D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211025-24)
Convenio – Convenio de 27 de septiembre de 2021, específico entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (AECOM) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 254
• Temática: Se prestará especial atención a los trabajos realizados sobre escalera
de mano y aquellos realizados en cubiertas. Se analizarán los riesgos derivados
de las siguientes condiciones de trabajo:
Uso de Medios auxiliares: Andamios/ Escaleras de mano/Torres de trabajo/ Pasarelas.
Trabajos en proximidad a huecos verticales y horizontales: En forjado/ En cubierta/ Interiores/Exteriores.
• Material de apoyo a emplear: Para la realización de esta actuación se utilizará
una lista de comprobación para cada centro de trabajo, que incluirá todos los
ítems considerados como obligatorios en la normativa aplicable, en cuanto a la
existencia de riesgo de caída a distinto nivel (Real Decreto 2177/2004 de 12 de
noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio,
por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la
utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura, Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que
se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción, etc.).
El técnico durante la visita utilizará una toma de datos o lista de comprobación,
en la que chequeará los ítems de cada apartado, señalando como “cumplimiento” aquellos aspectos en los que el riesgo de caída a distinto nivel esté controlado, pero también tomando nota de todos aquellos ítems marcados como “incumplimiento”.
• Identificación de los sectores/ramas de actividad destinatarios: Construcción
— Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Con posterioridad a la vista al
centro de trabajo, con los datos recogidos en la lista de comprobación, se elaborará un informe específico que será remitido preferentemente por correo electrónico, y si no se dispusiera del mismo, por correo certificado (independientemente de
la ubicación del domicilio social de la empresa) tanto a la empresa o autónomo
asesorados como al contratista principal, en caso de no ser el mismo, que incluirá: las condiciones de seguridad correctas que deben mantenerse, las deficiencias
detectadas, las mejoras que se pueden realizar, y las medidas de corrección específicas a adoptar de forma que no haya duda sobre la solución propuesta. En caso
necesario, se recomendará que la empresa acuda a su modalidad preventiva. Se indicará en el informe que tienen carácter de recomendación y que no constituye el
conjunto de obligaciones establecidas para la empresa, en la Ley 31/1995 de 8 de
noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa que la desarrolla.
2. Denominación del tipo: Actuaciones específicas sobre medidas de protección
frente al riesgo de COVID-19 en obras de construcción.
— Número total de centros de trabajo/obras de construcción: 400.
— Número total de asesoramientos: 400 en centros de trabajo.
— Contenido de la visita:
• Objetivo: Actuación específica destinada al asesoramiento e información sobre
la adecuación de las medidas de actuación adoptadas por la empresa para minimizar el riesgo de exposición de los trabajadores al COVID-19 en los centros
de trabajo de construcción, dada la situación de alarma sanitaria provocada por
la situación sanitaria como consecuencia del COVID-19 originada por coronavirus.
• Temática: Valorar las medidas de protección, de distanciamiento e higiénicas
establecidas en los centros de trabajo objeto de asesoramiento.
• Material de apoyo a emplear: Lista de comprobación en la que se evaluará, a
través una serie ítems, el cumplimiento en relación a las medidas preventivas
específicas, las medidas organizativas y las medidas higiénicas adoptadas en el
centro de trabajo para minimizar el riesgo de contagio de los trabajadores frente a COVID-19 en las obras de construcción. Para establecer estos ítems, se utilizaran como referencia los documentos publicados y difundidos por fuentes
oficiales.
• Identificación de los sectores/ramas de actividad destinatarios: Construcción
• Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Con los datos recogidos en
la lista de comprobación, se elaborará un informe específico que será remitido
preferentemente por correo electrónico, y si no se dispusiera del mismo, por co-
BOCM-20211025-24
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 254
• Temática: Se prestará especial atención a los trabajos realizados sobre escalera
de mano y aquellos realizados en cubiertas. Se analizarán los riesgos derivados
de las siguientes condiciones de trabajo:
Uso de Medios auxiliares: Andamios/ Escaleras de mano/Torres de trabajo/ Pasarelas.
Trabajos en proximidad a huecos verticales y horizontales: En forjado/ En cubierta/ Interiores/Exteriores.
• Material de apoyo a emplear: Para la realización de esta actuación se utilizará
una lista de comprobación para cada centro de trabajo, que incluirá todos los
ítems considerados como obligatorios en la normativa aplicable, en cuanto a la
existencia de riesgo de caída a distinto nivel (Real Decreto 2177/2004 de 12 de
noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio,
por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la
utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura, Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que
se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción, etc.).
El técnico durante la visita utilizará una toma de datos o lista de comprobación,
en la que chequeará los ítems de cada apartado, señalando como “cumplimiento” aquellos aspectos en los que el riesgo de caída a distinto nivel esté controlado, pero también tomando nota de todos aquellos ítems marcados como “incumplimiento”.
• Identificación de los sectores/ramas de actividad destinatarios: Construcción
— Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Con posterioridad a la vista al
centro de trabajo, con los datos recogidos en la lista de comprobación, se elaborará un informe específico que será remitido preferentemente por correo electrónico, y si no se dispusiera del mismo, por correo certificado (independientemente de
la ubicación del domicilio social de la empresa) tanto a la empresa o autónomo
asesorados como al contratista principal, en caso de no ser el mismo, que incluirá: las condiciones de seguridad correctas que deben mantenerse, las deficiencias
detectadas, las mejoras que se pueden realizar, y las medidas de corrección específicas a adoptar de forma que no haya duda sobre la solución propuesta. En caso
necesario, se recomendará que la empresa acuda a su modalidad preventiva. Se indicará en el informe que tienen carácter de recomendación y que no constituye el
conjunto de obligaciones establecidas para la empresa, en la Ley 31/1995 de 8 de
noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa que la desarrolla.
2. Denominación del tipo: Actuaciones específicas sobre medidas de protección
frente al riesgo de COVID-19 en obras de construcción.
— Número total de centros de trabajo/obras de construcción: 400.
— Número total de asesoramientos: 400 en centros de trabajo.
— Contenido de la visita:
• Objetivo: Actuación específica destinada al asesoramiento e información sobre
la adecuación de las medidas de actuación adoptadas por la empresa para minimizar el riesgo de exposición de los trabajadores al COVID-19 en los centros
de trabajo de construcción, dada la situación de alarma sanitaria provocada por
la situación sanitaria como consecuencia del COVID-19 originada por coronavirus.
• Temática: Valorar las medidas de protección, de distanciamiento e higiénicas
establecidas en los centros de trabajo objeto de asesoramiento.
• Material de apoyo a emplear: Lista de comprobación en la que se evaluará, a
través una serie ítems, el cumplimiento en relación a las medidas preventivas
específicas, las medidas organizativas y las medidas higiénicas adoptadas en el
centro de trabajo para minimizar el riesgo de contagio de los trabajadores frente a COVID-19 en las obras de construcción. Para establecer estos ítems, se utilizaran como referencia los documentos publicados y difundidos por fuentes
oficiales.
• Identificación de los sectores/ramas de actividad destinatarios: Construcción
• Trabajos posteriores a la acción de asesoramiento: Con los datos recogidos en
la lista de comprobación, se elaborará un informe específico que será remitido
preferentemente por correo electrónico, y si no se dispusiera del mismo, por co-
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