C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220124-19)
Convocatoria certamen teatro –  Orden 3751/2021, de 23 de diciembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno por la que se convoca el IV Certamen de Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 19

LUNES 24 DE ENERO DE 2022

Pág. 65

trónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se
establezcan específicamente para cada tipo de firma.
Podrán aportarse documentos de forma telemática durante la tramitación del expediente a través de la opción Aportar documentos, uno de los Servicios de Tramitación digital
disponible en el portal de Administración digital de www.comunidad.madrid
De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando la solicitud no reúna alguno de los datos exigidos se requerirá al interesado para que, en el plazo de
diez días, subsane la falta o proporcione los documentos preceptivos, con indicación de que,
si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los
términos previstos en el artículo 21 del mismo texto legal. Tanto el requerimiento al interesado como la subsanación por parte de este último se realizarán a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 del mismo texto legal.
La presente Orden se encuentra a disposición de los interesados en la dirección de Internet www.comunidad.madrid
2. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Octavo
Instrucción del procedimiento
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, competente en esta materia.
La Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza analizará la documentación de los centros y comunicará a los mismos su admisión o exclusión del certamen.
El órgano instructor establecerá el calendario, los procedimientos y todos los aspectos
organizativos necesarios para la valoración de los montajes, así como para la resolución de
cualquier incidencia que pueda surgir en el desarrollo del certamen.
Noveno
Fase de selección
En esta fase intervendrán los equipos admitidos a participar en el Certamen. El número de días y sesiones de esta fase, para la representación de las obras teatrales, se establecerá en función del número de grupos de teatro y de los centros admitidos.
Los centros participantes acordarán con la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, las fechas de selección de los montajes teatrales, que se desarrollarán
de manera preferente en cada uno de los centros participantes.
Se constituirá un Jurado con el fin de proponer aquellos centros educativos que se consideren merecedores de ser premiados, tal y como se contempla en el apartado undécimo de
esta Orden.
A la vista de la puntuación obtenida, el órgano instructor podrá solicitar una segunda
representación de las actuaciones mejor valoradas.
Los tres montajes teatrales que obtengan una mayor puntuación en cada una de las dos modalidades de participación establecidas obtendrán un premio y participarán en una gala final.
Décimo
La valoración en la fase de selección, de conformidad con la Orden 470/2019, de 19
de febrero, de la Consejería de Educación e Investigación por la que se crea el Certamen de
Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid y se aprueban sus bases reguladoras, se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios y baremo:
a) Complejidad de la obra, fragmento o escena seleccionada (dificultad que supone
el desarrollo de la obra para los alumnos, porcentaje de alumnos de educación especial y con necesidades específicas de apoyo educativo participantes, escenario,
texto). Hasta 10 puntos.
b) Representación (habilidades de comunicación, interpretación, entonación, declamación, gestualidad, emotividad). Hasta 10 puntos.

BOCM-20220124-19

Criterios de valoración