C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220412-23)
Bases ayudas – Orden de 30 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras en materia de concesión de ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y de proyectos para la digitalización del comercio minorista
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BOCM
MARTES 12 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 87
La necesidad que ha experimentado el sector comercial de afrontar situaciones críticas
en los dos últimos años, como ha sido el caso de la pandemia provocada por la COVID-19,
ha puesto de manifiesto la necesidad de preparar al sector comercial de la región para combinar las bondades de la venta presencial con las innegables ventajas de competir más globalmente a través de la incorporación de procesos de digitalización en sus promociones, acciones de venta y también en su gestión empresarial. De este modo, la actual crisis sanitaria
ha supuesto realmente un antes y un después en la mentalidad de muchos comerciantes y
de su forma de gestionar un negocio.
El sector comercial constituye uno de los sectores empresariales productivos más relevantes en la Comunidad de Madrid, con el 12,4 % del PIB regional, del que el 6 % corresponde al comercio minorista. Así, la situación por la que atraviesa el sector comercial debe
convertirse en una oportunidad de reacción, para lo que requiere de medidas que coadyuven a dinamizar las ventas e impulsen el tejido empresarial.
De esta forma, con el apoyo directo al fomento de actividades de promoción comercial y a la digitalización e incorporación del comercio minorista de nuestra región a los procesos que integran tecnología de información y comunicación, contribuimos a la mayor
competitividad de nuestro comercio, facilitándole el acceso a un mercado cada vez más global y exigente, acorde con las nuevas demandas de sus clientes y consumidores.
Por ello, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y, dada la demanda del propio sector, habilita el presente programa de
ayudas, en el que se contempla como objetivo el desarrollo de acciones para el fomento de
actividades de promoción comercial y de actividades de digitalización del pequeño comercio minorista, y la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC)
al sector comercial.
Por otro lado, esta Orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en
el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es decir, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
En virtud de los principios de necesidad y eficacia, la orden está justificada por una razón de interés general, dados los fines perseguidos. En virtud del principio de proporcionalidad, la orden contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir, tras
constatar que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos o que impongan menos obligaciones a los destinatarios. En virtud del principio de seguridad jurídica, la orden
se ejerce de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión
Europea, generando un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y
toma de decisiones. En virtud del principio de transparencia, se posibilita el acceso sencillo y universal a las ayudas, mediante un sistema de concurrencia competitiva. Finalmente,
en virtud del principio de eficiencia, la orden evita cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 41.d)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto de la Orden
El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de
ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y para el fomento
de las actividades de digitalización del pequeño comercio minorista, así como la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) al sector comercial.
Artículo 2
Régimen jurídico
Será de aplicación al programa de ayudas lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, en todo aquello que constituya legislación básica.
BOCM-20220412-23
Pág. 92
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 87
La necesidad que ha experimentado el sector comercial de afrontar situaciones críticas
en los dos últimos años, como ha sido el caso de la pandemia provocada por la COVID-19,
ha puesto de manifiesto la necesidad de preparar al sector comercial de la región para combinar las bondades de la venta presencial con las innegables ventajas de competir más globalmente a través de la incorporación de procesos de digitalización en sus promociones, acciones de venta y también en su gestión empresarial. De este modo, la actual crisis sanitaria
ha supuesto realmente un antes y un después en la mentalidad de muchos comerciantes y
de su forma de gestionar un negocio.
El sector comercial constituye uno de los sectores empresariales productivos más relevantes en la Comunidad de Madrid, con el 12,4 % del PIB regional, del que el 6 % corresponde al comercio minorista. Así, la situación por la que atraviesa el sector comercial debe
convertirse en una oportunidad de reacción, para lo que requiere de medidas que coadyuven a dinamizar las ventas e impulsen el tejido empresarial.
De esta forma, con el apoyo directo al fomento de actividades de promoción comercial y a la digitalización e incorporación del comercio minorista de nuestra región a los procesos que integran tecnología de información y comunicación, contribuimos a la mayor
competitividad de nuestro comercio, facilitándole el acceso a un mercado cada vez más global y exigente, acorde con las nuevas demandas de sus clientes y consumidores.
Por ello, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y, dada la demanda del propio sector, habilita el presente programa de
ayudas, en el que se contempla como objetivo el desarrollo de acciones para el fomento de
actividades de promoción comercial y de actividades de digitalización del pequeño comercio minorista, y la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC)
al sector comercial.
Por otro lado, esta Orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en
el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, es decir, a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
En virtud de los principios de necesidad y eficacia, la orden está justificada por una razón de interés general, dados los fines perseguidos. En virtud del principio de proporcionalidad, la orden contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir, tras
constatar que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos o que impongan menos obligaciones a los destinatarios. En virtud del principio de seguridad jurídica, la orden
se ejerce de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión
Europea, generando un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y
toma de decisiones. En virtud del principio de transparencia, se posibilita el acceso sencillo y universal a las ayudas, mediante un sistema de concurrencia competitiva. Finalmente,
en virtud del principio de eficiencia, la orden evita cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 41.d)
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto de la Orden
El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de
ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y para el fomento
de las actividades de digitalización del pequeño comercio minorista, así como la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) al sector comercial.
Artículo 2
Régimen jurídico
Será de aplicación al programa de ayudas lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, en todo aquello que constituya legislación básica.
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