Ciempozuelos (BOCM-20220419-82)
Organización y funcionamiento. Ordenanza general subvenciones
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BOCM
MARTES 19 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 92
con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
i) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
j) Dar publicidad del carácter público de la financiación de la actividad subvencionada, en los términos establecidos en las bases reguladoras de la subvención.
k) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en el caso de que se adopte resolución en ese sentido.
Art. 7. Actividades objeto de subvención.—Podrán ser objeto de subvención los
servicios y actividades que completen o suplan las competencias del Ayuntamiento de
Ciempozuelos y que se consideren de interés para el municipio y cuyo fomento se estime
pertinente por los órganos competentes del Ayuntamiento.
En concreto se referirán a las siguientes áreas:
— Cultura.
— Deportes.
— Juventud.
— Mujer.
— Actividades recreativas o de ocio.
— Servicios Sociales.
— Enseñanza y centros educativos.
— Otras que circunstancialmente el Ayuntamiento estime oportuno fomentar.
Procedimiento de concesión
Art. 8. Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones.— Todo procedimiento
administrativo de concesión de subvenciones deberá respetar los siguientes requisitos:
a) La competencia del órgano administrativo concedente.
b) La existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de
contenido económico que se derivan de la concesión de la subvención.
c) La tramitación del procedimiento de concesión de acuerdo con la presente ordenanza y las bases reguladoras de la convocatoria.
d) La fiscalización previa de los actos administrativos de contenido económico, en
los términos previstos en las leyes, por la Intervención Municipal.
e) La aprobación del gasto por el órgano competente para ello.
Art. 9. Procedimiento de concesión.—El procedimiento ordinario de concesión de
subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Excepcionalmente, en los casos previstos en la presente ordenanza se podrá acudir a
la concesión directa y a la concurrencia no competitiva.
En concreto se podrán conceder de forma directa sin concurrir a la convocatoria pública, debiéndose justificar debidamente en el expediente la razón por la que no se acude a la
misma, las siguientes subvenciones:
— Las otorgadas por razones de emergencia social.
— Las previstas nominativamente en los Presupuestos de la Corporación.
— Aquellas en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, que dificulten su convocatoria pública.
En todo caso, las resoluciones o acuerdos de concesión deberán establecer y respetar
las condiciones de concesión, requisitos de los beneficiarios y compromisos de justificación
de acuerdo con lo establecido en la presente ordenanza.
Procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva
Art. 10. Iniciación: aprobación de las bases reguladoras y convocatoria.—El procedimiento de concesión se iniciará con el acuerdo o resolución de aprobación de las bases
específicas de cada procedimiento y la convocatoria.
El procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio.
Será competente para la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones el
Pleno del Ayuntamiento.
Será competente para aprobar la convocatoria de las subvenciones del Ayuntamiento
de Ciempozuelos la Alcaldía.
BOCM-20220419-82
Pág. 304
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 92
con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
i) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
j) Dar publicidad del carácter público de la financiación de la actividad subvencionada, en los términos establecidos en las bases reguladoras de la subvención.
k) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en el caso de que se adopte resolución en ese sentido.
Art. 7. Actividades objeto de subvención.—Podrán ser objeto de subvención los
servicios y actividades que completen o suplan las competencias del Ayuntamiento de
Ciempozuelos y que se consideren de interés para el municipio y cuyo fomento se estime
pertinente por los órganos competentes del Ayuntamiento.
En concreto se referirán a las siguientes áreas:
— Cultura.
— Deportes.
— Juventud.
— Mujer.
— Actividades recreativas o de ocio.
— Servicios Sociales.
— Enseñanza y centros educativos.
— Otras que circunstancialmente el Ayuntamiento estime oportuno fomentar.
Procedimiento de concesión
Art. 8. Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones.— Todo procedimiento
administrativo de concesión de subvenciones deberá respetar los siguientes requisitos:
a) La competencia del órgano administrativo concedente.
b) La existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de
contenido económico que se derivan de la concesión de la subvención.
c) La tramitación del procedimiento de concesión de acuerdo con la presente ordenanza y las bases reguladoras de la convocatoria.
d) La fiscalización previa de los actos administrativos de contenido económico, en
los términos previstos en las leyes, por la Intervención Municipal.
e) La aprobación del gasto por el órgano competente para ello.
Art. 9. Procedimiento de concesión.—El procedimiento ordinario de concesión de
subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Excepcionalmente, en los casos previstos en la presente ordenanza se podrá acudir a
la concesión directa y a la concurrencia no competitiva.
En concreto se podrán conceder de forma directa sin concurrir a la convocatoria pública, debiéndose justificar debidamente en el expediente la razón por la que no se acude a la
misma, las siguientes subvenciones:
— Las otorgadas por razones de emergencia social.
— Las previstas nominativamente en los Presupuestos de la Corporación.
— Aquellas en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, que dificulten su convocatoria pública.
En todo caso, las resoluciones o acuerdos de concesión deberán establecer y respetar
las condiciones de concesión, requisitos de los beneficiarios y compromisos de justificación
de acuerdo con lo establecido en la presente ordenanza.
Procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva
Art. 10. Iniciación: aprobación de las bases reguladoras y convocatoria.—El procedimiento de concesión se iniciará con el acuerdo o resolución de aprobación de las bases
específicas de cada procedimiento y la convocatoria.
El procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio.
Será competente para la aprobación de las bases reguladoras de las subvenciones el
Pleno del Ayuntamiento.
Será competente para aprobar la convocatoria de las subvenciones del Ayuntamiento
de Ciempozuelos la Alcaldía.
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Pág. 304
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