C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20211027-21)
Bases ayudas – Orden 1284/2021, de 20 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para inversiones en el desarrollo y mejora de montes de titularidad privada en la Comunidad de Madrid en el Marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020 financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural FEADER y se aprueba la convocatoria de estas ayudas para el ejercicio 2021-2022
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BOCM
Pág. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 256
el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, respectivamente.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Supletoriedad
Todo lo no dispuesto en la presente Orden se regirá por lo establecido en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y sus desarrollos reglamentarios y normativa comunitaria de
aplicación que corresponda.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación
Se habilita al titular de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales
para adoptar medidas necesarias para interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de la
aplicación de esta Orden, procediendo, si es necesario, a dictar instrucciones para su cumplimiento y correcta justificación de los fondos recibidos.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor de las bases reguladoras
El Capítulo II de la presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
DISPOSICIÓN FINAL CUARTA
Efectos de la convocatoria de ayudas de 2021-2022
La convocatoria para el ejercicio 2021-2022, aprobada en el Capítulo III de la presente Orden, producirá efectos al día siguiente de la publicación de su extracto, por conducto
de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID. El texto íntegro de dicha convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de
Publicidad de Subvenciones.
Madrid, a 20 de octubre de 2021.
BOCM-20211027-21
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
Pág. 112
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 256
el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, respectivamente.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Supletoriedad
Todo lo no dispuesto en la presente Orden se regirá por lo establecido en la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y sus desarrollos reglamentarios y normativa comunitaria de
aplicación que corresponda.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación
Se habilita al titular de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales
para adoptar medidas necesarias para interpretar y resolver cuantas cuestiones surjan de la
aplicación de esta Orden, procediendo, si es necesario, a dictar instrucciones para su cumplimiento y correcta justificación de los fondos recibidos.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor de las bases reguladoras
El Capítulo II de la presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
DISPOSICIÓN FINAL CUARTA
Efectos de la convocatoria de ayudas de 2021-2022
La convocatoria para el ejercicio 2021-2022, aprobada en el Capítulo III de la presente Orden, producirá efectos al día siguiente de la publicación de su extracto, por conducto
de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID. El texto íntegro de dicha convocatoria se publicará en el Sistema Nacional de
Publicidad de Subvenciones.
Madrid, a 20 de octubre de 2021.
BOCM-20211027-21
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN