C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID (BOCM-20220419-49)
Reglamento actuación y funcionamiento medios electrónicos –  Resolución rectoral de 5 de abril de 2022, de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se publica el Reglamento de Actuación y Funcionamiento de la Universidad Complutense de Madrid por medios electrónicos, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad Complutense de Madrid en sesión de 29 de marzo de 2022
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 92

MARTES 19 DE ABRIL DE 2022

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A estos efectos, se consideran comunicaciones internas las transmisiones de documentos que se producen entre los órganos, servicios y unidades administrativas de la UCM
como parte de un procedimiento administrativo y, por lo tanto, de un expediente administrativo. Se podrán considerar también comunicaciones internas los escritos de trámites ordinarios intercambiados entre órganos que requieran constancia de su autoría, envío, entrega y lectura de estos.
2. Las comunicaciones internas se realizarán por medios electrónicos mediante el
correo electrónico corporativo proporcionado por la UCM, sin que sea necesario el envío
físico de la documentación, ni la intervención del sistema de registro electrónico, salvo que
vayan a surtir efectos en un procedimiento administrativo.
Los empleados públicos de la UCM y sus estudiantes deberán utilizar como herramienta ordinaria de trabajo su cuenta de correo electrónico personal corporativa. En su
caso, también están obligados a utilizar las cuentas de correo electrónico institucional de
los órganos o unidades para los que estén autorizados.
3. Tienen plena validez las convocatorias a reuniones y las comunicaciones dirigidas
a los miembros de la comunidad universitaria en su condición de miembros de los órganos
colegiados o de empleados públicos o estudiantes, que se realicen mediante la cuenta de correo electrónico corporativo.
TÍTULO V
Comité de Administración Electrónica de la UCM
Artículo 21
Definición y composición
1. El Comité de Administración de Administración Electrónica será el órgano asesor
de la Secretaría General en materia de interoperabilidad y desarrollo de la Administración
Electrónica.
2. El Comité será convocado por su secretario a instancia del presidente. La convocatoria se enviará a las direcciones de correo electrónico corporativo de sus miembros, con
una antelación mínima de cinco días hábiles, salvo que concurra razón de urgencia, en cuyo
caso bastará con una antelación de dos días naturales.
3. El Comité estará compuesto por:
a) El Secretario General, que lo presidirá.
b) El Vicerrector competente en tecnologías de la información o persona en quien
delegue.
c) El Gerente o el Vicegerente en el que delegue.
d) El Decano de la Facultad de Informática o la persona en la que delegue.
e) El Director de la Asesoría Jurídica o el letrado en el quien delegue.
f) El Oficial Mayor o la persona en quien delegue.
g) El Director de los Servicios Informáticos o la persona adscrita a los mismos en
quien delegue.
h) El Director del Archivo General o la persona adscrita al servicio en quien delegue.
i) Un funcionario adscrito al área de Administración Electrónica, que actuará de secretario.
Podrán asistir como invitados del presidente los responsables de las unidades administrativas, cuando los puntos del orden del día estén relacionados con las funciones que desempeñan, así como otras personas a los efectos de asesorar al Comité.
Artículo 22
Corresponde al Comité asesorar a la Secretaría General sobre la implantación y el desarrollo de la Administración Electrónica y velar por el cumplimiento de las previsiones del
presente Reglamento. En concreto, son funciones del Comité:
a) Emitir informes acerca de los programas y aplicaciones gestoras utilizados o que
se pretenda utilizar para la tramitación electrónica de los procedimientos, y sobre
la relación de estándares, herramientas y normas técnicas a adoptar por los diferentes procedimientos electrónicos, teniendo en cuenta el principio de neutralidad

BOCM-20220419-49

Funcionamiento