D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250426-7)
Convenio – Convenio de 31 de marzo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y CEIM Confederación Empresarial de Madrid-CEOE, para la realización de actividades conjuntas de asesoramiento, información y sensibilización en prevención de riesgos laborales incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 99
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE ABRIL DE 2025
Pág. 133
futuras estrategias que, tanto a nivel nacional como europeo, puedan ponerse en marcha durante la vigencia de este VII Plan Director.
4. El VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid tiene la consideración de Plan Estratégico de Subvenciones para las líneas y actuaciones en materia de ayudas públicas recogidas en el mismo y que se van a desarrollar durante su vigencia, según lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como el artículo 8 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, y su posterior desarrollo reglamentario efectuado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, artículos 10 y siguientes. En este
sentido, dicho Plan Estratégico recoge los contenidos establecidos en el artículo 12 del citado Real Decreto.
5. En este sentido, concreta en su Anexo “Plan Estratégico de Subvenciones” el otorgamiento de las ayudas, mediante la suscripción de convenios anuales o bienales, a los
agentes sociales firmantes del referido VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales, para la realización de acciones o actuaciones de utilidad pública o interés social en
materia de prevención de riesgos laborales que se van a desarrollar durante su vigencia, distintas a las de su actividad propia, y se financiarán con cargo al capítulo IV de Presupuesto
del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
6. El artículo 4 de la Ley 23/1997, de 19 de marzo, de Creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 27 de marzo), establece como una función del IRSST la de apoyar y promover actividades desarrolladas por empresarios, trabajadores y sus respectivas organizaciones representativas, en orden a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, la reducción de los riesgos laborales, la investigación o fomento de nuevas formas de protección y
la promoción de estructuras eficaces de prevención. A tal fin el Instituto suscribirá convenios de colaboración con entidades públicas y agentes sociales y concederá becas y ayudas
para la realización o participación en actividades formativas y divulgativas sobre prevención de riesgos laborales.
7. Por su parte, el artículo 7 de los Estatutos de CEIM, Confederación Empresarial
de Madrid–CEOE, tiene como fines, entre otros: Fomentar el progreso de los empresarios
mediante la realización de estudios o puesta en marcha de cualquier iniciativa que promocione los intereses empresariales en cualquier ámbito que afecte a la competitividad o productividad, tales como digitalización, innovación, formación, seguridad y salud en el trabajo o sostenibilidad. Estos fines definen el marco competencial material de CEIM para
suscribir el presente Convenio.
Por todo ello, tanto la Comunidad de Madrid, a través del IRSST, como CEIM, Confederación Empresarial de Madrid–CEOE, con personalidad jurídica propia de la que forman parte todo tipo de organizaciones profesionales de empresarios que desarrollan sus actividades dentro del marco territorial de nuestra región, tienen interés en fomentar y
desarrollar sus relaciones con la finalidad de implantar una verdadera cultura preventiva, y
de establecer cauces de colaboración a través de las Asociaciones que forman parte de la misma.
Ambas partes actúan en el ejercicio de sus respectivos cargos y se reconocen capacidad suficiente para obligarse en los términos del presente convenio, estructurando su funcionamiento con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente Convenio es regular el marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid (a través del IRSST) y CEIM, para el desarrollo de todas aquellas actuaciones que, en materia de prevención de riesgos laborales, estén orientadas al asesoramiento
práctico e integral en dicha materia, dirigidas a empresarios, trabajadores y sus representantes que formen parte de alguna de las tipologías de empresa, actividad, colectivo o territorio definidos en los siete ejes estratégicos del VII Plan Director; y que sean realizadas por
aquellas Asociaciones integradas en CEIM, que se adhieran al presente convenio mediante
la suscripción de los correspondientes convenios individuales respectivos.
Con ello se pretende llevar a cabo un mayor acercamiento de la prevención de riesgos
laborales a todos los estamentos y contribuir a un mayor desarrollo de la cultura preventiva.
