Algete (BOCM-20230317-44)
Ofertas de empleo. Bases proceso selectivo
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

VIERNES 17 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 65

que en todo caso, en cumplimiento del principio de publicidad, transparencia e imparcialidad se hará público y accesible a los candidatos.
SECCIÓN TERCERA

De las funciones de los Tribunales
y Órganos de Selección
Art. 7. De las funciones del Tribunal u órgano de selección.—El Tribunal de las
pruebas selectivas o el equipo de evaluación estará compuesto por:
1. El Presidente del Tribunal, que deberá contar con el nombramiento de un suplente, quien dirigirá las sesiones, teniendo las siguientes funciones:
a) Asistir a las reuniones previas, con el fin de recibir la totalidad de los datos sobre
las bases y los aspirantes.
b) Fijar día y hora para la constitución del órgano evaluador, convocando a todos sus
miembros, si faltare algún titular, deberá convocar al suplente que corresponda.
c) Una vez constituido el órgano de valoración, sobre el presidente recae la responsabilidad de velar porque todo se cumpla según la ley, teniendo contacto directo por
cualquier sistema adecuado el órgano que asesore los problemas que se pudieran
producir. Tiene la responsabilidad de custodiar exámenes, programaciones, identificación de los aspirantes, directamente o por miembros del órgano evaluador
que considere, atendiendo al número de aspirantes y demás circunstancias. etc...
d) Firmar las actas de todas las reuniones, junto con la firma del Secretario del órgano, y elevar las propuestas a la autoridad competente.
e) Participar en la corrección de los exámenes.
f) Interrogar al aspirante cuando proceda en la exposición oral.
g) Proponer la valoración de cada ejercicio, y prestar el voto.
h) Dar el voto final de conjunto, pudiendo ser de acuerdo con la propuesta final, en
desacuerdo o abstención.
i) En el caso que proceda, ostentará el voto de calidad.
2. Vocales:
a) Su número será de cuatro, que actuarán a título individual, sin mandato ni designación de ningún tipo, deliberando en función de su buen juicio y conocimiento.
b) Firmar los certificados de asistencia.
c) Recibir los ejercicios realizados, así como los correspondientes cabeceros y hojas
de incidencias por parte de los/as Presidentes/as de Sede.
d) Colaborar con el Presidente en las labores de programación y coordinación y, en
su caso, fotocopiado de ejercicios.
e) Archivar la documentación relacionada con la ejecución de las pruebas.
f) Colaborar en las tareas de introducción de las calificaciones en el programa informático.
g) Participar en la corrección de los exámenes.
h) Interrogar al aspirante cuando proceda en la exposición oral.
i) Proponer la valoración de cada ejercicio, y prestar el voto.
j) Dar el voto final de conjunto, pudiendo ser de acuerdo con la propuesta final, en
desacuerdo o abstención.
3. Secretario/a:
a) Preparar el despacho de los asuntos, redactar y autorizar las actas de las sesiones.
b) Gestionar el proceso selectivo siguiendo las instrucciones del Presidente y los
acuerdos del Tribunal en coordinación con los vocales y las vocales.
c) Expedir certificaciones de las consultas y acuerdos aprobados.
d) Entregar el expediente completo y ordenado una vez finalizado el proceso selectivo.
e) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario.
SECCIÓN CUARTA

Del funcionamiento interno de los Tribunales
y Órganos de selección
Art. 8. De los requisitos de los miembros del Tribunal.—1. Los Tribunales de Selección y Equipos de Evaluación, se ajustarán a lo establecido en la Sección Tercera “Ór-

BOCM-20230317-44

Pág. 134

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID