C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220413-22)
Bases subvenciones – Orden 465/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
Pág. 93
Artículo 5
Justificación de la subvención
Dado el carácter de la presente subvención y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la presentación en tiempo y forma de la documentación requerida en la presente Orden de bases y en la convocatoria será justificación
suficiente a los efectos de acreditar que el beneficiario ha cumplido las condiciones exigidas para la obtención de la ayuda.
BOCM-20220413-22
b) Declaración responsable de contar con la certificación negativa de todo el personal (incluido el personal voluntario) dependiente de la entidad que desarrolle actividades en contacto habitual con menores, previsto en el artículo 57 de la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
c) Declaración responsable del presidente de la asociación deportiva de que la misma
no está incursa en alguna de las causas determinadas en el artículo 13.2 y 3 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Dicha declaración, que deberá firmase electrónicamente, se incluirá en el impreso que señale al efecto la correspondiente convocatoria.
d) Certificado expedido por la federación española correspondiente, firmado por el
presidente o secretario general, de acuerdo con el impreso que se adjunte como
anexo a la convocatoria, sobre la inscripción y puesto alcanzado en la clasificación final de la temporada que señale la convocatoria, en la competición en cuya
participación se basa la solicitud de la ayuda.
En dicho certificado se especificará la modalidad o especialidad deportiva, denominación de la competición, categoría en la que participa el equipo, temporada deportiva, puesto obtenido en la clasificación final, las competiciones internacionales en que el equipo haya participado como consecuencia de su participación en la
Liga Nacional o, en su defecto, Campeonato de España, por la que se solicita la
ayuda, y el número de desplazamientos fuera de la Comunidad de Madrid que
ha tenido que realizar el equipo con motivo de la citada competición. El número
de desplazamientos se referirá exclusivamente a la competición, sin incluir otros
desplazamientos del equipo a otras competiciones ni fases previas ni competiciones clasificatorias, pudiendo incluirse, en su caso, desplazamientos por ascensos
o descensos y fases finales.
e) Memoria de la participación en las competiciones, firmada electrónicamente por
el presidente del club de acuerdo con el impreso que se adjunte como anexo a la
convocatoria. En dicha memoria se describirá:
1.o La competición en la que participa el equipo y que es objeto de la convocatoria, y las características de la misma, detallando las divisiones nacionales que
existen de categoría superior e inferior y el sistema de ascensos y descensos
entre ellas.
2.o El número de equipos que participan en dicha competición, detallando los que
son de la Comunidad de Madrid y los que son de fuera de ella.
3.o El nombre de los deportistas integrantes de la plantilla del equipo.
f) Calendario deportivo de la competición, firmado por el representante de la federación deportiva correspondiente y sellado si la firma es manuscrita; únicamente
firmado por aquel si la firma es electrónica.
g) Certificado acreditativo de que el solicitante no tiene deudas en período ejecutivo
de pago de la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran garantizadas. La dirección general competente en materia de Deportes solicitará de oficio
dicho certificado, notificando al solicitante cuando el mismo no resultase positivo
para que pueda realizar las actuaciones necesarias para su subsanación.
6. Por aplicación analógica del artículo 3.1.e) de la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Economía y Hacienda, reguladora de la obligación de acreditar el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por los beneficiarios de subvenciones, ayudas públicas y transferencias de la Comunidad de Madrid, los
beneficiarios de la presente subvención quedan exonerados del cumplimiento de las obligaciones formales a que se refiere el artículo 14.1.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Asimismo, por aplicación del citado artículo, los beneficiarios quedan exonerados del
cumplimiento de dichas obligaciones para efectuar el pago.
B.O.C.M. Núm. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
Pág. 93
Artículo 5
Justificación de la subvención
Dado el carácter de la presente subvención y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la presentación en tiempo y forma de la documentación requerida en la presente Orden de bases y en la convocatoria será justificación
suficiente a los efectos de acreditar que el beneficiario ha cumplido las condiciones exigidas para la obtención de la ayuda.
BOCM-20220413-22
b) Declaración responsable de contar con la certificación negativa de todo el personal (incluido el personal voluntario) dependiente de la entidad que desarrolle actividades en contacto habitual con menores, previsto en el artículo 57 de la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
c) Declaración responsable del presidente de la asociación deportiva de que la misma
no está incursa en alguna de las causas determinadas en el artículo 13.2 y 3 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Dicha declaración, que deberá firmase electrónicamente, se incluirá en el impreso que señale al efecto la correspondiente convocatoria.
d) Certificado expedido por la federación española correspondiente, firmado por el
presidente o secretario general, de acuerdo con el impreso que se adjunte como
anexo a la convocatoria, sobre la inscripción y puesto alcanzado en la clasificación final de la temporada que señale la convocatoria, en la competición en cuya
participación se basa la solicitud de la ayuda.
En dicho certificado se especificará la modalidad o especialidad deportiva, denominación de la competición, categoría en la que participa el equipo, temporada deportiva, puesto obtenido en la clasificación final, las competiciones internacionales en que el equipo haya participado como consecuencia de su participación en la
Liga Nacional o, en su defecto, Campeonato de España, por la que se solicita la
ayuda, y el número de desplazamientos fuera de la Comunidad de Madrid que
ha tenido que realizar el equipo con motivo de la citada competición. El número
de desplazamientos se referirá exclusivamente a la competición, sin incluir otros
desplazamientos del equipo a otras competiciones ni fases previas ni competiciones clasificatorias, pudiendo incluirse, en su caso, desplazamientos por ascensos
o descensos y fases finales.
e) Memoria de la participación en las competiciones, firmada electrónicamente por
el presidente del club de acuerdo con el impreso que se adjunte como anexo a la
convocatoria. En dicha memoria se describirá:
1.o La competición en la que participa el equipo y que es objeto de la convocatoria, y las características de la misma, detallando las divisiones nacionales que
existen de categoría superior e inferior y el sistema de ascensos y descensos
entre ellas.
2.o El número de equipos que participan en dicha competición, detallando los que
son de la Comunidad de Madrid y los que son de fuera de ella.
3.o El nombre de los deportistas integrantes de la plantilla del equipo.
f) Calendario deportivo de la competición, firmado por el representante de la federación deportiva correspondiente y sellado si la firma es manuscrita; únicamente
firmado por aquel si la firma es electrónica.
g) Certificado acreditativo de que el solicitante no tiene deudas en período ejecutivo
de pago de la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran garantizadas. La dirección general competente en materia de Deportes solicitará de oficio
dicho certificado, notificando al solicitante cuando el mismo no resultase positivo
para que pueda realizar las actuaciones necesarias para su subsanación.
6. Por aplicación analógica del artículo 3.1.e) de la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Economía y Hacienda, reguladora de la obligación de acreditar el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por los beneficiarios de subvenciones, ayudas públicas y transferencias de la Comunidad de Madrid, los
beneficiarios de la presente subvención quedan exonerados del cumplimiento de las obligaciones formales a que se refiere el artículo 14.1.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Asimismo, por aplicación del citado artículo, los beneficiarios quedan exonerados del
cumplimiento de dichas obligaciones para efectuar el pago.