C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211022-31)
Convenio –  Convenio de 30 de septiembre de 2021, entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 252

2. Todo ello sin perjuicio de la necesidad del cumplimiento de la obligación, por parte de la Comunidad Autónoma, de que su aportación sea al menos igual a la realizada por la
Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo y del nivel acordado de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (en adelante, SAAD) en el territorio de aquella, de conformidad con lo previsto en el artículo 32.3 de
la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
3. Dichas aportaciones se realizarán según los términos y condiciones que se regulan en las cláusulas siguientes.
Tercera
Servicios y prestaciones del SAAD
1. La provisión de los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y
Atención a la Dependencia gestionados por la Comunidad de Madrid se ajustará a los acuerdos adoptados, a la fecha de la firma del presente convenio, por el Consejo Territorial y, en
particular, a lo establecido en el “Acuerdo para la Puesta en Marcha del Plan de Choque
para el Impulso del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia”, aprobado
por Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía
y Atención a la Dependencia (SAAD) en fecha de 15 de enero de 2021.
2. Con cargo al presente convenio, podrán ser financiadas las prestaciones y servicios
recogidos en el capítulo II del título I de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, para hacer frente a la cobertura de las necesidades de atención de las personas en situación de dependencia.
3. Las cantidades a que se refiere la cláusula segunda, relativas a la aportación de la
Administración General del Estado para la financiación del nivel acordado, podrán también
destinarse a contribuir a la financiación de los gastos derivados del proceso de valoración
de la situación de dependencia, así como de los derivados de la gestión y sistemas para el
reconocimiento y provisión de las prestaciones de dependencia.
4. De conformidad con lo establecido en la disposición adicional tercera de la
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, también se podrán financiar con cargo a los créditos a que
se refiere la cláusula segunda, en lo relativo a la aportación de la Comunidad Autónoma a
la financiación del nivel acordado, ayudas económicas a las personas en situación de dependencia para facilitar su autonomía personal.
Cuarta
Objetivos a cumplir por la Comunidad de Madrid
1. En cumplimiento de lo recogido en el “Acuerdo para la Puesta en Marcha del Plan
de Choque para el Impulso del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia”,
adoptado en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía
y Atención a la Dependencia, los convenios de desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa recogerán los objetivos, medios y recursos para la mejora de los servicios y
prestaciones del Sistema, así como los indicadores que resulten necesarios que permitan verificar su cumplimiento.
2. En el Anexo I del presente convenio se recogen los objetivos y las actuaciones que
componen el compromiso de la Comunidad de Madrid para el año 2021, así como los indicadores de verificación del cumplimiento de los mismos.
3. El grado de cumplimiento de los citados objetivos, podrá constituir un criterio de
reparto de la asignación relativa al nivel acordado correspondiente al ejercicio 2022, de
acuerdo con las previsiones al respecto del Marco de Cooperación Interadministrativa que
sea aprobado en dicho ejercicio y previo acuerdo del Consejo Territorial.

Pago de las aportaciones de la Administración General del Estado correspondientes
al nivel acordado de financiación del SAAD
El pago de las aportaciones que corresponden a la Administración General del Estado, con
el objeto de financiar la aplicación y desarrollo del nivel acordado en la Comunidad de Madrid
correspondiente al año 2021, se llevará a cabo a la firma del presente convenio, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero de la regla quinta del artículo 86.2 de la Ley General Presupuestaria.

BOCM-20211022-31

Quinta