Madrid (BOCM-20211022-66)
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BOCM

VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 252

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los preceptos anteriormente citados, en virtud de la competencia delegada por la Junta de Gobierno mediante el apartado 12.o.1.3.d) del Acuerdo de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área
de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (“Boletín Oficial del Ayuntamiento de
Madrid” de 8 de julio de 2019, modificado por Acuerdo de la junta de Gobierno en su sesión de 12 de noviembre de 2020).
RESUELVO
Primero.—Conceder permiso extraordinario de acceso a la ZBEDEP Distrito Centro,
en la franja horaria comprendida entre las 23:00 horas y las 7:00 horas, con una validez
anual a los vehículos industriales de empresas y profesionales para realizar labores de distribución de mercancías en las calles y áreas peatonales, siempre y cuando cumplan las condiciones previstas en el apartado 12 del Anexo III de la OMS para obtener los correspondientes permisos de acceso.
Las calles y áreas peatonales a las que se hace alusión en el párrafo anterior son:
— Calle Salud.
— Calle Montera.
— Plaza Ramales.
— Red de San Luis.
— Calle Preciados.
— Plaza Santo Domingo.
— Calle Arenal.
— Calle Tetuán.
— Plaza Isabel II.
— Plaza Callao.
— Calle Conchas.
— Calle Navas de Tolosa.
— Plaza de la Puerta del Sol.
— Calle del Carmen.
— Calle Fuencarral.
— Calle de Postas.
— Calle de San Cristóbal.
— Calle de Ciudad Rodrigo.
— Calle Gerona.
— Plaza de la Provincia.
— Calle Zaragoza.
— Calle Fresa.
— Plaza de Santa Cruz.
— Calle Marques Viudo de Pontejos.
— Calle San Ricardo.
— Calle del Correo.
— Calle de la Paz.
— Calle de la Bolsa.
— Calle Carretas.
— Calle Barcelona.
— Calle Cádiz.
— Calle de Espoz y Mina.
— Pasaje de Matheu.
— Calle de la Victoria.
— Calle del Pozo.
— Carrera de San Jerónimo (de Puerta del Sol a Plaza de Canalejas).
— Calle de Alcalá (de Puerta del Sol a calle Sevilla).
En cualquier caso el horario para realizar operaciones de carga y descarga en estas calles
y áreas peatonales será el que establezca la señalización de la reserva.
Para la acreditación de la realización de labores de distribución de mercancías en las
zonas definidas será necesario que la empresa o profesional interesados:

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