Villanueva de la Cañada (BOCM-20211122-77)
Régimen económico. Bases ayudas nacimiento hijo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 278

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE NOVIEMBRE DE 2021

Pág. 393

Tercera. Normativa aplicable y régimen jurídico
1. La Ordenanza Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Villanueva de
la Cañada (Madrid), en vigor (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 124, 26 de mayo de 2005).
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS)
y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RLGS).
3. Bases de ejecución del presupuesto municipal para el ejercicio 2021.
4. Supletoriamente, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y cualquier otra disposición normativa que
por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.
5. La gestión de estas subvenciones se sujetará a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el
cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
6. Su tramitación se realizará preferentemente por medios electrónicos, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y podrá ser también presencial, a través del
Registro del Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada (Plaza de España 1, Villanueva de
la Cañada).
Cuarta. Crédito presupuestario
La convocatoria de la subvención detallará el crédito máximo a subvencionar, así
como la partida presupuestaria del presupuesto en vigor correspondiente.
Quinta. Cuantías
Las ayudas consistirán en un pago máximo de 500 euros por menor.
En caso de que existiesen solicitudes aptas para ser beneficiarias, pero no existiese crédito
suficiente, se repartirá todo el crédito disponible a partes iguales entre los beneficiarios aptos.
Sexta. Compatibilidad
Las ayudas concedidas serán compatibles con otras para esta misma finalidad, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda.

1. Las solicitudes, que se deberán dirigir a Familia, se presentarán por vía presencial
en el Registro del Ayuntamiento o de forma telemática a través del Portal del Ciudadano de
la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada (Madrid), donde estará
disponible el modelo de solicitud normalizado para la obtención de dichas subvenciones reguladas en las presentes bases, así como los Anexos I y II.
Enlace que figurará en la convocatoria correspondiente.
2. Para la identificación del usuario en esta Sede, el Ayuntamiento de Villanueva de
la Cañada (Madrid) admite las modalidades que se recogen en la sección de “Requisitos”.
El enlace al listado de tramites electrónicos es el siguiente:
Enlace que figurará en la convocatoria correspondiente.
Certificado digital: con carácter general, para personas físicas, se admite el DNI electrónico y los certificados reconocidos incluidos en la lista de confianza de prestadores de
servicios de certificación.
3. El plazo de presentación de solicitudes será detallado en la convocatoria correspondiente y empezará a contar a partir del día siguiente a la publicación la mencionada convocatoria en el tablón de edictos y en la web de ayuntamiento, sin perjuicio de la publicación
del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
4. La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y la no
utilización de los formularios en impreso normalizado, de uso obligatorio, serán causas de
inadmisión.

BOCM-20211122-77

Séptima. Plazo y forma de presentación de solicitudes