C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211022-31)
Convenio – Convenio de 30 de septiembre de 2021, entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 199
par en la financiación del nivel acordado mediante la celebración de convenios con las
Administraciones de las comunidades autónomas.
Asimismo, dicha Ley 11/2020, de 30 de diciembre, establece las cantidades que la
Administración General del Estado aporta para la financiación del nivel mínimo de protección en el ejercicio de 2021.
Que, por su parte, la Comunidad de Madrid, ha dispuesto, en sus presupuestos correspondientes al año 2021, créditos para la atención a las personas en situación de dependencia en aplicación de lo previsto en el artículo 32 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
Por todo ello, las partes acuerdan libremente suscribir el presente convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio desarrolla el Marco de Cooperación Interadministrativa aprobado
por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención
a la Dependencia en fecha 30 de abril de 2021, con la finalidad de acordar los objetivos, medios y recursos para la aplicación de los servicios y prestaciones previstos en el capítulo II
del título I de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal
y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
El objeto del convenio es, por tanto, determinar las obligaciones asumidas por cada
una de las partes intervinientes para la financiación del nivel de protección acordado previsto en el artículo 7.2.o de la citada Ley.
Asimismo, el presente Convenio tiene por objeto financiar, mediante el establecimiento
de una cantidad específica para esta finalidad, los gastos de inversión y funcionamiento del
Sistema, singularmente los dirigidos a la implementación de las medidas contenidas en el
Plan de choque acordado por el Consejo Territorial del SAAD: disminución de lista de espera y mejora de la agilidad administrativa; mejora de la calidad de los servicios y de las condiciones laborales de las personas que trabajan en el SAAD y mejora de las intensidades de
los servicios y prestaciones.
Segunda
1. La Administración General del Estado, de conformidad con el Acuerdo del Consejo
Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de fecha 30 de abril, por el que se aprueba el Marco de Cooperación Interadministrativa y
los criterios de reparto de los créditos de la Administración General del Estado para la financiación del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, colaborará con la
Comunidad de Madrid mediante la participación en la financiación de la aplicación y desarrollo del nivel acordado del SAAD en esta Comunidad.
La Administración General del Estado, a través del IMSERSO, aportará treinta y cuatro millones setecientos cuarenta y tres mil quinientos cuarenta euros con cuarenta y un
céntimos (34.743.540,41 euros) con cargo a la aplicación económica 31.34.451.2, de conformidad con los criterios de reparto (población potencialmente dependiente, resoluciones
de grado y nivel, personas beneficiarias con prestación, prestaciones de servicio efectivas,
inversión autonómica en el SAAD, empleo relacionado con el SAAD, superficie, dispersión, insularidad, coste de los servicios, capacidad económica, agilidad administrativa,
personas pendientes de resolución y reducción de la lista de espera) recogidos en el citado Marco de Cooperación Interadministrativa.
La Comunidad de Madrid aportará, para la financiación del presente convenio, con cargo a sus propios presupuestos, la cantidad total de treinta y cuatro millones setecientos cuarenta y tres mil quinientos cuarenta euros con cuarenta y un céntimos (34.743.540,41 euros),
con cargo a las aplicaciones: 231A “Atención social especializada a personas con enfermedad mental”; 231F “Atención especializada a personas con discapacidad”; 231D “Atención a
personas mayores”; 231I “Coordinación de la Dependencia”; 239N “Dirección y coordinación del Servicio Regional de Bienestar social”; 231H “Atención a personas mayores en residencias y centros de día”; 231J “Atención a personas con discapacidad psíquica en centros”.
BOCM-20211022-31
Desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa: objetivos, medios y recursos
B.O.C.M. Núm. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 199
par en la financiación del nivel acordado mediante la celebración de convenios con las
Administraciones de las comunidades autónomas.
Asimismo, dicha Ley 11/2020, de 30 de diciembre, establece las cantidades que la
Administración General del Estado aporta para la financiación del nivel mínimo de protección en el ejercicio de 2021.
Que, por su parte, la Comunidad de Madrid, ha dispuesto, en sus presupuestos correspondientes al año 2021, créditos para la atención a las personas en situación de dependencia en aplicación de lo previsto en el artículo 32 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
Por todo ello, las partes acuerdan libremente suscribir el presente convenio de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio desarrolla el Marco de Cooperación Interadministrativa aprobado
por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención
a la Dependencia en fecha 30 de abril de 2021, con la finalidad de acordar los objetivos, medios y recursos para la aplicación de los servicios y prestaciones previstos en el capítulo II
del título I de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal
y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
El objeto del convenio es, por tanto, determinar las obligaciones asumidas por cada
una de las partes intervinientes para la financiación del nivel de protección acordado previsto en el artículo 7.2.o de la citada Ley.
Asimismo, el presente Convenio tiene por objeto financiar, mediante el establecimiento
de una cantidad específica para esta finalidad, los gastos de inversión y funcionamiento del
Sistema, singularmente los dirigidos a la implementación de las medidas contenidas en el
Plan de choque acordado por el Consejo Territorial del SAAD: disminución de lista de espera y mejora de la agilidad administrativa; mejora de la calidad de los servicios y de las condiciones laborales de las personas que trabajan en el SAAD y mejora de las intensidades de
los servicios y prestaciones.
Segunda
1. La Administración General del Estado, de conformidad con el Acuerdo del Consejo
Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de fecha 30 de abril, por el que se aprueba el Marco de Cooperación Interadministrativa y
los criterios de reparto de los créditos de la Administración General del Estado para la financiación del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, colaborará con la
Comunidad de Madrid mediante la participación en la financiación de la aplicación y desarrollo del nivel acordado del SAAD en esta Comunidad.
La Administración General del Estado, a través del IMSERSO, aportará treinta y cuatro millones setecientos cuarenta y tres mil quinientos cuarenta euros con cuarenta y un
céntimos (34.743.540,41 euros) con cargo a la aplicación económica 31.34.451.2, de conformidad con los criterios de reparto (población potencialmente dependiente, resoluciones
de grado y nivel, personas beneficiarias con prestación, prestaciones de servicio efectivas,
inversión autonómica en el SAAD, empleo relacionado con el SAAD, superficie, dispersión, insularidad, coste de los servicios, capacidad económica, agilidad administrativa,
personas pendientes de resolución y reducción de la lista de espera) recogidos en el citado Marco de Cooperación Interadministrativa.
La Comunidad de Madrid aportará, para la financiación del presente convenio, con cargo a sus propios presupuestos, la cantidad total de treinta y cuatro millones setecientos cuarenta y tres mil quinientos cuarenta euros con cuarenta y un céntimos (34.743.540,41 euros),
con cargo a las aplicaciones: 231A “Atención social especializada a personas con enfermedad mental”; 231F “Atención especializada a personas con discapacidad”; 231D “Atención a
personas mayores”; 231I “Coordinación de la Dependencia”; 239N “Dirección y coordinación del Servicio Regional de Bienestar social”; 231H “Atención a personas mayores en residencias y centros de día”; 231J “Atención a personas con discapacidad psíquica en centros”.
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Desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa: objetivos, medios y recursos