A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230324-1)
Regulación atención educativa diferencias individuales –  Decreto 23/2023, de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la atención educativa a las diferencias individuales del alumnado en la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 71

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE MARZO DE 2023

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se establezcan con diferentes entidades e instituciones sin ánimo de lucro relacionadas con
la atención a las diferencias individuales del alumnado, según corresponda.
TÍTULO IV
Plan de atención a las diferencias individuales del alumnado
Artículo 32
Objeto y finalidad del plan de atención a las diferencias individuales del alumnado
1. En desarrollo del artículo 121.2. de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, los
centros determinarán la forma de atención a la diversidad en un plan específico de atención
a las diferencias individuales del alumnado que incorporarán a su proyecto educativo.
2. Se elaborará, al objeto de aunar en un único documento institucional con carácter
de permanencia en el tiempo, el planteamiento general del centro relativo a la atención a la
diversidad de su alumnado, así como el compromiso adquirido con diferentes programas
institucionales relacionados con la atención a las diferencias individuales.
De manera específica, la elaboración de este plan responderá a las siguientes finalidades:
a) Regular la atención educativa de un centro consideradas las enseñanzas que imparte, a fin de conseguir la plena participación y un óptimo desarrollo de todos y
cada uno de los alumnos en él escolarizados, dentro de los límites establecidos en
la normativa.
b) Planificar procesos de enseñanza-aprendizaje, establecer criterios en la organización y gestión, determinar medidas de atención a las diferencias individuales, ordinarias y específicas, y los recursos necesarios para asegurar la participación
efectiva de todo el alumnado.
c) Diseñar entornos de aprendizaje ajustados al alumnado, de tal manera que se detecten y minimicen las barreras para el aprendizaje y la participación de todos.
d) Facilitar un marco de referencia estable para la mejora de la práctica educativa.
e) Recoger medidas que impulsen la participación de la comunidad educativa en los
procesos de transformación hacia una educación de calidad.
Artículo 33
El plan de atención a las diferencias individuales del alumnado se denominará Plan Incluyo. Como documento institucional contemplará, al menos, los siguientes elementos:
a) Análisis de la diversidad del alumnado que, con carácter general, se escolariza en
el centro, así como de las características del entorno cercano que contribuyen a esa
diversidad.
b) Identificación de posibles barreras para el aprendizaje y la participación del alumnado, basadas en el análisis de las características del centro o entorno, organizativas, económicas, sociales, culturales, condiciones personales del alumno u otras.
Este análisis deberá permitir, además de detectar posibles barreras, establecer un
marco de actuación cuyo objetivo sea promover y asegurar que todo el alumnado
escolarizado se beneficie de la presencia, el aprendizaje y la participación en el
centro, con criterios de calidad.
c) Propuesta de medidas educativas ordinarias a nivel de centro para atender al conjunto del alumnado, articuladas a partir de la identidad de centro, sus posibilidades organizativas y las prácticas educativas definidas en el proyecto educativo.
d) Planteamiento y determinación de medidas organizativas, curriculares y metodológicas específicas que, a nivel de centro y en función de los recursos disponibles,
favorecen una respuesta educativa equitativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
e) Responsables de la implementación de medidas educativas, ordinarias y específicas, acordadas por el centro. Entre sus funciones, se encargarán del seguimiento
de las mismas, evaluación, modificación, en su caso, y propuestas de mejora.

BOCM-20230324-1

Estructura del plan de atención a las diferencias individuales del alumnado