C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220416-1)
Convenio colectivo – Resolución de 30 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Restaurants Madrid Ang, S. L. U. (código número 28102002012018)
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BOCM
Pág. 16
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 16 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 90
GRUPO PROFESIONAL 2
Se integran en este grupo profesional el resto de trabajadores/as incluidos dentro del ámbito de
aplicación del presente Convenio Colectivo.
Los trabajadores integrados en este grupo profesional podrán llevar a cabo ciertas funcionalidades
específicas como las de responsable de mantenimiento, almacenero, group manager o cualquier
otra que pueda establecerse en el futuro para una mejor organización de la empresa.
Dentro de este grupo profesional se distribuyen las categorías profesionales que se detallarán a
continuación, equivalentes entre sí a los efectos del Artículo 22 y 39 apartado 1 del Estatuto de los
Trabajadores.
CAMARERO
Puesto de trabajo de carácter operativo cuya misión es la atención y servicio directo al cliente con
la finalidad de alcanzar la correcta atención, satisfacción y fidelización del mismo, mediante:
x
El seguimiento de los procedimientos y normas básicas propias de la empresa, llamadas NMT
(Nuestra manera de Trabajar) recogidos en el Manual de operaciones (BAO) y de la calidad
del servicio (SENT), establecidos por la compañía
x
La correcta utilización de los recursos materiales puestos a su disposición
x
La puesta en práctica de las directrices marcadas por sus superiores
COCINERO
Puesto de trabajo de carácter operativo, cuya misión es preparar y elaborar los platos de cocina,
velando por la calidad de producto marcada por la empresa con la finalidad de alcanzar un óptimo
nivel de calidad del producto final ofrecido al cliente, para conseguir su satisfacción y fidelización,
mediante:
x
El seguimiento los procedimientos y normas básicas propias de la empresa, llamadas NMT
(Nuestra manera de Trabajar) recogidos en el Manual de operaciones (BAO), así como de las
fichas técnicas
x
La correcta utilización de los recursos materiales puestos a su disposición
x
La puesta en práctica de las directrices marcadas por sus superiores
AYUDANTE DE CAMARERO
Puesto de trabajo de carácter operativo cuya misión es ayudar y apoyar en la atención y servicio
directo al cliente con la finalidad de alcanzar la correcta atención, satisfacción y fidelización del
mismo, mediante:
x
El seguimiento de los procedimientos y normas básicas propias de la empresa, llamadas NMT
(Nuestra manera de Trabajar) recogidos en el Manual de operaciones (BAO) y de la calidad
del servicio (SENT), establecidos por la compañía
x
La correcta utilización de los recursos materiales puestos a su disposición
x
La puesta en práctica de las directrices marcadas por sus superiores
x
La formación básica de la operativa a los trabajadores con categoría de Aprendices de Sala
AYUDANTE DE COCINA
x
El seguimiento los procedimientos y normas básicas propias de la empresa, llamadas NMT
(Nuestra manera de Trabajar) recogidos en el Manual de operaciones (BAO), así como de las
fichas técnicas
x
La correcta utilización de los recursos materiales puestos a su disposición
x
La puesta en práctica de las directrices marcadas por sus superiores
x
La formación básica de la operativa a los trabajadores con categoría de Aprendices de Cocina.
BOCM-20220416-1
Puesto de trabajo de carácter operativo cuya misión es ayudar y apoyar en la preparación y
elaboración de los platos de cocina, con la finalidad de alcanzar la satisfacción y fidelización del
cliente, mediante:
Pág. 16
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 16 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 90
GRUPO PROFESIONAL 2
Se integran en este grupo profesional el resto de trabajadores/as incluidos dentro del ámbito de
aplicación del presente Convenio Colectivo.
Los trabajadores integrados en este grupo profesional podrán llevar a cabo ciertas funcionalidades
específicas como las de responsable de mantenimiento, almacenero, group manager o cualquier
otra que pueda establecerse en el futuro para una mejor organización de la empresa.
Dentro de este grupo profesional se distribuyen las categorías profesionales que se detallarán a
continuación, equivalentes entre sí a los efectos del Artículo 22 y 39 apartado 1 del Estatuto de los
Trabajadores.
CAMARERO
Puesto de trabajo de carácter operativo cuya misión es la atención y servicio directo al cliente con
la finalidad de alcanzar la correcta atención, satisfacción y fidelización del mismo, mediante:
x
El seguimiento de los procedimientos y normas básicas propias de la empresa, llamadas NMT
(Nuestra manera de Trabajar) recogidos en el Manual de operaciones (BAO) y de la calidad
del servicio (SENT), establecidos por la compañía
x
La correcta utilización de los recursos materiales puestos a su disposición
x
La puesta en práctica de las directrices marcadas por sus superiores
COCINERO
Puesto de trabajo de carácter operativo, cuya misión es preparar y elaborar los platos de cocina,
velando por la calidad de producto marcada por la empresa con la finalidad de alcanzar un óptimo
nivel de calidad del producto final ofrecido al cliente, para conseguir su satisfacción y fidelización,
mediante:
x
El seguimiento los procedimientos y normas básicas propias de la empresa, llamadas NMT
(Nuestra manera de Trabajar) recogidos en el Manual de operaciones (BAO), así como de las
fichas técnicas
x
La correcta utilización de los recursos materiales puestos a su disposición
x
La puesta en práctica de las directrices marcadas por sus superiores
AYUDANTE DE CAMARERO
Puesto de trabajo de carácter operativo cuya misión es ayudar y apoyar en la atención y servicio
directo al cliente con la finalidad de alcanzar la correcta atención, satisfacción y fidelización del
mismo, mediante:
x
El seguimiento de los procedimientos y normas básicas propias de la empresa, llamadas NMT
(Nuestra manera de Trabajar) recogidos en el Manual de operaciones (BAO) y de la calidad
del servicio (SENT), establecidos por la compañía
x
La correcta utilización de los recursos materiales puestos a su disposición
x
La puesta en práctica de las directrices marcadas por sus superiores
x
La formación básica de la operativa a los trabajadores con categoría de Aprendices de Sala
AYUDANTE DE COCINA
x
El seguimiento los procedimientos y normas básicas propias de la empresa, llamadas NMT
(Nuestra manera de Trabajar) recogidos en el Manual de operaciones (BAO), así como de las
fichas técnicas
x
La correcta utilización de los recursos materiales puestos a su disposición
x
La puesta en práctica de las directrices marcadas por sus superiores
x
La formación básica de la operativa a los trabajadores con categoría de Aprendices de Cocina.
BOCM-20220416-1
Puesto de trabajo de carácter operativo cuya misión es ayudar y apoyar en la preparación y
elaboración de los platos de cocina, con la finalidad de alcanzar la satisfacción y fidelización del
cliente, mediante: