos, así como
mantener cultivos en el campo solar, tales como de especies aromáticas para su aprovechamiento apícola.
7.10. Al finalizar las obras se procederá al desmantelamiento de todas las instalaciones auxiliares, la limpieza de la zona de obras, la retirada selectiva de la totalidad de los residuos o restos procedentes de las mismas y la ejecución de las medidas de integración y
restauración ambiental contempladas en el EsIA y en la presente DIA, incluyendo las superficies donde se han realizado actividades auxiliares.
7.11. En la primera estación favorable desde la finalización de las obras se revegetará
mediante plantación con especies arbustivas y/o arbóreas autóctonas una franja perimetral
de 5 m de anchura externa a los recintos vallados, así como una banda perimetral de 3 m de
anchura que discurra por el interior del vallado a lo largo de toda su longitud, tal y como se
indica en el EsIA, formando setos con función de enmascaramiento paisajístico y refugio
de fauna. La pantalla interna a los vallados deberá disponerse en dos hileras al tresbolillo
con una distancia máxima de 2 m entre ejemplares arbóreos/arbustivos. En ambas pantallas
vegetales se efectuarán las labores de mantenimiento necesarias para conseguir el desarrollo adecuado de la vegetación implantada, en particular los riegos necesarios para asegurar
su supervivencia, contemplándose la reposición de marras superiores al 15 por 100 en cada
uno de los primeros cinco años como mínimo. No se dará por finalizada la restauración hasta que la cobertura vegetal sea densa y autosostenible.
7.12. Se restaurarán los caminos y viales preexistentes afectados durante las obras,
dejándolos en condiciones adecuadas para el tránsito. Se repondrá a las condiciones iniciales los vallados y cualquier otra infraestructura afectada.
8. Condiciones relativas a la protección del patrimonio cultural
8.1. Si durante la ejecución de los trabajos previstos apareciesen indicios de afección
a un yacimiento o algún otro valor histórico, artístico o cultural, se paralizarán las obras y
se informará inmediatamente a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que examinen los
restos y adopten las medidas oportunas, siendo de aplicación la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
9. Seguimiento y vigilancia ambiental
La vigilancia ambiental se llevará a cabo mediante la comprobación continuada del
cumplimiento de cada una de las medidas de protección y corrección contempladas en el
Estudio de Impacto Ambiental y en la presente DIA, haciendo el seguimiento oportuno para
determinar su eficacia y detectar posibles impactos no previstos con objeto de determinar
medidas correctoras complementarias. Para ello, además del contenido del plan de vigilancia establecido en la documentación examinada, deberán añadirse los siguientes controles
y actuaciones, que también quedarán recogidos en los informes definidos en el Programa
de Vigilancia Ambiental:
— Supervisión de la delimitación física de las obras, incluida la zona de ubicación de
las instalaciones auxiliares.
— Control del mantenimiento y movimiento de la maquinaria, y restricción de su
circulación fuera de las franjas de ocupación, pistas de trabajo y zonas habilitadas
para ello.
— Control de la retirada, almacenamiento y reposición de la tierra vegetal a mover
(exclusivamente parque de maquinaria e instalaciones auxiliares, cimentaciones,
caminos y zanjas).
— Comprobación al inicio de cada jornada de trabajo de la posible presencia de fauna
atrapada en las zanjas y vaciados, procediéndose en su caso a su liberación de manera segura.
— Control continuo de las condiciones de almacenamiento y gestión de los residuos
(peligrosos y no peligrosos) generados tanto en las obras y desmantelamiento
como en el funcionamiento de la actividad, con su oportuna documentación.

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