Villamanta (BOCM-20250425-67)
Organización y funcionamiento. Ordenanza
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

VIERNES 25 DE ABRIL DE 2025

B.O.C.M. Núm. 98

2. El alimento no deberá depositarse directamente sobre el suelo, ni mantenerse de forma
permanente, sino que deberá ser retirado junto con los recipientes, una vez que los gatos
hayan comido.
3. Los puntos de suministro de alimento se alejarán de aquellas zonas donde la presencia
de los gatos pueda afectar a personas vulnerables (niños, ancianos y enfermos).
4. El agua se renovará periódicamente suministrándose en recipientes de fácil limpieza,
colocados de forma integrada en el entorno.
5. El espacio habrá de mantenerse en adecuadas condiciones de salubridad e higiene. A tal
efecto, se realizará una limpieza frecuente de la zona, y se acondicionará el lugar de
ubicación, retirando la basura que pueda acumularse como consecuencia directa de la
presencia de los gatos y de su propia gestión.
6. La colocación de refugios artificiales queda restringida a situaciones de necesidad,
condiciones meteorológicas muy adversas, o imposibilidad de los animales para buscar su
propio refugio, y deberá contar con la correspondiente autorización.
7. El uso de medicamentos en la gestión de la colonia felina precisara del
correspondiente informe y receta expedidos por un veterinario colegiado.
En materia de gestión poblacional:
1. Identificar mediante microchip y proceder a la esterilización quirúrgica de todos los gatos
antes del año de edad.
2. El objetivo de la gestión de una colonia de gatos comunitarios no es solo alimentarlos y
proporcionarles cobijo en su caso, sino su control y disminución progresiva y mediante la
estrategia CER (captura-esterilización-retorno).
3. Desde el primer momento se adoptarán las medidas que sean necesarias para alcanzar,
de manera escalonada, y en el menor tiempo posible, el estatus de colonia controlada de
gatos esterilizados, atendiendo especialmente los requerimientos que en tal sentido pueda
realizar el órgano municipal competente.
4. Se aplicarán las directrices establecidas para la implementación del método CER.
5. Se promoverá la retirada, para su entrega en adopción, de los cachorros y ejemplares
socializados que puedan formar parte de la población felina objeto de control.
6. Los colaboradores habrán de realizar la captura de los animales de su colonia objeto de
esterilización, o facilitar y colaborar con ella en los términos acordados con Ayuntamiento de
Villamanta.
7. Aquellos animales que no puedan ser objeto de adopción serán devueltos a la misma
localización donde fueron capturados.
8. La identificación de los animales integrantes de la colonia se atendrá a lo dispuesto por la
normativa que establezca la Comunidad de Madrid.
En materia de ocupación de espacios públicos:
1. La ocupación de espacios públicos mediante estaciones de alimentación y bebida y/o
casetas, habrá de ser autorizada por el órgano municipal correspondiente. En ningún caso
se autorizará otro tipo de elemento, distinto a los indicados.
2. El Ayuntamiento de Villamanta, en aquellos casos en los que lo considere oportuno, podrá
determinar la obligación de uniformizar dichos elementos, de manera que se facilite su
integración visual en el espacio urbano.
En materia de ocupación de espacios privados:
Sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Civil, en la Ley de Propiedad Horizontal, y
cualquier otra normativa que resulte de aplicación, el acceso y la ocupación de espacios
privados deberá contar con la autorización previa de los propietarios o titulares de la

BOCM-20250425-67

Pág. 464

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID