D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250115-36)
Convenio – Convenio de colaboración de 20 de diciembre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Alcorcón para la gestión de un Centro de Acogida para mujeres víctimas de Violencia de Género, sus hijos y personas dependientes, para el año 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 12
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE ENERO DE 2025
Pág. 103
B.2) GASTOS CORRIENTES ASOCIADOS AL INMUEBLE QUE ALBERGA EL
CENTRO DE ACOGIDA
No se aceptarán como gastos imputables a este convenio, aquéllos en los que haya
incurrido la Entidad Local por la adquisición de nuevos activos fijos, de carácter
inventariable.
Podrán imputarse con cargo al presente convenio los siguientes gastos corrientes
asociados al inmueble:
¾ Suministros energéticos
Comprende todos los gastos relativos a suministros de electricidad, gas, calefacción y
agua, debiendo, a tal efecto, la Entidad Local garantizar la suscripción de los contratos
oportunos y, en su caso, el mantenimiento de las altas de contrato durante todo el
período de vigencia del convenio, prórrogas, en su caso, incluidas.
Seguro multirriesgo
Podrá imputarse al convenio los gastos derivados de la suscripción del seguro necesario
para la correcta gestión del dispositivo residencial, derivado del inmueble en el que se
presta el servicio.
Mantenimiento, reparaciones y limpieza
Este concepto comprende todos los gastos relativos al mantenimiento del Centro de
Acogida, las reparaciones de mobiliario y de electrodomésticos, los gastos necesarios
para la limpieza del centro, gastos de comunidad, así como los derivados del
mantenimiento de los sistemas de vigilancia o de video-vigilancia existentes en el mismo.
Telefonía e Internet
Se comprenden en este concepto los gastos por los costes de telefonía e internet
existentes en el Centro de Acogida.
C) OBLIGACIONES DE LAS PARTES
C1) OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN
1. La Entidad Local, a través del personal definido en el presente Anexo I, Equipo
profesional multidisciplinar que prestará servicios en el Centro de Acogida, deberá
organizar y proveer los servicios de atención integral en materia de violencia de género,
definidos en la letra D, del presente Anexo I.
A estos efectos, la contratación del personal dependerá exclusivamente del Ayuntamiento
de Alcorcón, siendo la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Dirección
General de Igualdad) ajena a dichas relaciones laborales o profesionales.
BOCM-20250115-36
2. El Ayuntamiento de Alcorcón aportará, para la prestación de los servicios propios del
Centro de Acogida, un inmueble debidamente equipado y adecuado a la finalidad del
dispositivo de acogida. A este respecto, se compromete a mantener, en las condiciones
B.O.C.M. Núm. 12
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE ENERO DE 2025
Pág. 103
B.2) GASTOS CORRIENTES ASOCIADOS AL INMUEBLE QUE ALBERGA EL
CENTRO DE ACOGIDA
No se aceptarán como gastos imputables a este convenio, aquéllos en los que haya
incurrido la Entidad Local por la adquisición de nuevos activos fijos, de carácter
inventariable.
Podrán imputarse con cargo al presente convenio los siguientes gastos corrientes
asociados al inmueble:
¾ Suministros energéticos
Comprende todos los gastos relativos a suministros de electricidad, gas, calefacción y
agua, debiendo, a tal efecto, la Entidad Local garantizar la suscripción de los contratos
oportunos y, en su caso, el mantenimiento de las altas de contrato durante todo el
período de vigencia del convenio, prórrogas, en su caso, incluidas.
Seguro multirriesgo
Podrá imputarse al convenio los gastos derivados de la suscripción del seguro necesario
para la correcta gestión del dispositivo residencial, derivado del inmueble en el que se
presta el servicio.
Mantenimiento, reparaciones y limpieza
Este concepto comprende todos los gastos relativos al mantenimiento del Centro de
Acogida, las reparaciones de mobiliario y de electrodomésticos, los gastos necesarios
para la limpieza del centro, gastos de comunidad, así como los derivados del
mantenimiento de los sistemas de vigilancia o de video-vigilancia existentes en el mismo.
Telefonía e Internet
Se comprenden en este concepto los gastos por los costes de telefonía e internet
existentes en el Centro de Acogida.
C) OBLIGACIONES DE LAS PARTES
C1) OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN
1. La Entidad Local, a través del personal definido en el presente Anexo I, Equipo
profesional multidisciplinar que prestará servicios en el Centro de Acogida, deberá
organizar y proveer los servicios de atención integral en materia de violencia de género,
definidos en la letra D, del presente Anexo I.
A estos efectos, la contratación del personal dependerá exclusivamente del Ayuntamiento
de Alcorcón, siendo la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Dirección
General de Igualdad) ajena a dichas relaciones laborales o profesionales.
BOCM-20250115-36
2. El Ayuntamiento de Alcorcón aportará, para la prestación de los servicios propios del
Centro de Acogida, un inmueble debidamente equipado y adecuado a la finalidad del
dispositivo de acogida. A este respecto, se compromete a mantener, en las condiciones
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