Sevilla la Nueva (BOCM-20220124-83)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
Pág. 233
Información a empresas ofertantes para empleados en la intranet. Seguimiento de
anuncios.
La modalidad del contrato será la de contrato de interinidad según lo dispuesto en el
artículo 15.1.c del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. El contrato de trabajo terminará en el momento en que dicha plaza se provea de acuerdo con lo previsto en el párrafo anterior o en el caso de que cambiaran sustancialmente las circunstancias de
funcionamiento del servicio y el Ayuntamiento se viera obligado a suspender la prestación
del mismo.
El carácter del contrato es temporal y en régimen de dedicación a tiempo completo o
parcial, con un mes de periodo de prueba.
Segunda. Normativa de aplicación
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015 por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingresos del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se
apruebe el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:
a) Tener capacidad para ser contratado conforme al Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores.
b) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni
hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber
sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b el Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impide, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Poseer la titulación exigida o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación: Diplomatura Universitaria o Superior.
g) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias. Asimismo, deberán poseerse todos ellos durante el procedimiento
de selección y mientras dure la contratación.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias
Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en
las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, para la plaza que se opte se dirigirán al Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sevilla La Nueva, y se presentarán, en modelo oficial que se adjunta a las presentes bases, en el Registro de entrada de este Ayuntamiento presencialmente o por la sede
BOCM-20220124-83
Tercero. Condiciones de Admisión de Aspirantes
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
Pág. 233
Información a empresas ofertantes para empleados en la intranet. Seguimiento de
anuncios.
La modalidad del contrato será la de contrato de interinidad según lo dispuesto en el
artículo 15.1.c del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. El contrato de trabajo terminará en el momento en que dicha plaza se provea de acuerdo con lo previsto en el párrafo anterior o en el caso de que cambiaran sustancialmente las circunstancias de
funcionamiento del servicio y el Ayuntamiento se viera obligado a suspender la prestación
del mismo.
El carácter del contrato es temporal y en régimen de dedicación a tiempo completo o
parcial, con un mes de periodo de prueba.
Segunda. Normativa de aplicación
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015 por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de
Ingresos del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se
apruebe el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del
Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:
a) Tener capacidad para ser contratado conforme al Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores.
b) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni
hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber
sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b el Real Decreto Legislativo 5/2015, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impide, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Poseer la titulación exigida o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación: Diplomatura Universitaria o Superior.
g) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias. Asimismo, deberán poseerse todos ellos durante el procedimiento
de selección y mientras dure la contratación.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias
Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en
las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, para la plaza que se opte se dirigirán al Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sevilla La Nueva, y se presentarán, en modelo oficial que se adjunta a las presentes bases, en el Registro de entrada de este Ayuntamiento presencialmente o por la sede
BOCM-20220124-83
Tercero. Condiciones de Admisión de Aspirantes