C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220416-3)
Convenio colectivo – Resolución de 30 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S. A. (código número 28001422011982)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 90
SÁBADO 16 DE ABRIL DE 2022
Pág. 91
además, toda la información significativa del proceso desde la constitución del
tribunal.
x
Además, salvo que otra cosa así se determine, en el caso de que el número de los
aspirantes que participe en cada convocatoria sea numeroso (mayor de 150) y con
el fin de garantizar la transparencia del proceso y que no se tenga acceso de
manera unificada a las pruebas con anterioridad a la celebración del examen:
x
El presidente se encargará de la impresión de los cuadernillos de examen de
cuestiones profesionales (teórico y prácticas).
x
El vocal designado por el Comité de Empresa se encargará de la impresión de
los cuadernillos de examen de las cuestiones de PRL e Igualdad de Género.
CAUSAS DE ABSTENCIÓN.
Los miembros de los tribunales, así como los colaboradores y asesores, en su caso, deberán
abstenerse de formar parte del proceso de selección cuando concurra alguna de las siguientes
causas:
Vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o parentesco de consanguinidad
dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de las
personas aspirantes.
Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas que
concurran a la convocatoria, una vez se conozca su participación en el proceso
selectivo.
Haber realizado tareas de preparación de las personas aspirantes a las pruebas
selectivas de acceso a la misma o equivalente categoría a la que correspondan las
plazas convocadas, en los tres años anteriores a la publicación de la convocatoria.
Cualquier otra circunstancia que, a su juicio, pueda influir positiva o negativamente en
la selección de la persona aspirante y atentar contra el principio de independencia e
imparcialidad.
Una vez constituido el Tribunal, los miembros del mismo realizarán una declaración formal de no
hallarse incursos en ninguna de las citadas circunstancias. Cualquier colaborador deberá suscribir
también la referida declaración.
x
SUSTITUCIÓN Y DELEGACIÓN.
Los miembros de los tribunales selectivos podrán ser sustituidos de forma sobrevenida
cuando concurra causa de abstención o imposibilidad para el ejercicio de sus
funciones. En tal caso el miembro del tribunal, deberá dirigir un escrito a la Dirección
de Recursos Humanos para que se proceda a su sustitución.
En aquellos casos en los que el miembro del Tribunal no pueda desempeñar sus
funciones puntualmente, podrá delegar por escrito sus funciones en otra persona que
le sustituya.
11.4.3.3.- FASES DE LAS CONVOCATORIAS.
11.4.3.3.1.- PUBLICACION E INSCRIPCIÓN
-
Tipo de Concurso.
-
Categoría profesional de las vacantes a cubrir.
-
Dependencia jerárquica en la estructura organizativa EMT.
-
Perfil requerido, especificando los requisitos exigibles y los valorables, así como la
documentación requerida para acreditar su cumplimiento.
BOCM-20220416-3
Los tribunales examinadores acordarán las bases de las Convocatorias de los procesos selectivos,
tanto las de carácter interno como externo, que se publicarán, tras su validación por parte del
Servicio de Selección y Desarrollo, en los tablones de avisos y a través de las TIC (Tecnologías de
Información y Comunicación) de EMT, con el fin de garantizar el cumplimiento del requisito de
publicidad y contendrán al menos los siguientes datos:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 90
SÁBADO 16 DE ABRIL DE 2022
Pág. 91
además, toda la información significativa del proceso desde la constitución del
tribunal.
x
Además, salvo que otra cosa así se determine, en el caso de que el número de los
aspirantes que participe en cada convocatoria sea numeroso (mayor de 150) y con
el fin de garantizar la transparencia del proceso y que no se tenga acceso de
manera unificada a las pruebas con anterioridad a la celebración del examen:
x
El presidente se encargará de la impresión de los cuadernillos de examen de
cuestiones profesionales (teórico y prácticas).
x
El vocal designado por el Comité de Empresa se encargará de la impresión de
los cuadernillos de examen de las cuestiones de PRL e Igualdad de Género.
CAUSAS DE ABSTENCIÓN.
Los miembros de los tribunales, así como los colaboradores y asesores, en su caso, deberán
abstenerse de formar parte del proceso de selección cuando concurra alguna de las siguientes
causas:
Vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o parentesco de consanguinidad
dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de las
personas aspirantes.
Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas que
concurran a la convocatoria, una vez se conozca su participación en el proceso
selectivo.
Haber realizado tareas de preparación de las personas aspirantes a las pruebas
selectivas de acceso a la misma o equivalente categoría a la que correspondan las
plazas convocadas, en los tres años anteriores a la publicación de la convocatoria.
Cualquier otra circunstancia que, a su juicio, pueda influir positiva o negativamente en
la selección de la persona aspirante y atentar contra el principio de independencia e
imparcialidad.
Una vez constituido el Tribunal, los miembros del mismo realizarán una declaración formal de no
hallarse incursos en ninguna de las citadas circunstancias. Cualquier colaborador deberá suscribir
también la referida declaración.
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SUSTITUCIÓN Y DELEGACIÓN.
Los miembros de los tribunales selectivos podrán ser sustituidos de forma sobrevenida
cuando concurra causa de abstención o imposibilidad para el ejercicio de sus
funciones. En tal caso el miembro del tribunal, deberá dirigir un escrito a la Dirección
de Recursos Humanos para que se proceda a su sustitución.
En aquellos casos en los que el miembro del Tribunal no pueda desempeñar sus
funciones puntualmente, podrá delegar por escrito sus funciones en otra persona que
le sustituya.
11.4.3.3.- FASES DE LAS CONVOCATORIAS.
11.4.3.3.1.- PUBLICACION E INSCRIPCIÓN
-
Tipo de Concurso.
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Categoría profesional de las vacantes a cubrir.
-
Dependencia jerárquica en la estructura organizativa EMT.
-
Perfil requerido, especificando los requisitos exigibles y los valorables, así como la
documentación requerida para acreditar su cumplimiento.
BOCM-20220416-3
Los tribunales examinadores acordarán las bases de las Convocatorias de los procesos selectivos,
tanto las de carácter interno como externo, que se publicarán, tras su validación por parte del
Servicio de Selección y Desarrollo, en los tablones de avisos y a través de las TIC (Tecnologías de
Información y Comunicación) de EMT, con el fin de garantizar el cumplimiento del requisito de
publicidad y contendrán al menos los siguientes datos: