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Convenio – Convenio de 5 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la promoción y protección de la Tauromaquia como patrimonio cultural
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 274
LUNES 22 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 278
Tauromaquia de la Comunidad de Madrid “José Cubero Yiyo” en dichas instalaciones y respetando su presencia.
c) El mantenimiento y conservación de las mangas y corrales previstas en la cláusula
anterior fuera del periodo de exposición de las reses indicado.
d) La asunción de los gastos derivados de los suministros de las instalaciones citadas
de la Venta del Batán.
e) En su caso, apoyo a la Comunidad de Madrid en la actividad de fomento de la Escuela de la Tauromaquia.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Corresponderán a la Comunidad de Madrid las siguientes obligaciones:
a) Aportar los medios humanos para la gestión de la Escuela de Tauromaquia de la
Comunidad de Madrid “José Cubero Yiyo” por medio de la empresa adjudicataria del contrato de gestión y explotación de la Plaza de Toros de Las Ventas, en
los términos establecidos en el mismo, sin que dicho personal tenga vinculación
laboral alguna con la Comunidad de Madrid.
b) Aportar los medios necesarios para el mantenimiento de la escuela, en coordinación, en su caso, con las empresas concesionarias de la gestión y explotación de la
Plaza de Toros de Las Ventas, así como facilitar la necesaria cooperación entre la
escuela de tauromaquia y la plaza de toros.
c) Asumir, directamente o a través de la empresa adjudicataria del contrato de gestión y explotación de la plaza de Toros de Las Ventas, los gastos derivados de la
actividad de exposición y estancia de las reses en la Venta del Batán, durante el
periodo de exposición.
d) Garantizar la presencia institucional del Ayuntamiento de Madrid en la Plaza de
Toros de Las Ventas y en los trabajos de supervisión de la actividad de la escuela.
e) Adoptar las medidas necesarias para incorporar la presencia paritaria de representantes del Ayuntamiento de Madrid en el jurado de los Premios Taurinos de la Feria de San Isidro en la Plaza de Toros de Las Ventas, repartiéndose las distinciones honoríficas a entregar en las diferentes categorías de los premios de forma
paritaria.
Cuarta
Escuela Taurina de Madrid
1. La sede de la Escuela de Tauromaquia de la Comunidad de Madrid “José Cubero
Yiyo”, queda establecida en las instalaciones municipales de la Venta del Batán señaladas
en el Anexo 1 a partir de la fecha de firma del presente convenio.
En el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la firma del presente convenio se suscribirá por ambas partes acta de recepción de las instalaciones reseñadas y de
los bienes muebles que se señalan en el Anexo 2.
2. La regulación del funcionamiento y la financiación de la Escuela de Tauromaquia
de la Comunidad de Madrid “José Cubero Yiyo” se atendrá a lo establecido en el Decreto 226/1995, de 17 de agosto, por el que se establece la dependencia orgánica y se definen
la estructura y las funciones del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid,
así como en el resto de normas en la materia.
Premios taurinos de la Feria de San Isidro
1. A los efectos de recuperar la indicada presencia institucional del Ayuntamiento en
los premios taurinos en la Feria de San Isidro, la Comunidad de Madrid se compromete a
adoptar las medidas necesarias para incorporar la presencia paritaria de representantes del
Ayuntamiento de Madrid en el jurado de los referidos premios, regulados en el Decreto 53/2016, de 31 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los Premios Taurinos de la Feria de San Isidro en la Plaza de Toros de Las Ventas repartiéndose las distinciones honoríficas a entregar en las diferentes categorías de los premios de forma paritaria.
BOCM-20211122-22
Quinta
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 274
LUNES 22 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 278
Tauromaquia de la Comunidad de Madrid “José Cubero Yiyo” en dichas instalaciones y respetando su presencia.
c) El mantenimiento y conservación de las mangas y corrales previstas en la cláusula
anterior fuera del periodo de exposición de las reses indicado.
d) La asunción de los gastos derivados de los suministros de las instalaciones citadas
de la Venta del Batán.
e) En su caso, apoyo a la Comunidad de Madrid en la actividad de fomento de la Escuela de la Tauromaquia.
Tercera
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Corresponderán a la Comunidad de Madrid las siguientes obligaciones:
a) Aportar los medios humanos para la gestión de la Escuela de Tauromaquia de la
Comunidad de Madrid “José Cubero Yiyo” por medio de la empresa adjudicataria del contrato de gestión y explotación de la Plaza de Toros de Las Ventas, en
los términos establecidos en el mismo, sin que dicho personal tenga vinculación
laboral alguna con la Comunidad de Madrid.
b) Aportar los medios necesarios para el mantenimiento de la escuela, en coordinación, en su caso, con las empresas concesionarias de la gestión y explotación de la
Plaza de Toros de Las Ventas, así como facilitar la necesaria cooperación entre la
escuela de tauromaquia y la plaza de toros.
c) Asumir, directamente o a través de la empresa adjudicataria del contrato de gestión y explotación de la plaza de Toros de Las Ventas, los gastos derivados de la
actividad de exposición y estancia de las reses en la Venta del Batán, durante el
periodo de exposición.
d) Garantizar la presencia institucional del Ayuntamiento de Madrid en la Plaza de
Toros de Las Ventas y en los trabajos de supervisión de la actividad de la escuela.
e) Adoptar las medidas necesarias para incorporar la presencia paritaria de representantes del Ayuntamiento de Madrid en el jurado de los Premios Taurinos de la Feria de San Isidro en la Plaza de Toros de Las Ventas, repartiéndose las distinciones honoríficas a entregar en las diferentes categorías de los premios de forma
paritaria.
Cuarta
Escuela Taurina de Madrid
1. La sede de la Escuela de Tauromaquia de la Comunidad de Madrid “José Cubero
Yiyo”, queda establecida en las instalaciones municipales de la Venta del Batán señaladas
en el Anexo 1 a partir de la fecha de firma del presente convenio.
En el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la firma del presente convenio se suscribirá por ambas partes acta de recepción de las instalaciones reseñadas y de
los bienes muebles que se señalan en el Anexo 2.
2. La regulación del funcionamiento y la financiación de la Escuela de Tauromaquia
de la Comunidad de Madrid “José Cubero Yiyo” se atendrá a lo establecido en el Decreto 226/1995, de 17 de agosto, por el que se establece la dependencia orgánica y se definen
la estructura y las funciones del Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid,
así como en el resto de normas en la materia.
Premios taurinos de la Feria de San Isidro
1. A los efectos de recuperar la indicada presencia institucional del Ayuntamiento en
los premios taurinos en la Feria de San Isidro, la Comunidad de Madrid se compromete a
adoptar las medidas necesarias para incorporar la presencia paritaria de representantes del
Ayuntamiento de Madrid en el jurado de los referidos premios, regulados en el Decreto 53/2016, de 31 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan los Premios Taurinos de la Feria de San Isidro en la Plaza de Toros de Las Ventas repartiéndose las distinciones honoríficas a entregar en las diferentes categorías de los premios de forma paritaria.
BOCM-20211122-22
Quinta