D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211021-35)
Convenio –  Convenio específico de 27 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM

JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021

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trabajadores por exposición a taladrinas o fluidos de corte en los centros de trabajo del
sector metal.
Para ello se elaborará de un cuestionario check list para la recogida de datos sobre
el uso de taladrinas y aceites de corte en las empresas. Este cuestionario se
cumplimentará para poder identificar y establecer las medidas preventivas necesarias
para actuar sobre el riesgo; igualmente se recogerán las fichas de seguridad de las
taladrinas y fluidos que emplee la empresa.
Se realizará un análisis in situ a una muestra de 50 centros de trabajo. El técnico
efectuará una primera toma de contacto para la cumplimentación del cuestionario descrito
y la recopilación de los datos adicionales sobre el proceso productivo, mediciones
higiénicas anteriores e incidencias de enfermedades profesionales en la empresa. Este
análisis documental se complementará con la realización de mediciones higiénicas de
aquellos componentes de los aceites de corte y taladrinas en una localización establecida
por el higienista y siguiendo la metodología de la norma EN 689. Los componentes a
valorar por su peligrosidad y habitualidad n la composición de estos productos serán
nieblas de aceite o taladrinas, metales, benzopireno y N-nitrosaminas.
Se valorarán igualmente los riesgos de exposición agentes biológicos que pueden
aparecer en las taladrinas.
Se realizarán mediciones de nieblas de aceites de corte/taladrinas en una localización
establecida por el higienista. Esta localización es la más desfavorable, siguiéndose para
efectuar la medición las indicaciones de la norma UNE En 689.
Para que empresas y trabajadores tengan presente la importancia de estas
mediciones y recomendaciones preventivas, se elaborará un cartel divulgativo del que se
editarán y distribuirán 50 unidades entre las empresas del Sector Metal. El excedente de
carteles no entregados en las visitas se distribuirá entre empresas del sector.
Además de las visitas y de la entrega de material, se elaborará un informe global de
actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para los ítems considerados como más
relevantes en la lista de chequeo.
De forma general se establecen los siguientes límites:
ƒ
Nº máximo de asesoramientos centro de trabajo: 1
ƒ
Nº mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 50.
ƒ
Número total de asesoramientos: 50.
ƒ
Contenido de la visita:
x
Material de apoyo a emplear:
o Cartel ilustrativo
o Material impreso (Guías aplicables)
x
Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin trabajadores: 0%
ƒ
Personal para la realización de la ctividad: Recursos ajenos a AECIM.
D) Asistencia técnica para la mejora de los riesgos derivados de la exposición a
vibraciones mecánicas en centros de trabajo en el sector metal
El Real Decreto 1311/2005 establece las medidas necesarias para la protección de
la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan
derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas y el RD 1644/2008 establece la
obligatoriedad que tienen los fabricantes de máquinas y herramientas, de informar sobre
el nivel de las vibraciones que estas emiten.
Esta actuación tiene como objetivo identificar los riesgos de exposición profesional a
este tipo de situaciones de riesgo y facilitar buenas prácticas para prevenir o minimizar los
efectos que pueden tener sobre la salud y seguridad de los trabajadores.
Para ello, se elaborará un documento de toma de datos que recoja información sobre
las herramientas portátiles generadoras de riesgo por vibración y se realizarán mediciones
de la exposición profesional a vibraciones en 80 puestos de trabajo (máximo de tres
herramientas portátiles por centro de trabajo visitado).
Como resultado de esta actuación se elaborará un informe confidencial para la
empresa participante que recogerá los datos obtenidos de las mediciones y

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B.O.C.M. Núm. 251

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