C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211124-31)
Bases subvenciones – Orden de 22 de noviembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo por la que se modifica la Orden de 9 de octubre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de formación en alternancia con la actividad laboral dirigido a prevenir el riesgo de desempleo de larga duración como consecuencia de la pandemia del COVID-19 para su financiación a través del eje REACT-UE en el marco del programa operativo regional del Fondo Social Europeo y se convocan subvenciones para el año 2021
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 222
MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 280
Así, la regulación contenida da cumplimiento a los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad y transparencia, al haber sido adoptadas por razones de interés general,
como es la contribución a paliar los efectos de la crisis sobre el mercado de trabajo, conteniendo la regulación imprescindible y necesaria para su adecuada adaptación a la referida
normativa europea a efectos de poder reorientar la financiación de este programa en el marco del Programa Operativo Regional del Fondo Social Europeo y dar continuidad a aquellas ayudas que han demostrado su efectividad en la lucha contra el desempleo.
El contenido de la presente orden, serán objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la web
institucional de la Comunidad de Madrid y en el Portal de Transparencia.
Asimismo, da continuidad a un marco normativo eficaz, integrado y coherente con el
resto del ordenamiento jurídico, nacional y europeo, cumpliendo con el principio de seguridad jurídica y no supone el establecimiento de cargas administrativas innecesarias, en
aplicación del principio de eficiencia.
De conformidad con el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de
la Comunidad de Madrid, el desarrollo de las funciones y servicios en materia de trabajo,
empleo y formación le corresponde a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 4.1.a) de la Ley 3/1999, de 30 de marzo,
de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 12.2 del Decreto 105/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba el Reglamento de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid, y del artículo 12.3.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid,
esta orden ha sido informada por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid y la Intervención Delegada de Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación al artículo 6.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
TÍTULO I
Modificación de las bases reguladoras de las subvenciones
Artículo primero
Modificación de la Orden de 9 de octubre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo
y Competitividad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
del programa de formación en alternancia con la actividad laboral dirigido a prevenir
el riesgo de desempleo de larga duración como consecuencia de la pandemia del COVID-19
Uno. El apartado 2 del artículo 1 queda redactado del siguiente modo:
“2. Para el cumplimiento de esta finalidad, se destinarán anualmente créditos presupuestarios establecidos en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid,
para el Programa Presupuestario 241M-Promoción y Fomento del Empleo y el Subconcepto 46200 Actuaciones Cofinanciadas F.S.E. y otras.
Las subvenciones previstas en esta Orden serán objeto de cofinanciación por la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-UE), a través
del Programa Operativo Regional FSE, hasta una tasa máxima del 100 %, dentro del período de programación 2014-2020:
a) Eje REACT UE: Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia
COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía.
BOCM-20211124-31
La Orden de 9 de octubre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de
formación en alternancia con la actividad laboral dirigido a prevenir el riesgo de desempleo
de larga duración como consecuencia de la pandemia del COVID-19, queda modificada
como sigue:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 222
MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 280
Así, la regulación contenida da cumplimiento a los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad y transparencia, al haber sido adoptadas por razones de interés general,
como es la contribución a paliar los efectos de la crisis sobre el mercado de trabajo, conteniendo la regulación imprescindible y necesaria para su adecuada adaptación a la referida
normativa europea a efectos de poder reorientar la financiación de este programa en el marco del Programa Operativo Regional del Fondo Social Europeo y dar continuidad a aquellas ayudas que han demostrado su efectividad en la lucha contra el desempleo.
El contenido de la presente orden, serán objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en la web
institucional de la Comunidad de Madrid y en el Portal de Transparencia.
Asimismo, da continuidad a un marco normativo eficaz, integrado y coherente con el
resto del ordenamiento jurídico, nacional y europeo, cumpliendo con el principio de seguridad jurídica y no supone el establecimiento de cargas administrativas innecesarias, en
aplicación del principio de eficiencia.
De conformidad con el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de
la Comunidad de Madrid, el desarrollo de las funciones y servicios en materia de trabajo,
empleo y formación le corresponde a la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 4.1.a) de la Ley 3/1999, de 30 de marzo,
de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 12.2 del Decreto 105/2018, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
aprueba el Reglamento de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid, y del artículo 12.3.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid,
esta orden ha sido informada por la Abogacía General de la Comunidad de Madrid y la Intervención Delegada de Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con las competencias atribuidas en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación al artículo 6.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
TÍTULO I
Modificación de las bases reguladoras de las subvenciones
Artículo primero
Modificación de la Orden de 9 de octubre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo
y Competitividad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
del programa de formación en alternancia con la actividad laboral dirigido a prevenir
el riesgo de desempleo de larga duración como consecuencia de la pandemia del COVID-19
Uno. El apartado 2 del artículo 1 queda redactado del siguiente modo:
“2. Para el cumplimiento de esta finalidad, se destinarán anualmente créditos presupuestarios establecidos en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid,
para el Programa Presupuestario 241M-Promoción y Fomento del Empleo y el Subconcepto 46200 Actuaciones Cofinanciadas F.S.E. y otras.
Las subvenciones previstas en esta Orden serán objeto de cofinanciación por la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-UE), a través
del Programa Operativo Regional FSE, hasta una tasa máxima del 100 %, dentro del período de programación 2014-2020:
a) Eje REACT UE: Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia
COVID-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía.
BOCM-20211124-31
La Orden de 9 de octubre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de
formación en alternancia con la actividad laboral dirigido a prevenir el riesgo de desempleo
de larga duración como consecuencia de la pandemia del COVID-19, queda modificada
como sigue: