C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20211027-22)
Bases ayudas – Orden 1293/2021, de 22 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, de corrección de error material de la Orden 1284/2021, de 20 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para inversiones en el desarrollo y mejora de montes de titularidad privada en la Comunidad de Madrid en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural FEADER, y se aprueba la convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2021-2022
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BOCM
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 256
b) Los criterios de baremación para el tipo de operación 8.5.1. Ayuda para inversiones destinadas a
incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales serán los
siguientes:
Criterio
Inversiones en montes situados en espacios protegidos Red
Las inversiones en los
Natura 2000
terrenos forestales dentro de
Simultaneidad de pertenencia a la Red Natura 2000 con otra
la Red Natura 2000.
figura de protección de carácter estatal o autonómico
Inversiones que supongan una mejora de la masa arbolada,
con tratamientos selvícolas y/o resalveos.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, asignando 0
puntos si la actuación es inferior a 1 ha y valorando a razón de
0,5 punto por hectárea completa
Inversiones en forestaciones o reforestaciones protectoras o
su reposición de marras,
Superficie afectada
Se valorarán hasta un máximo de 7 puntos, asignando 0
puntos si la actuación es inferior a 1 ha y valorando a razón de
0,5 punto por hectárea completa
Inversiones que representen mejora de la red de caminos,
tanto construcción como mejora
Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos, asignando 0
puntos si la actuación es inferior a 1km y valorando a razón de
1 punto por kilómetro completo
Inversiones en montes que alberguen especies incluidas en el
Catálogo Regional de Especias Amenazadas de la Comunidad
de Madrid, con la categoría A "En peligro de extinción" y B
"Sensibles a la alteración de su hábitat", cuando el Área de
Conservación de Flora y Fauna acredite por escrito, en el caso
de aves, la existencia y mantenimiento en el monte objeto de
solicitud de algún nido que haya sido utilizado en el año de la
convocatoria o el anterior, y para las especies que no sean
aves, la presencia en dicho período. Se valorarán hasta un
máximo de 12 puntos, a razón de 5 puntos por nido o
presencia de especies de la categoría A, y 2 puntos para la B
Inversiones que sean mejoras contenidas en proyectos de
ordenación y planes técnicos de gestión o sus revisiones,
aprobados y vigentes
La importancia de la
Las solicitudes que contemplen la redacción de proyectos de
actuación para la promoción ordenación forestal, planes técnicos de gestión, o sus
del desarrollo sostenible de
revisiones, hasta un máximo de 5 puntos a razón de 0,02
los ecosistemas forestales
puntos por hectárea
Actuaciones sobre repoblaciones plantadas hace menos de 25
años, que cumplan los requisitos técnicos de densidad y
sanidad
Inversiones para la creación o mejora de puntos de agua para
la fauna silvestre en tierra impermeabilizada, hasta un máximo
de 1 punto, a razón de 0,05 puntos por metro cúbico
Inversiones que representen la recuperación o mejora de
tapiales de piedra tradicionales, hasta un máximo de 1 punto,
a razón de 0,05 puntos por metro cúbico
Instalación de pasos canadienses, no peligrosos para la fauna,
hasta un máximo de 1 punto, a razón de 0,5 puntos por unidad
Inversiones en las que el solicitante pertenezca a una
asociación de propietarios forestales
Las inversiones en terrenos Inversiones en montes que no hayan recibido subvención en
las dos convocatorias anteriores a la anualidad que se
forestales que no hayan
convoca
recibido subvención en las
dos convocatorias
En el caso de inversiones en montes que hayan recibido
anteriores, y, en caso de que subvención en las dos convocatorias anteriores a la anualidad
la hayan recibido, aquellas,
que se convoca, pero que no se hayan ejecutado totalmente y
que se haya ejecutado
conforme a lo propuesto, disminución de la puntuación: a
totalmente y conforme a lo
razón de 5 puntos por cada 20% de importe subvencionable
propuesto
no ejecutado
Puntuación
máxima
10
5
10
7
3
12
15
5
5
2
2
1
3
20
-25
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MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 256
b) Los criterios de baremación para el tipo de operación 8.5.1. Ayuda para inversiones destinadas a
incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales serán los
siguientes:
Criterio
Inversiones en montes situados en espacios protegidos Red
Las inversiones en los
Natura 2000
terrenos forestales dentro de
Simultaneidad de pertenencia a la Red Natura 2000 con otra
la Red Natura 2000.
