D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211123-26)
Convenio – Convenio de 8 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por un importe de 70.000 euros para la financiación, durante la anualidad 2021, del Programa de Apoyo a la Inserción Laboral de la Mujer Rural en la Sierra Norte
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 279
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE NOVIEMBRE DE 2021
su autonomía, mejorando su capacitación laboral e incidiendo positivamente en la integración
sociolaboral de la mujer de Sierra Norte, a la vez que acompañar en su proceso de conciliación.
Tercera
Objetivos específicos del Programa subvencionado
En particular, serán objetivos específicos del Programa:
1. Prestar Servicios de Atención Doméstica y Atención Personal, garantizando el
bienestar de los sectores dependientes en Sierra Norte, promocionando el acceso al mercado laboral de las destinatarias del programa.
2. Prestar Servicios de Cuidados Infantiles, a todos aquellos menores, dependientes
de mujeres con cargas familiares, motivado por la necesidad de su participación e implicación en actividades formativas o laborales y que necesiten ser atendidos.
3. Rentabilizar los recursos existentes en materia de empleo en Sierra Norte a través
de la coordinación con los agentes sociales y ONG.
4. Favorecer medios de acceso a recursos públicos a mujeres pertenecientes a grupos
vulnerables.
5. Apoyar la organización familiar, sin suplir las responsabilidades de cada uno de
sus miembros.
6. Facilitar a las familias, personal cualificado para atender las necesidades particulares que presentan.
7. Apoyar en las cargas familiares de la mujer en Sierra Norte que dificultan el acceso, tanto a la formación laboral como al mercado de trabajo.
8. Difundir la guía de recursos para el empleo para mujeres que se encuentran en proceso de búsqueda de empleo realizada en 2015.
9. Facilitar la formación necesaria para el acceso al empleo de mujeres desempleadas o con empleo precario.
10. Facilitar formación tendente a la cualificación necesaria a la mujer rural en situación de desempleo en Sierra Norte, así como una orientación laboral como medio para una
necesaria inserción en el mercado de trabajo.
11. Colaborar con los distintos programas de empleo para la mujer rural que se realicen en el ámbito de la Mancomunidad, respecto de los datos recogidos desde el programa.
12. Facilitar a las mujeres participantes en las acciones desarrolladas por la Mancomunidad, información sobre otras acciones formativas acordes a sus características, así
como información de empleos que puedan llegar a la Mancomunidad.
Cuarta
Destinatarias del Programa
Podrán ser destinatarias de las actuaciones de este programa, aquellas mujeres pertenecientes a grupos vulnerables, con necesidades de integración, carencias y/o dificultades
importantes ante el mercado laboral, con personas dependientes, menores, mayores o con
discapacidad, a su cargo y en grave riesgo de exclusión social.
Siempre que reúnan los siguientes requisitos:
— Mujeres entre 18 y 64 años.
— Con escasas o inadecuadas redes de apoyo socio familiar.
— Con un nivel de renta insuficiente para hacer frente a los gastos derivados del cuidado de la atención a las personas dependientes de su entorno familiar.
— Empadronadas en alguno de los municipios comprendidos en la Mancomunidad
de Servicios Sociales Sierra Norte.
— Encontrarse en alguna de las situaciones que se describen a continuación respecto
de su situación laboral:
a) Mujeres sin empleo que necesitan apoyo en el ámbito familiar para la realización de búsqueda activa de empleo.
b) Mujeres con empleo que presentan dificultades para la atención de las personas dependientes en su ámbito familiar.
c) Mujeres en desempleo con necesidades formativas laborales para facilitar el
acceso a empleo, con o sin personas dependientes a su cargo.
d) Mujeres en desempleo y con necesidades de acceso al mercado de trabajo.
e) Mujeres con empleo con necesidades formativas para la mejora laboral y/o
para el mantenimiento de su puesto de trabajo.
