C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211022-31)
Convenio – Convenio de 30 de septiembre de 2021, entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid, para el desarrollo del marco de cooperación interadministrativa previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y para el establecimiento y financiación del nivel de protección acordado para el ejercicio 2021
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BOCM
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 252
atención y cuidado de las personas mayores y personas con discapacidad en situación de dependencia y ha creado recursos e infraestructuras para ello en colaboración con la Administración General del Estado, con el fin de mejorar la atención de las personas que precisan del
apoyo de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la
vida diaria y mantener un determinado nivel de calidad de vida.
III
Que la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a las Personas en Situación de Dependencia, al configurar el Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) establece tres niveles de protección, correspondiendo la financiación del nivel mínimo a la Administración General del Estado, y
la financiación del nivel acordado a la Administración General del Estado y a la Administración de cada una de las comunidades autónomas, a través de los convenios a que se refiere el artículo 10 de dicha Ley.
De esta forma, los citados convenios se configuran como el instrumento a través del
cual las Administraciones Públicas intervinientes acuerdan los objetivos, medios y recursos en desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa acordado en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD.
IV
Que el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) aprobó, en fecha de 15 de enero de 2021, el “Acuerdo para la
Puesta en Marcha del Plan de Choque para el Impulso del Sistema para la Autonomía y la
Atención a la Dependencia”. En dicho Acuerdo se dispone que, para hacer efectiva la entrega de la financiación asociada al nivel acordado de protección, considerando los criterios establecidos para su reparto, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 iniciará de inmediato los trámites para formalizar el oportuno Marco de Cooperación Interadministrativa y
los convenios a suscribir entre cada comunidad autónoma y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, recogidos en el artículo 10 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
En tales convenios se incluirá la concreción para cada comunidad autónoma de los objetivos, medios y recursos para la mejora de los servicios y prestaciones del sistema, en línea con los descritos en el citado “Acuerdo para la Puesta en Marcha del Plan de Choque”,
así como indicadores que permitan verificar su cumplimiento. A los criterios de reparto del
Nivel Acordado que corresponda a 2022 se podrán añadir nuevos criterios referidos al grado de cumplimiento de los objetivos señalados en dichos convenios en el año anterior.
V
Que el Consejo de Ministros de fecha de 30 de marzo de 2021 autorizó la propuesta de
distribución territorial entre las comunidades autónomas y los criterios de reparto de los
créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2021 del nivel acordado, para su posterior aprobación en Consejo Territorial, en cumplimiento de lo
previsto en el artículo 86.2. Segunda de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Que posteriormente el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia, en el uso de las funciones que le atribuye el artículo 8.2.a) de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, ha acordado, en su reunión del día 30
de abril de 2021, el Marco de Cooperación Interadministrativa que es necesario desarrollar
a través de los correspondientes convenios con las comunidades autónomas, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 10 de dicha Ley.
El desarrollo del citado Marco comporta la concreción de las obligaciones asumidas
por la Administración General del Estado y por la Administración de las comunidades autónomas, para la financiación de las prestaciones y servicios del Sistema, a cuyo efecto los
convenios deben incorporar diferentes criterios de reparto en función de diferentes factores
(tales como la población dependiente, la dispersión geográfica o la insularidad, entre otros),
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.3 de la citada Ley.
VI
Que la Administración General del Estado ha incluido en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, los créditos para partici-
BOCM-20211022-31
Pág. 198
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 252
atención y cuidado de las personas mayores y personas con discapacidad en situación de dependencia y ha creado recursos e infraestructuras para ello en colaboración con la Administración General del Estado, con el fin de mejorar la atención de las personas que precisan del
apoyo de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la
vida diaria y mantener un determinado nivel de calidad de vida.
III
Que la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a las Personas en Situación de Dependencia, al configurar el Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) establece tres niveles de protección, correspondiendo la financiación del nivel mínimo a la Administración General del Estado, y
la financiación del nivel acordado a la Administración General del Estado y a la Administración de cada una de las comunidades autónomas, a través de los convenios a que se refiere el artículo 10 de dicha Ley.
De esta forma, los citados convenios se configuran como el instrumento a través del
cual las Administraciones Públicas intervinientes acuerdan los objetivos, medios y recursos en desarrollo del Marco de Cooperación Interadministrativa acordado en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD.
IV
Que el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) aprobó, en fecha de 15 de enero de 2021, el “Acuerdo para la
Puesta en Marcha del Plan de Choque para el Impulso del Sistema para la Autonomía y la
Atención a la Dependencia”. En dicho Acuerdo se dispone que, para hacer efectiva la entrega de la financiación asociada al nivel acordado de protección, considerando los criterios establecidos para su reparto, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 iniciará de inmediato los trámites para formalizar el oportuno Marco de Cooperación Interadministrativa y
los convenios a suscribir entre cada comunidad autónoma y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, recogidos en el artículo 10 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
En tales convenios se incluirá la concreción para cada comunidad autónoma de los objetivos, medios y recursos para la mejora de los servicios y prestaciones del sistema, en línea con los descritos en el citado “Acuerdo para la Puesta en Marcha del Plan de Choque”,
así como indicadores que permitan verificar su cumplimiento. A los criterios de reparto del
Nivel Acordado que corresponda a 2022 se podrán añadir nuevos criterios referidos al grado de cumplimiento de los objetivos señalados en dichos convenios en el año anterior.
V
Que el Consejo de Ministros de fecha de 30 de marzo de 2021 autorizó la propuesta de
distribución territorial entre las comunidades autónomas y los criterios de reparto de los
créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2021 del nivel acordado, para su posterior aprobación en Consejo Territorial, en cumplimiento de lo
previsto en el artículo 86.2. Segunda de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Que posteriormente el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la
Autonomía y Atención a la Dependencia, en el uso de las funciones que le atribuye el artículo 8.2.a) de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, ha acordado, en su reunión del día 30
de abril de 2021, el Marco de Cooperación Interadministrativa que es necesario desarrollar
a través de los correspondientes convenios con las comunidades autónomas, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 10 de dicha Ley.
El desarrollo del citado Marco comporta la concreción de las obligaciones asumidas
por la Administración General del Estado y por la Administración de las comunidades autónomas, para la financiación de las prestaciones y servicios del Sistema, a cuyo efecto los
convenios deben incorporar diferentes criterios de reparto en función de diferentes factores
(tales como la población dependiente, la dispersión geográfica o la insularidad, entre otros),
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.3 de la citada Ley.
VI
Que la Administración General del Estado ha incluido en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, los créditos para partici-
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