figura de protección de carácter estatal o autonómico
Inversiones que supongan una mejora de la masa arbolada,
con tratamientos selvícolas y/o resalveos.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, asignando 0
puntos si la actuación es inferior a 1 ha y valorando a razón de
0,5 punto por hectárea completa
Inversiones en forestaciones o reforestaciones protectoras o
su reposición de marras,
Superficie afectada
Se valorarán hasta un máximo de 7 puntos, asignando 0
puntos si la actuación es inferior a 1 ha y valorando a razón de
0,5 punto por hectárea completa
Inversiones que representen mejora de la red de caminos,
tanto construcción como mejora
Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos, asignando 0
puntos si la actuación es inferior a 1km y valorando a razón de
1 punto por kilómetro completo
Inversiones en montes que alberguen especies incluidas en el
Catálogo Regional de Especias Amenazadas de la Comunidad
de Madrid, con la categoría A "En peligro de extinción" y B
"Sensibles a la alteración de su hábitat", cuando el Área de
Conservación de Flora y Fauna acredite por escrito, en el caso
de aves, la existencia y mantenimiento en el monte objeto de
solicitud de algún nido que haya sido utilizado en el año de la
convocatoria o el anterior, y para las especies que no sean
aves, la presencia en dicho período. Se valorarán hasta un
máximo de 12 puntos, a razón de 5 puntos por nido o
presencia de especies de la categoría A, y 2 puntos para la B
Inversiones que sean mejoras contenidas en proyectos de
ordenación y planes técnicos de gestión o sus revisiones,
aprobados y vigentes
La importancia de la
Las solicitudes que contemplen la redacción de proyectos de
actuación para la promoción ordenación forestal, planes técnicos de gestión, o sus
del desarrollo sostenible de
revisiones, hasta un máximo de 5 puntos a razón de 0,02
los ecosistemas forestales
puntos por hectárea
Actuaciones sobre repoblaciones plantadas hace menos de 25
años, que cumplan los requisitos técnicos de densidad y
sanidad
Inversiones para la creación o mejora de puntos de agua para
la fauna silvestre en tierra impermeabilizada, hasta un máximo
de 1 punto, a razón de 0,05 puntos por metro cúbico
Inversiones que representen la recuperación o mejora de
tapiales de piedra tradicionales, hasta un máximo de 1 punto,
a razón de 0,05 puntos por metro cúbico
Instalación de pasos canadienses, no peligrosos para la fauna,
hasta un máximo de 1 punto, a razón de 0,5 puntos por unidad
Inversiones en las que el solicitante pertenezca a una
asociación de propietarios forestales
Las inversiones en terrenos Inversiones en montes que no hayan recibido subvención en
las dos convocatorias anteriores a la anualidad que se
forestales que no hayan
convoca
recibido subvención en las
dos convocatorias
En el caso de inversiones en montes que hayan recibido
anteriores, y, en caso de que subvención en las dos convocatorias anteriores a la anualidad
la hayan recibido, aquellas,
que se convoca, pero que no se hayan ejecutado totalmente y
que se haya ejecutado
conforme a lo propuesto, disminución de la puntuación: a
totalmente y conforme a lo
razón de 5 puntos por cada 20% de importe subvencionable
propuesto
no ejecutado
Puntuación
máxima
10
5
10
7
3
12
15
5
5
2
2
1
3
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