C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250131-18)
Regulación enseñanzas –  Orden 114/2025, de 23 de enero, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 1736/2023, de 19 de mayo, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se establecen los catálogos de materias optativas que los centros podrán incorporar a su oferta educativa en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato en la Comunidad de Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 114

VIERNES 31 DE ENERO DE 2025

profesorado de la
especialidad de
Informática, estos
tendrán preferencia
para impartir esta
materia)

B.O.C.M. Núm. 26

la rama de conocimiento de Ingeniería
y Arquitectura o de Ciencias o
cualquier titulación declarada
equivalente a efectos de docencia
para impartir la materia de Tecnología
y Digitalización y, además, acreditar
una experiencia docente o una
formación superior adecuada para
impartir el currículo de la materia.
Licenciado o Ingeniero en Informática.

Fundamentos
Léxicos y
Mitológicos
Grecolatinos
en las Artes,
las Ciencias y
la Tecnología

Comunicación
oral en lengua
extranjera I

NO

NO

Orden 1736/2023,
de 19 de mayo.

Orden 1736/2023,
de 19 de mayo.

Especialidad en
Latín o Griego.

Especialidad en la
lengua extranjera
objeto de estudio.

Cualquier título de Licenciado del área
de Humanidades o cualquier título
oficial de Graduado de la rama de
conocimiento de Artes y Humanidades
y, además, acreditar una experiencia
docente o una formación superior
adecuada para impartir el currículo de
la materia.
Cualquier titulación de Licenciado del
área de Humanidades o Graduado de
la rama de conocimiento de Artes y
Humanidades y, además, acreditar
una experiencia docente o una
formación superior adecuada para
impartir el currículo, y el dominio de la
lengua correspondiente (1).
Licenciado en Filología, Filosofía y
Letras (Sección Filología), Traducción
e Interpretación, en la lengua
correspondiente.

Anatomía y
Fisiología
Humanas

Materia
específica del
segundo curso
de cualquier
modalidad

Orden 1736/2023,
de 19 de mayo.

Especialidad en
Biología y Geología

Decreto 64/2022,
de 20 de julio.

Especialidad en la
lengua extranjera
objeto de estudio.

Las establecidas para la materia de 1º
de Bachillerato.

Decreto 64/2022,
de 20 de julio.

Especialidad
establecida para
impartir la materia
especifica.

Especialidad establecida para impartir
la materia especifica.


(al menos
una de las
lenguas)



Especialidad en
Informática o
Tecnología.
Ciencias de la
Computación
II

NO

(En los centros en
los que exista
profesorado de la
especialidad de
Informática, estos
tendrán preferencia

Orden 1736/2023,
de 19 de mayo.

38

Las establecidas para la materia de 1º
de Bachillerato.

BOCM-20250131-18

2º Bachillerato

Segunda
Lengua
Extranjera:
Inglés,
Francés,
Alemán,
Italiano o
Portugués.

NO

Cualquier título de Licenciado del área
de Ciencias Experimentales y de la
Salud o cualquier título oficial de
Graduado o Graduada o equivalente
de la rama de conocimiento de
Ciencias o de Ciencias de la Salud y,
además, acreditar una experiencia
docente o una formación superior
adecuada para impartir el currículo de
la materia Biología.