C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250207-20)
Establecimiento vedas – Orden 298/2025, de 24 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, sobre establecimiento de vedas y regulación especial de la pesca continental en los ríos, arroyos y embalses de la Comunidad de Madrid, para la temporada 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Fuentidueña
C
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13,1
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2,6
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CP
TC
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-
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CP
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: con CyS (M, X, J, V, S, D y F). Vedado: lunes no festivos.
Especies objeto de pesca: especies del anexo I y art. 25.
Cebos: todos los recogidos en el art. 23 para aguas no trucheras.
CP
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: con CyS (M, X, J, V, S, D y F). Vedado: lunes no festivos.
Cebos: todos los recogidos en el art. 23 para aguas no trucheras.
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: M, X, J, V, S, D y F. Vedado: lunes no festivos.
Tramo único a efecto de expedición de permisos.
Especies objeto de pesca: especies del anexo I y art. 25.
Cebos: todos los recogidos en el art. 23 para aguas no trucheras.
Período hábil: del 1 de mayo al 3er. domingo de julio, ambos inclusive.
Días hábiles: con CyS (L, M, X, V, S, D y F). Vedado: jueves no festivos.
Tramo único a efecto de expedición de permisos.
TC
Cebos: según art. 23 para zona truchera y tramo de «CyS» y cucharilla de un solo
arpón sin muerte.
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: L, X, J, V, S, D y F. CyS: lunes. Vedado: martes no festivos.
Cebos: los definidos para «CyS»
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: L, X, J, V, S, D y F. CyS: lunes. Vedado: martes no festivos.
Especies objeto de pesca: especies del anexo I y art. 25.
Cebos: según art. 23 para zona truchera.
Cupo: el n.º máximo de ejemplares de trucha arcoíris a extraer es de 4.
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: L, X, J, V, S, D y F. CyS: lunes. Vedado: martes no festivos.
Cebos: según art. 23 para tramo de «CyS» y la cucharilla de un solo arpón sin muerte.
Período hábil: desde el 1 de marzo hasta el 30 de noviembre, ambos inclusive.
Días hábiles: con CyS: M, X, V, S, D y F. Vedado: lunes y jueves no festivos
Cebos: según art. 23 para zona truchera.
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: L, M, X, J, V, S, D y F. CyS: lunes.
Tramo único a efecto de expedición de permisos.
Especies objeto de pesca: especies del anexo I y art. 25, según los cupos definidos.
Se exceptúan la trucha común y el barbo común, vedadas en este coto.
Cebos: todos los recogidos en el art. 23 para aguas no trucheras.
GEN.: 2
GEN.:
40 LB // 60 FF
CONS.:
160 LB / 240FF
GEN.:
4 LB // 8 FF
CONS.:
16 LB // 32 FF
CONS.: 240
NO RIB.: 50
RIB.: 10
15
CONS.: 90
GEN.: 22
CONS.: 24
GEN.: 6
CONS.: 16
GEN.: 4
CONS.: 40
GEN.: 10
CONS.: 8
TC
TC
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TC
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TI
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A, C
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A, C
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A, C
A, C
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A, C
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A, C
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A, C
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A, C
VIERNES 7 DE FEBRERO DE 2025
BOCM-20250207-20
Río Tajo
Valmayor
Tr. III
Tr. II
Embalse de
Pedrezuela
Tr. II
Tr. I
Embalse del
pueblo de
Navacerrada
Embalse de
Valmayor
El Vellón
La
Barranca
Embalse del
Ejército
del Aire
Embalse de
Santillana
Embalse de
Miraflores
Río Aceña
Tr. I
Tr. C
Tr. B
Tr. A
Tr. II-III
Tr. II-II
C
Pág. 84
Santillana
Miraflores
Santa María
de la
Alameda
Tr. II-I
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 32
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13,1
22,8
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Período hábil: todo el año.
Días hábiles: con CyS (M, X, J, V, S, D y F). Vedado: lunes no festivos.
Especies objeto de pesca: especies del anexo I y art. 25.
Cebos: todos los recogidos en el art. 23 para aguas no trucheras.
CP
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: con CyS (M, X, J, V, S, D y F). Vedado: lunes no festivos.
Cebos: todos los recogidos en el art. 23 para aguas no trucheras.
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: M, X, J, V, S, D y F. Vedado: lunes no festivos.
Tramo único a efecto de expedición de permisos.
Especies objeto de pesca: especies del anexo I y art. 25.
Cebos: todos los recogidos en el art. 23 para aguas no trucheras.
Período hábil: del 1 de mayo al 3er. domingo de julio, ambos inclusive.
Días hábiles: con CyS (L, M, X, V, S, D y F). Vedado: jueves no festivos.
Tramo único a efecto de expedición de permisos.
TC
Cebos: según art. 23 para zona truchera y tramo de «CyS» y cucharilla de un solo
arpón sin muerte.
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: L, X, J, V, S, D y F. CyS: lunes. Vedado: martes no festivos.
Cebos: los definidos para «CyS»
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: L, X, J, V, S, D y F. CyS: lunes. Vedado: martes no festivos.
Especies objeto de pesca: especies del anexo I y art. 25.
Cebos: según art. 23 para zona truchera.
Cupo: el n.º máximo de ejemplares de trucha arcoíris a extraer es de 4.
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: L, X, J, V, S, D y F. CyS: lunes. Vedado: martes no festivos.
Cebos: según art. 23 para tramo de «CyS» y la cucharilla de un solo arpón sin muerte.
Período hábil: desde el 1 de marzo hasta el 30 de noviembre, ambos inclusive.
Días hábiles: con CyS: M, X, V, S, D y F. Vedado: lunes y jueves no festivos
Cebos: según art. 23 para zona truchera.
Período hábil: todo el año.
Días hábiles: L, M, X, J, V, S, D y F. CyS: lunes.
Tramo único a efecto de expedición de permisos.
Especies objeto de pesca: especies del anexo I y art. 25, según los cupos definidos.
Se exceptúan la trucha común y el barbo común, vedadas en este coto.
Cebos: todos los recogidos en el art. 23 para aguas no trucheras.
GEN.: 2
GEN.:
40 LB // 60 FF
CONS.:
160 LB / 240FF
GEN.:
4 LB // 8 FF
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VIERNES 7 DE FEBRERO DE 2025
BOCM-20250207-20
Río Tajo
Valmayor
Tr. III
Tr. II
Embalse de
Pedrezuela
Tr. II
Tr. I
Embalse del
pueblo de
Navacerrada
Embalse de
Valmayor
El Vellón
La
Barranca
Embalse del
Ejército
del Aire
Embalse de
Santillana
Embalse de
Miraflores
Río Aceña
Tr. I
Tr. C
Tr. B
Tr. A
Tr. II-III
Tr. II-II
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Santillana
Miraflores
Santa María
de la
Alameda
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