D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211021-35)
Convenio –  Convenio específico de 27 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
66 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 251

JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021

x

Pág. 229

Documentación acreditativa de la relación laboral de dichos técnicos con la
empresa subcontratista

Con la firma del presente convenio queda autorizado la conservación y el acceso
por parte del IRSST a la documentación recogida en este apartado a fin de que en futuros
convenios la entidad beneficiaria no necesite entregar de nuevo documentación ya
entregada referente a un técnico, bastando entonces la mera referencia al convenio
donde puede ser encontrada la misma.
11.1.3

Facturas y justificantes de pago
x

Original de las facturas y de los justificantes de pago realizados en ejecución del
convenio que deberán estar todas ellas abonadas para la anualidad 2021 como
máximo el 31 de diciembre de 2021, y para la anualidad 2022, como máximo el 10
de noviembre de 2022.
En caso de que la factura del proveedor sea electrónica, deberá aportarse
impresa con el sello del proveedor.

x

11.1.4

Todas las facturas y justificantes de pagos realizados deberán reflejar,
debidamente desglosado, el IVA que sea de aplicación y, en su caso, el IRPF,
debiendo ajustarse las mismas al contenido del Real Decreto 1619/2012, de 30 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las
obligaciones de facturación.

Subcontratación

Cuando la ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DEL COMERCIO E INDUSTRIA DEL METAL DE
MADRID subcontrate algunas de las actividades previstas en la cláusula SEGUNDA del presente
convenio específico, la justificación de las mismas se realizará mediante la presentación de la
documentación a la que se refiere la cláusula OCTAVA del mismo.
AECIM, con carácter previo al cobro de la ayuda, acreditará que se encuentra al corriente
de pago con la Seguridad Social, no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad
de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, ni tener deudas de carácter
tributario con otras Administraciones Públicas.
El certificado de inexistencia de apremio en deudas de la Comunidad de Madrid se solicitará
de oficio por el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
11.2 Documentación específica de las acciones
La documentación señalada a continuación se entregará junto con la cuenta justificativa,
salvo que ya haya sido entregada durante la fase de seguimiento, de conformidad con lo previsto en
la cláusula DUODECIMA, en cuyo caso no será necesaria una nueva entrega, a menos que alguna
circunstancia lo requiera como incorporación de datos adicionales, corrección de errores o similares.
Como criterio general toda aquella documentación susceptible de no poder ser subsanada
con posterioridad o que pueda poner de manifiesto posibles problemas en la fase final de justificación
será entregada, en cuanto esté disponible, durante la fase de seguimiento a fin de ser evaluada por
el IRSST y corregida cualquier posible desviación respecto a las indicaciones del presente convenio.

A)

Acciones de asesoramiento:
Resumen general de las actuaciones
Cuadros de estadísticas de las actuaciones realizadas que deberán contener,
como mínimo, los siguientes aspectos:
1.

Datos referidos a la fecha y al tipo de actuación, sector de actividad, intervenciones
realizadas por el técnico y otros datos que se consideren de interés.

2.

Deberán ir firmados por el técnico responsable del seguimiento y control de la ejecución
de las actuaciones, con el visto bueno de uno de los firmantes del convenio.
Cuadro con las acciones de asesoramiento, entrevistas y consultas realizadas, modelo
SEN 6 Bis, según procedimiento de actuación establecido en el IRSST, indicando el

3.

BOCM-20211021-35

11.2.1