D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211123-26)
Convenio –  Convenio de 8 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por un importe de 70.000 euros para la financiación, durante la anualidad 2021, del Programa de Apoyo a la Inserción Laboral de la Mujer Rural en la Sierra Norte
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BOCM

MARTES 23 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 279

Quinta
Actuaciones a desarrollar por la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte
en cumplimiento del Programa subvencionado
El contenido del Programa se estructura en las actuaciones que se enumeran a continuación y se desarrollará con sujeción a las condiciones especificadas en el Anexo I que se
incorpora al presente Convenio:
1. Prestación de Apoyo Doméstico, que consiste en un servicio de Alimentación en
el domicilio y elaboración de comidas a menores, y un servicio de apoyo a la alimentación
de personas mayores y al mantenimiento del hogar.
2. Prestación de Apoyo Personal, que contempla un servicio de Atención personal
(aseo, higiene y movilidad) dirigido a menores, mayores y personas con discapacidad.
3. Prestación de Cuidados Infantiles, consistente en funciones de Acompañamiento
durante el trasladado al centro educativo y al domicilio tras finalizar el horario escolar, así
como cuidados infantiles en el domicilio.
4. Prestación de Formación para el empleo, que contemplará la organización y realización de acciones formativas, cuyo principal objeto sea dotar a las mujeres participantes
de conocimientos, habilidades y/o titulaciones que faciliten su inserción laboral.
5. Creación y puesta en marcha de servicios de apoyo a la inserción laboral.
Adicionalmente, son obligaciones del beneficiario de la subvención las siguientes:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.
b) Justificar ante el órgano concedente la realización de la actividad subvencionada.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero a efectuar por
los órganos concedentes y de control competentes, aportando la información que
le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones.
d) Comunicar al órgano concedente, tan pronto como se conozca y, en todo caso, con
anterioridad a la justificación de la aplicación de los fondos percibidos, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
e) Hallarse, con carácter previo a la concesión y al pago de la subvención, al corriente
en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y con
la Hacienda de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 14.1.e), 34.5
de la Ley 38/2003, y 8.e) de la Ley 2/1990.
f) Hallarse al corriente, con carácter previo al pago de la subvención, de la obligación
de la rendición de las cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de
Madrid, mediante presentación de certificación emitida, a estos efectos, por la Cámara de Cuentas, en cumplimiento del artículo 10.3 de la citada Ley 2/1995.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
h) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la
Ley 38/2003.
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el
artículo 37 de la Ley 38/2003.
j) Acreditar, con carácter previo a la concesión y pago, el cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario mediante aportación de la declaración responsable a que se refiere el artículo 13.7 de la Ley 38/2003.
Sexta
Cuantía de la subvención
La cuantía de la subvención asciende a setenta mil euros (70.000 euros), será financiada con cargo a subconcepto 46354 del programa 232E del vigente presupuesto de gastos de
la Comunidad de Madrid, y financiará el 100% de los gastos del Programa.
FINANCIACIÓN

COMUNIDAD
DE MADRID

ENTIDAD
LOCAL

TOTAL

Programa de Apoyo a la Inserción Laboral de la Mujer Rural en la Sierra Norte de Madrid

70.000,00

0,00

70.000,00

BOCM-20211123-26

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