— Que los servicios se prescriban cuando se trate del recurso idóneo y técnicamente
adecuado.
Pág. 167
BOCM-20211123-26
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE NOVIEMBRE DE 2021
su autonomía, mejorando su capacitación laboral e incidiendo positivamente en la integración
sociolaboral de la mujer de Sierra Norte, a la vez que acompañar en su proceso de conciliación.
Tercera
Objetivos específicos del Programa subvencionado
En particular, serán objetivos específicos del Programa:
1. Prestar Servicios de Atención Doméstica y Atención Personal, garantizando el
bienestar de los sectores dependientes en Sierra Norte, promocionando el acceso al mercado laboral de las destinatarias del programa.
2. Prestar Servicios de Cuidados Infantiles, a todos aquellos menores, dependientes
de mujeres con cargas familiares, motivado por la necesidad de su participación e implicación en actividades formativas o laborales y que necesiten ser atendidos.
3. Rentabilizar los recursos existentes en materia de empleo en Sierra Norte a través
de la coordinación con los agentes sociales y ONG.
4. Favorecer medios de acceso a recursos públicos a mujeres pertenecientes a grupos
vulnerables.
5. Apoyar la organización familiar, sin suplir las responsabilidades de cada uno de
sus miembros.
6. Facilitar a las familias, personal cualificado para atender las necesidades particulares que presentan.
7. Apoyar en las cargas familiares de la mujer en Sierra Norte que dificultan el acceso, tanto a la formación laboral como al mercado de trabajo.
8. Difundir la guía de recursos para el empleo para mujeres que se encuentran en proceso de búsqueda de empleo realizada en 2015.
9. Facilitar la formación necesaria para el acceso al empleo de mujeres desempleadas o con empleo precario.
10. Facilitar formación tendente a la cualificación necesaria a la mujer rural en situación de desempleo en Sierra Norte, así como una orientación laboral como medio para una
necesaria inserción en el mercado de trabajo.
11. Colaborar con los distintos programas de empleo para la mujer rural que se realicen en el ámbito de la Mancomunidad, respecto de los datos recogidos desde el programa.
12. Facilitar a las mujeres participantes en las acciones desarrolladas por la Mancomunidad, información sobre otras acciones formativas acordes a sus características, así
como información de empleos que puedan llegar a la Mancomunidad.
Cuarta
Destinatarias del Programa
Podrán ser destinatarias de las actuaciones de este programa, aquellas mujeres pertenecientes a grupos vulnerables, con necesidades de integración, carencias y/o dificultades
importantes ante el mercado laboral, con personas dependientes, menores, mayores o con
discapacidad, a su cargo y en grave riesgo de exclusión social.
Siempre que reúnan los siguientes requisitos:
— Mujeres entre 18 y 64 años.
— Con escasas o inadecuadas redes de apoyo socio familiar.
— Con un nivel de renta insuficiente para hacer frente a los gastos derivados del cuidado de la atención a las personas dependientes de su entorno familiar.
— Empadronadas en alguno de los municipios comprendidos en la Mancomunidad
de Servicios Sociales Sierra Norte.
— Encontrarse en alguna de las situaciones que se describen a continuación respecto
de su situación laboral:
a) Mujeres sin empleo que necesitan apoyo en el ámbito familiar para la realización de búsqueda activa de empleo.
b) Mujeres con empleo que presentan dificultades para la atención de las personas dependientes en su ámbito familiar.
c) Mujeres en desempleo con necesidades formativas laborales para facilitar el
acceso a empleo, con o sin personas dependientes a su cargo.
d) Mujeres en desempleo y con necesidades de acceso al mercado de trabajo.
e) Mujeres con empleo con necesidades formativas para la mejora laboral y/o
para el mantenimiento de su puesto de trabajo.
— Que los servicios se prescriban cuando se trate del recurso idóneo y técnicamente
adecuado.
Pág. 167
BOCM-20211123-26
BOCM