C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250426-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya. (Código número 28104022012025)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 94

SÁBADO 26 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 99

1.2 Medidas de control. Como para cualquier otro riesgo, el procedimiento general de
actuación preventiva supone actuar sobre el foco (generador del conflicto), el medio y las
personas trabajadoras.
Medidas de control sobre el foco:
En este caso concreto, se entiende como “foco” la persona que pueda generar el conflicto, incluyendo
tanto a usuarios del servicio (Violencia Tipo 2) como a otras personas no usuarias (Violencia Tipo 1).
Dependiendo de que sean unos u otros, las medidas que se proponen son las siguientes:
x

Contra la Violencia Tipo 1 (otros):
NUNCA dirigirse a personas que no sean usuarios directos.
SIEMPRE a la persona que reclama nuestros servicios. Procurar que no intervengan en
criterios técnicos, explicando claramente que los argumentos que se utilizan se ajustan a lo
establecido.

x

Contra la Violencia Tipo 2 (usuarios): Se adoptará la misma actitud que ya se cita en el
anterior supuesto, manteniendo la asertividad en todo momento.
Ante indicios de comportamientos irregulares, y siempre que sea posible, se deberá informar
al responsable directo la necesidad de ir acompañados en las visitas por un compañero.
Intentar establecer una adecuada distancia de seguridad (entre el posible agresor o agresora
y la posible víctima).
Se interrumpirá la actividad mientras la situación no sea controlada o la persona trabajadora
no se encuentre en condiciones de reanudarla con las suficientes garantías de seguridad.
Si se produjeran situaciones problemáticas, debe informar al responsable de la empresa o del
servicio, para que éste de las instrucciones oportunas.

Medidas de control sobre el medio:
En este apartado se recogen las medidas que provean a las instalaciones de sistemas de control
de acceso o barreras que impidan la aparición de conflictos sin controlar, o sus consecuencias,
debido a las características de la tarea, y atención al cliente la medida preventiva establecida es el
acompañamiento del trabajador por un compañero cuando éste lo estime oportuno informando a su
superior inmediato.
Medidas de control para nuestro personal:
Existen pocas herramientas mejores que crear un clima de seguridad y dominio ante estas
situaciones. Como pautas de actuación generales se tendrán en cuenta las siguientes:
SIEMPRE actuar de forma que no se descontrole la ira de la otra persona:

-

Manteniendo una actitud tranquila.

-

No contestando a las amenazas de la misma forma.

-

Manteniendo una actitud asertiva en todo momento.

-

Manteniéndose alerta.

-

Buscar calmar la situación.

-

Abandonar el lugar de trabajo.

-

En todo momento, utilizar un lenguaje acomodado y un tono de voz sereno
y tranquilizador.

Si la violencia es incontrolada:

-

Salir del lugar de trabajo.

-

Llamar al responsable o jefe del servicio o prestación.

-

De considerarse necesario, avisar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a
través del teléfono de Emergencias 112.

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- Evaluando la situación de forma global, buscando alternativas. Si la violencia está
controlada (no se ha producido ataque físico):