D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - O. A. CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES PÚBLICOS REGULARES DE MADRID (BOCM-20211022-53)
Convenio –  Convenio de colaboración de 6 de octubre de 2021, entre el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid y la Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S. A., para la realización de una prueba piloto de la utilización gratuita por usuarios del transporte público de tres aparcamientos públicos de intercambio modal en el municipio de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 252

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021

Pág. 287

EMT gestiona los tres aparcamientos mencionados en base a los siguientes instrumentos jurídicos:
— En el caso del Aparcamiento Estadio Wanda Metropolitano, se le encarga la gestión directa del aparcamiento mediante Acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid, en su sesión de 21 de diciembre de 2017, que aprobó la forma
de gestión directa por la EMT, del servicio público de aparcamiento en los aparcamientos ES-02d (Oeste), ES-02c (Este) y ES-02b (Sur), situados en el entorno del
estadio “Wanda Metropolitano”, destinándolos al servicio público de estacionamiento rotacional en régimen disuasorio, de forma compatible con el fin dotacional vinculado al uso deportivo y a otros usos del Estadio Metropolitano.
— En el caso del Aparcamiento de la Avenida de Portugal, mediante Acuerdo adoptado
por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 28 de mayo de 2010, aprueba la
gestión directa por Madrid Movilidad del servicio público de Gestión y Adecuación
del Aparcamiento Municipal de Uso Mixto de Avenida de Portugal. La gestión de
dicho aparcamiento es asumida posteriormente por EMT, al producirse la absorción
de la empresa Madrid Movilidad por la EMT, tras erigirse esta última como heredera universal de los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.
— Respecto del Aparcamiento de Nuestra Señora del Recuerdo, Madrid Movilidad,
y posteriormente EMT, en virtud de lo expuesto en el párrafo anterior, gestiona y
se encarga de la explotación del mencionado aparcamiento en virtud del contrato
de arrendamiento suscrito con fecha 15 de junio de 2007, y que se encuentra actualmente en vigor.
VI. En consecuencia, el CRTM y la EMT acuerdan colaborar para realizar la citada
prueba de uso real de los citados aparcamientos estableciendo los términos económicos y
de financiación de esta experiencia piloto en el municipio de Madrid, de modo tal que sirva para el CRTM para detectar las necesidades tecnológicas reales y poder así definir de
manera adecuada los requisitos y condiciones de los aparcamientos que formaran parte de
la futura Red de Aparcamientos de intercambio modal del municipio de Madrid, garantizándose así la puesta en funcionamiento de la Red en condiciones óptimas.
En virtud de lo anterior, las partes, reconociéndose mutuo interés y recíprocamente la
capacidad legal necesaria y suficiente, acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
El objeto del presente Convenio es la realización de un proyecto piloto en el municipio de Madrid en diferentes aparcamientos gestionados por EMT que por su ubicación son
propicios para ser incluidos en este proyecto.
Los aparcamientos actualmente en funcionamiento a incluir en este piloto son los siguientes:
— Aparcamiento de Estadio Wanda Metropolitano, situado en Avenida Arcentales,
número 39, y Avenida Luis Aragonés, número 4, exterior en superficie, con una
dotación total de 3069 plazas.
— Aparcamiento de Avenida de Portugal, situado en la Avenida de Portugal, número 155, con un total de 428 plazas.
— Aparcamiento Nuestra Señora del Recuerdo, situado en la calle Hiedra, número 16, con un total de 848 plazas.
El objetivo del piloto es verificar que la condiciones de utilización y control establecidas en este convenio podrán ser trasladables como condiciones definitivas en la normativa
que regule de manera definitiva la Red de aparcamientos disuasorios de la Comunidad de
Madrid; por ello, es objeto de este convenio la colaboración entre EMT y el CRTM con el
fin de establecer las condiciones de financiación y uso del aparcamiento de manera gratuita por usuarios de transporte público colectivo, los requisitos tecnológicos exigidos en el
aparcamiento para ello y la imagen de marca asociada.
Además, se podrá testar el grado de atracción a los usuarios del transporte público colectivo ante la gratuidad de tres aparcamientos de intercambio modal.

BOCM-20211022-53

Objeto del convenio