C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220124-19)
Convocatoria certamen teatro – Orden 3751/2021, de 23 de diciembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno por la que se convoca el IV Certamen de Teatro Inclusivo de la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 66
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 19
c) Puesta en escena (unidad del espectáculo, ritmo, originalidad, creatividad, contenido pedagógico de la obra, calidad estética, coordinación en el grupo). Hasta 10
puntos.
d) Dirección del montaje (gestión del montaje teatral por parte de los directores).
Hasta 10 puntos.
Undécimo
Jurado
Para la propuesta de premios se constituirá un jurado que estará integrado por un inspector, designado por la Subdirección General de Inspección Educativa y tres representantes de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, designados por el
titular de dicha Dirección General, uno de los cuales actuará como presidente, otro como
secretario y otro como vocal.
Además, para la valoración de los grupos de teatro y montajes escénicos, el órgano instructor del procedimiento contará con expertos en artes escénicas, que asesorarán al jurado
en los resultados parciales y totales que obtengan los grupos de teatro concurrentes.
El funcionamiento del jurado, así como la posibilidad de sustitución de sus miembros
se regirá por lo establecido en la Sección 3ª del Capítulo II del Título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El jurado elaborará la propuesta de premios motivada a partir de los criterios de valoración y puntuación establecidos.
El jurado tendrá la facultad de declarar desierto uno, varios o la totalidad de los premios en la propuesta de concesión. Igualmente, podrá requerir de los participantes la aportación de cuantas aclaraciones se estimen oportunas.
El fallo del jurado no será recurrible.
Duodécimo
El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, a propuesta de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, resolverá mediante orden, la concesión de los premios. La resolución de la convocatoria se hará pública
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La orden de concesión determinará en cada caso los premiados, el orden de los premios y cuantos extremos sean necesarios para su adecuada aplicación.
El plazo máximo para la resolución de la presente convocatoria será de seis meses, a
partir de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes establecido en la convocatoria.
La orden de concesión por la que se resuelva la presente convocatoria pone fin a la vía
administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Contra dicha Orden, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, en
el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, podrá optarse por interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses,
a partir del día siguiente a la publicación de la Orden de concesión, o de seis meses, a partir del día siguiente a aquel en que deba entenderse producido el acto presunto.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso potestativo de reposición en su caso interpuesto sea resuelto expresamente o se haya producido
su desestimación presunta.
Decimotercero
Gala final y entrega de premios
Se llevará a cabo una gala final en la que participarán los tres montajes teatrales que
obtengan una mayor puntuación en cada una de las dos modalidades de participación.
BOCM-20220124-19
Resolución de la convocatoria
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 66
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 19
c) Puesta en escena (unidad del espectáculo, ritmo, originalidad, creatividad, contenido pedagógico de la obra, calidad estética, coordinación en el grupo). Hasta 10
puntos.
d) Dirección del montaje (gestión del montaje teatral por parte de los directores).
Hasta 10 puntos.
Undécimo
Jurado
Para la propuesta de premios se constituirá un jurado que estará integrado por un inspector, designado por la Subdirección General de Inspección Educativa y tres representantes de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, designados por el
titular de dicha Dirección General, uno de los cuales actuará como presidente, otro como
secretario y otro como vocal.
Además, para la valoración de los grupos de teatro y montajes escénicos, el órgano instructor del procedimiento contará con expertos en artes escénicas, que asesorarán al jurado
en los resultados parciales y totales que obtengan los grupos de teatro concurrentes.
El funcionamiento del jurado, así como la posibilidad de sustitución de sus miembros
se regirá por lo establecido en la Sección 3ª del Capítulo II del Título Preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El jurado elaborará la propuesta de premios motivada a partir de los criterios de valoración y puntuación establecidos.
El jurado tendrá la facultad de declarar desierto uno, varios o la totalidad de los premios en la propuesta de concesión. Igualmente, podrá requerir de los participantes la aportación de cuantas aclaraciones se estimen oportunas.
El fallo del jurado no será recurrible.
Duodécimo
El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, a propuesta de la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, resolverá mediante orden, la concesión de los premios. La resolución de la convocatoria se hará pública
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La orden de concesión determinará en cada caso los premiados, el orden de los premios y cuantos extremos sean necesarios para su adecuada aplicación.
El plazo máximo para la resolución de la presente convocatoria será de seis meses, a
partir de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes establecido en la convocatoria.
La orden de concesión por la que se resuelva la presente convocatoria pone fin a la vía
administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Contra dicha Orden, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, en
el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, podrá optarse por interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses,
a partir del día siguiente a la publicación de la Orden de concesión, o de seis meses, a partir del día siguiente a aquel en que deba entenderse producido el acto presunto.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que el recurso potestativo de reposición en su caso interpuesto sea resuelto expresamente o se haya producido
su desestimación presunta.
Decimotercero
Gala final y entrega de premios
Se llevará a cabo una gala final en la que participarán los tres montajes teatrales que
obtengan una mayor puntuación en cada una de las dos modalidades de participación.
BOCM-20220124-19
Resolución de la convocatoria