Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias (BOCM-20220409-2)
Urbanismo. Normas Subsidiarias
350 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 8
SÁBADO 9 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 85
II. CRITERIOS Y OBJETIVOS
1.
ALCANCE DE LA REVISIÓN.
Tal y como se ha expuesto en la justificación de la oportunidad y conveniencia de la revisión, no se
trata redefinir con ella el modelo territorial propuesto ni alterar sustancialmente el marco normativo,
sino que el objetivo se limita a ajustar puntualmente determinados aspectos y determinaciones, en
orden a conseguir una mayor eficacia del planeamiento derivada de la mayor viabilidad de sus
propuestas y de su mejor encaje en la realidad municipal.
En consecuencia, los criterios y objetivos desde los que se formularon las vigentes Normas siguen
siendo mantenidos en términos generales, entendiéndose que las modificaciones de la revisión
contribuyen a una mejor consecución de los mismos.
2.
OBJETIVOS DE PLANEAMIENTO.
El objetivo genérico de unas Normas Subsidiarias de Planeamiento, definible como “Ordenación
del desarrollo urbanístico del municipio y de su territorio”, se desdobla en una triple dirección
persiguiendo la mejora de la calidad de vida de sus habitantes, la adecuación de su espacio físico
para el correcto y ordenado desarrollo de las actividades capaces de generar riqueza y empleo, sin
alterar las cualidades existentes en él, y la protección de su atractivo cara al aporte de recursos
exteriores.
Las Normas Subsidiarias son un instrumento que contribuye a la consecución de estos objetivos,
planificando y regulando la actuación de los agentes públicos y privados, y creando un marco de
intervención de la administración local en el que se ordenen las prioridades de su actuación tanto
en inversiones como en esfuerzo de gestión.
Estos objetivos genéricos sirven de marco de referencia para la definición de otros más concretos,
coincidentes con los de las normas vigentes, que se recogen a continuación de manera sintética.
2.1.
EL TERRITORIO DEL TÉRMINO MUNICIPAL
En una primera escala de planeamiento, comprensiva de todos aquellos aspectos referidos a la
ordenación de la globalidad del término municipal, las Normas Subsidiarias perseguirán los
siguientes objetivos:
• Delimitación de las zonas urbanas y urbanizables, haciendo compatibles las necesidades de
suelo de nuevo desarrollo con la necesaria racionalización de los· procesos de crecimiento.
• Creación del marco jurídico adecuado para la intervención de la administración local en el
sentido de eliminar las actuaciones urbanísticas ilegales y los factores generadores de
especulación.
• Actualización del inventarito de construcciones e instalaciones en Suelo No
Urbanizable, como registro que permite determinar su situación y las actuaciones que
procedieren.
• Revalorización y protección del territorio del término no apto para su ocupación urbana, con
especial preservación de las zonas de interés tanto paisajístico como ecológico.
• Planificación de las ampliaciones y mejoras de las redes y Servicios de infraestructuras, en
respuesta a las necesidades del conjunto de los núcleos.
• Establecer el modelo global de ocupación del territorio municipal, junto con la ordenación del
sistema estructural que lo articule, completando la estructura viaria que vertebre el territorio
del término y resolviendo conexiones entre los núcleos.
LOS CASCOS TRADICIONALES DE LOS NÚCLEOS
Las determinaciones del planeamiento en el suelo urbano más consolidado buscarán compaginar
la mejora genérica de las condiciones de los pueblos del término y de la calidad de vida de sus
habitantes, con al mantenimiento de los valores tradicionales, históricos, paisajísticos y
Medioambientales que se mantienen en sus cascos antiguos, fundamentales para crear las
perseguidas condiciones de atractivo cara al exterior, además de representar un patrimonio cultural
que interesa proteger.
BOCM-20220409-2
2.2.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 8
SÁBADO 9 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 85
II. CRITERIOS Y OBJETIVOS
1.
ALCANCE DE LA REVISIÓN.
Tal y como se ha expuesto en la justificación de la oportunidad y conveniencia de la revisión, no se
trata redefinir con ella el modelo territorial propuesto ni alterar sustancialmente el marco normativo,
sino que el objetivo se limita a ajustar puntualmente determinados aspectos y determinaciones, en
orden a conseguir una mayor eficacia del planeamiento derivada de la mayor viabilidad de sus
propuestas y de su mejor encaje en la realidad municipal.
En consecuencia, los criterios y objetivos desde los que se formularon las vigentes Normas siguen
siendo mantenidos en términos generales, entendiéndose que las modificaciones de la revisión
contribuyen a una mejor consecución de los mismos.
2.
OBJETIVOS DE PLANEAMIENTO.
El objetivo genérico de unas Normas Subsidiarias de Planeamiento, definible como “Ordenación
del desarrollo urbanístico del municipio y de su territorio”, se desdobla en una triple dirección
persiguiendo la mejora de la calidad de vida de sus habitantes, la adecuación de su espacio físico
para el correcto y ordenado desarrollo de las actividades capaces de generar riqueza y empleo, sin
alterar las cualidades existentes en él, y la protección de su atractivo cara al aporte de recursos
exteriores.
Las Normas Subsidiarias son un instrumento que contribuye a la consecución de estos objetivos,
planificando y regulando la actuación de los agentes públicos y privados, y creando un marco de
intervención de la administración local en el que se ordenen las prioridades de su actuación tanto
en inversiones como en esfuerzo de gestión.
Estos objetivos genéricos sirven de marco de referencia para la definición de otros más concretos,
coincidentes con los de las normas vigentes, que se recogen a continuación de manera sintética.
2.1.
EL TERRITORIO DEL TÉRMINO MUNICIPAL
En una primera escala de planeamiento, comprensiva de todos aquellos aspectos referidos a la
ordenación de la globalidad del término municipal, las Normas Subsidiarias perseguirán los
siguientes objetivos:
• Delimitación de las zonas urbanas y urbanizables, haciendo compatibles las necesidades de
suelo de nuevo desarrollo con la necesaria racionalización de los· procesos de crecimiento.
• Creación del marco jurídico adecuado para la intervención de la administración local en el
sentido de eliminar las actuaciones urbanísticas ilegales y los factores generadores de
especulación.
• Actualización del inventarito de construcciones e instalaciones en Suelo No
Urbanizable, como registro que permite determinar su situación y las actuaciones que
procedieren.
• Revalorización y protección del territorio del término no apto para su ocupación urbana, con
especial preservación de las zonas de interés tanto paisajístico como ecológico.
• Planificación de las ampliaciones y mejoras de las redes y Servicios de infraestructuras, en
respuesta a las necesidades del conjunto de los núcleos.
• Establecer el modelo global de ocupación del territorio municipal, junto con la ordenación del
sistema estructural que lo articule, completando la estructura viaria que vertebre el territorio
del término y resolviendo conexiones entre los núcleos.
LOS CASCOS TRADICIONALES DE LOS NÚCLEOS
Las determinaciones del planeamiento en el suelo urbano más consolidado buscarán compaginar
la mejora genérica de las condiciones de los pueblos del término y de la calidad de vida de sus
habitantes, con al mantenimiento de los valores tradicionales, históricos, paisajísticos y
Medioambientales que se mantienen en sus cascos antiguos, fundamentales para crear las
perseguidas condiciones de atractivo cara al exterior, además de representar un patrimonio cultural
que interesa proteger.
BOCM-20220409-2
2.2.