Alcobendas (BOCM-20211027-52)
Organización y funcionamiento. Estructura y nombramiento
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021
t)
BOCM-20211027-52
Incoar, tramitar y formular propuesta de resolución de las reclamaciones patrimoniales por daños o lesiones producidos dentro del ámbito de su delegación.
u) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma.
v) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
w) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en el Departamento o servicio.
x) Resolución de recursos de reposición en el ámbito de la delegación.
8. Concejalía de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio:
Integrada en el Área de Administración, Economía y Hacienda, se atribuye la misma
al concejal, don Rogelio Mallorquín García, quedando adscrita a esta Concejalía la Sociedad Municipal SOGEPIMA.
Se delegan en este concejal todos aquellos gastos de su delegación no sometidos a la
legislación sobre contratación administrativa, y competencia de esta Alcaldía por un importe inferior a 15.000,00 euros, con cargo a las partidas presupuestarias asignadas a su Delegación según clasificación orgánica del Presupuesto en vigor.
Sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, Organismos o servicios municipales, se delegan en esta Concejalía-Delegada, las
competencias que le corresponden en esta materia al alcalde y entre ellas las que se detallan:
Patrimonio:
a) Las competencias que en materia de patrimonio corresponden al alcalde en materia de autorización del inventario y registro de bienes, prerrogativas, gestión y
conservación, disfrute y aprovechamiento de los bienes, sin perjuicio de las competencias delegadas en otras Concejalías. Estas últimas prerrogativas en materia
de gestión del Patrimonio Municipal (excluido Inventario) se llevarán a cabo a través de la Empresa Municipal de gestión del Patrimonio Inmobiliario, conforme a
las fórmulas de encargos de gestión conforme a lo establecido en el artículo 32 de
la Ley de Contratos del Sector Público.
b) Incoar, tramitar y formular propuesta de resolución de las reclamaciones patrimoniales por daños o lesiones producidos dentro del ámbito de su delegación.
c) Tramitar, formular y resolver sobre encargos de gestión mediante la utilización de
medios propios conforme al artículo 32 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector
Público, a las empresas municipales para que realicen obras o asistencias técnicas,
directamente en nombre del Ayuntamiento, en asuntos relacionados con la actividad de esta delegación, incluyendo la autorización y disposición de gastos que correspondan.
d) Reconocimiento de derechos devengados como consecuencia de las actuaciones
en materia de gestión patrimonial delegadas.
e) Dirección e inspección inmediata de la actuación del personal de la Delegación,
sin perjuicio de las competencias delegadas en el concejal-delegado de RRHH y
las que correspondan a la Alcaldía.
f) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma, debiendo dar cuenta a la Junta de Gobierno Local.
g) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
h) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en el Departamento o servicio.
i) Resolución de recursos de reposición en el ámbito de la delegación.
Recursos Humanos:
a) Dirigir y desarrollar una política municipal homogénea en materia de personal
para el Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos, control de la evolución de
los gastos de personal y coordinación de los recursos humanos de los Organismos
Autónomos Municipales.
A tal respecto, y en desarrollo de las potestades de tutela que se reserva el Ayuntamiento de Alcobendas conforme a lo previsto en el artículo 34.3 de los vigentes
Estatutos Patronales, se establecerán por el titular de la presente delegación los
criterios de control específicos sobre la evolución de los gastos de personal y la
gestión de Recursos Humanos del Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos.
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B.O.C.M. Núm. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021
t)
BOCM-20211027-52
Incoar, tramitar y formular propuesta de resolución de las reclamaciones patrimoniales por daños o lesiones producidos dentro del ámbito de su delegación.
u) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma.
v) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
w) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en el Departamento o servicio.
x) Resolución de recursos de reposición en el ámbito de la delegación.
8. Concejalía de Recursos Humanos, Contratación y Patrimonio:
Integrada en el Área de Administración, Economía y Hacienda, se atribuye la misma
al concejal, don Rogelio Mallorquín García, quedando adscrita a esta Concejalía la Sociedad Municipal SOGEPIMA.
Se delegan en este concejal todos aquellos gastos de su delegación no sometidos a la
legislación sobre contratación administrativa, y competencia de esta Alcaldía por un importe inferior a 15.000,00 euros, con cargo a las partidas presupuestarias asignadas a su Delegación según clasificación orgánica del Presupuesto en vigor.
Sin perjuicio de las competencias atribuidas, delegadas o desconcentradas en otros órganos, Organismos o servicios municipales, se delegan en esta Concejalía-Delegada, las
competencias que le corresponden en esta materia al alcalde y entre ellas las que se detallan:
Patrimonio:
a) Las competencias que en materia de patrimonio corresponden al alcalde en materia de autorización del inventario y registro de bienes, prerrogativas, gestión y
conservación, disfrute y aprovechamiento de los bienes, sin perjuicio de las competencias delegadas en otras Concejalías. Estas últimas prerrogativas en materia
de gestión del Patrimonio Municipal (excluido Inventario) se llevarán a cabo a través de la Empresa Municipal de gestión del Patrimonio Inmobiliario, conforme a
las fórmulas de encargos de gestión conforme a lo establecido en el artículo 32 de
la Ley de Contratos del Sector Público.
b) Incoar, tramitar y formular propuesta de resolución de las reclamaciones patrimoniales por daños o lesiones producidos dentro del ámbito de su delegación.
c) Tramitar, formular y resolver sobre encargos de gestión mediante la utilización de
medios propios conforme al artículo 32 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector
Público, a las empresas municipales para que realicen obras o asistencias técnicas,
directamente en nombre del Ayuntamiento, en asuntos relacionados con la actividad de esta delegación, incluyendo la autorización y disposición de gastos que correspondan.
d) Reconocimiento de derechos devengados como consecuencia de las actuaciones
en materia de gestión patrimonial delegadas.
e) Dirección e inspección inmediata de la actuación del personal de la Delegación,
sin perjuicio de las competencias delegadas en el concejal-delegado de RRHH y
las que correspondan a la Alcaldía.
f) La aprobación de las memorias que puedan ser efectuadas por todos los servicios
adscritos a la Delegación y la formulación de la memoria global de la misma, debiendo dar cuenta a la Junta de Gobierno Local.
g) Solicitud de subvenciones a otras Administraciones u organismos públicos.
h) Orden de expedición y visto bueno de certificaciones de los acuerdos de órganos
unipersonales y documentación obrante en el Departamento o servicio.
i) Resolución de recursos de reposición en el ámbito de la delegación.
Recursos Humanos:
a) Dirigir y desarrollar una política municipal homogénea en materia de personal
para el Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos, control de la evolución de
los gastos de personal y coordinación de los recursos humanos de los Organismos
Autónomos Municipales.
A tal respecto, y en desarrollo de las potestades de tutela que se reserva el Ayuntamiento de Alcobendas conforme a lo previsto en el artículo 34.3 de los vigentes
Estatutos Patronales, se establecerán por el titular de la presente delegación los
criterios de control específicos sobre la evolución de los gastos de personal y la
gestión de Recursos Humanos del Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos.
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