C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250426-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya. (Código número 28104022012025)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 99

discriminación laboral entre mujeres y hombres, así como promover condiciones de trabajo que
eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para
su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes
hayan sido objeto del mismo.”
Por último, comentar que el criterio técnico CT 104/2021 de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social avala lo establecido en el CT 69/2009 sobre acoso y violencia en el trabajo, si bien introduce
un cambio importante en la conducta de acoso, al considerar que no es necesario acreditar la
intencionalidad de hacer daño, sino que bastaría con acreditar la presencia de un nexo de
causalidad adecuado entre el comportamiento y el resultado del mismo sobre la persona
trabajadora fruto de esta violencia (conducta deliberada).
6.

PRINCIPIOS DIRECTORES DEL PROTOCOLO

6.1

Prevención del acoso laboral

El Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya, declara que toda persona tiene derecho a recibir un trato
cortés, respetuoso y digno. En virtud de este derecho fundamental en conformidad con la
declaración Universal de los Derechos Humanos de la OIT, se reconoce la necesidad de adoptar
medidas para garantizar que todos los miembros del personal disfruten de igualdad de trato,
reconociendo que todas las formas de acoso constituyen, no sólo una afrenta al trato equitativo,
sino también una falta muy grave que no puede, ni debe ser tolerada.
Los comportamientos antedichos ocasionan daños a la salud mental o física y al bienestar de los
individuos, siendo calificados como maltrato físico y/o psicológico a las personas. Asimismo,
también perjudican los objetivos y la labor de la entidad; por consiguiente, el Ayuntamiento de
Buitrago de Lozoya se compromete a atender todos los casos de acoso de los que tenga
conocimiento por parte de las personas trabajadoras de la entidad, todo ello sin menoscabo de las
acciones civiles y/o penales que la persona acosada pueda o quiera ejecutar.
El Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya, dispone que la violación de los derechos establecidos en
el presente protocolo será objeto de medidas disciplinarias y demás medidas que considere
pertinentes la entidad al amparo de la normativa laboral.
6.2

Garantías de protección (prohibición de represalias)

El Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya, garantiza el derecho a utilizar el presente procedimiento
sin temor a ser objeto de represalias, intimidación, ni de trato injusto, discriminatorio o
desfavorable. Dicha protección se aplicará por igual tanto a las personas que formulen una
denuncia, a aquellas que faciliten información en relación con dicha denuncia o a las personas
denunciadas; es decir, a todas las personas implicadas.
Las personas que denuncien una posible situación de acoso, así como las personas denunciadas
de su posible realización, tendrán derecho a solicitar de sus superiores jerárquicos
correspondientes, como una de las medidas cautelares, dejar de trabajar con la persona o
personas denunciadas o la persona denunciante (distanciamiento social) o modificación de los
horarios de trabajo para evitar la coincidencia en el lugar de trabajo si esto fuera posible, sin temor
a ser objeto de ningún tipo de desventaja o represalia. La Dirección de la empresa valorará en
cada caso la actuación a implantar atendiendo a cada situación concreta.
En el caso que sucedan denuncias falsas sobre otras personas, la Dirección de la empresa
adoptará las medidas disciplinarias que considere oportunas, pudiendo contemplar cualquier
medida laboral y/o sancionadora, que la legislación vigente permita, para la situación y/o personas
implicadas.
Sensibilización, información y transparencia

El Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya, acuerda formular y aplicar estrategias que incluyan
elementos de información, educación, capacitación, seguimiento y evaluación con el objeto no sólo
de prevenir el acoso, sino también de influenciar sobre las actitudes y comportamientos de las
personas que integran la organización, de conformidad con el espíritu y la intención del presente
acuerdo. Tanto las personas que ocupan cargos de responsabilidad como el resto del personal
recibirán información y/o formación respecto del funcionamiento práctico de este procedimiento.
El Ayuntamiento de Buitrago de Lozoya, destaca que incumbe a todo el personal la
responsabilidad de cumplir con las disposiciones en materia de acoso psicológico y/o acoso sexual
o por razón de género, y se compromete a realizar todas las actuaciones que sean necesarias para
garantizar que todo el personal colabore en la aplicación y el funcionamiento eficaz del mismo,
mediante la debida información y accesibilidad al procedimiento y a sus medidas.

BOCM-20250426-3

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