BOCM-20250426-7
Objeto del convenio
B.O.C.M. Núm. 99
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE ABRIL DE 2025
Pág. 133
futuras estrategias que, tanto a nivel nacional como europeo, puedan ponerse en marcha durante la vigencia de este VII Plan Director.
4. El VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid tiene la consideración de Plan Estratégico de Subvenciones para las líneas y actuaciones en materia de ayudas públicas recogidas en el mismo y que se van a desarrollar durante su vigencia, según lo establecido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como el artículo 8 de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, y su posterior desarrollo reglamentario efectuado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, artículos 10 y siguientes. En este
sentido, dicho Plan Estratégico recoge los contenidos establecidos en el artículo 12 del citado Real Decreto.
5. En este sentido, concreta en su Anexo “Plan Estratégico de Subvenciones” el otorgamiento de las ayudas, mediante la suscripción de convenios anuales o bienales, a los
agentes sociales firmantes del referido VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales, para la realización de acciones o actuaciones de utilidad pública o interés social en
materia de prevención de riesgos laborales que se van a desarrollar durante su vigencia, distintas a las de su actividad propia, y se financiarán con cargo al capítulo IV de Presupuesto
del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
6. El artículo 4 de la Ley 23/1997, de 19 de marzo, de Creación del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 27 de marzo), establece como una función del IRSST la de apoyar y promover actividades desarrolladas por empresarios, trabajadores y sus respectivas organizaciones representativas, en orden a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, la reducción de los riesgos laborales, la investigación o fomento de nuevas formas de protección y
la promoción de estructuras eficaces de prevención. A tal fin el Instituto suscribirá convenios de colaboración con entidades públicas y agentes sociales y concederá becas y ayudas
para la realización o participación en actividades formativas y divulgativas sobre prevención de riesgos laborales.
7. Por su parte, el artículo 7 de los Estatutos de CEIM, Confederación Empresarial
de Madrid–CEOE, tiene como fines, entre otros: Fomentar el progreso de los empresarios
mediante la realización de estudios o puesta en marcha de cualquier iniciativa que promocione los intereses empresariales en cualquier ámbito que afecte a la competitividad o productividad, tales como digitalización, innovación, formación, seguridad y salud en el trabajo o sostenibilidad. Estos fines definen el marco competencial material de CEIM para
suscribir el presente Convenio.
Por todo ello, tanto la Comunidad de Madrid, a través del IRSST, como CEIM, Confederación Empresarial de Madrid–CEOE, con personalidad jurídica propia de la que forman parte todo tipo de organizaciones profesionales de empresarios que desarrollan sus actividades dentro del marco territorial de nuestra región, tienen interés en fomentar y
desarrollar sus relaciones con la finalidad de implantar una verdadera cultura preventiva, y
de establecer cauces de colaboración a través de las Asociaciones que forman parte de la misma.
Ambas partes actúan en el ejercicio de sus respectivos cargos y se reconocen capacidad suficiente para obligarse en los términos del presente convenio, estructurando su funcionamiento con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente Convenio es regular el marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid (a través del IRSST) y CEIM, para el desarrollo de todas aquellas actuaciones que, en materia de prevención de riesgos laborales, estén orientadas al asesoramiento
práctico e integral en dicha materia, dirigidas a empresarios, trabajadores y sus representantes que formen parte de alguna de las tipologías de empresa, actividad, colectivo o territorio definidos en los siete ejes estratégicos del VII Plan Director; y que sean realizadas por
aquellas Asociaciones integradas en CEIM, que se adhieran al presente convenio mediante
la suscripción de los correspondientes convenios individuales respectivos.
Con ello se pretende llevar a cabo un mayor acercamiento de la prevención de riesgos
laborales a todos los estamentos y contribuir a un mayor desarrollo de la cultura preventiva.
BOCM-20250426-7
Objeto del convenio