D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20211020-25)
Convenio –  Anuncio de 4 de octubre de 2021, del convenio específico para regular la realización de prácticas formativas de alumnos de Envera-Asociación de Empleados de Iberia Padres de Personas con Discapacidad en Metro de Madrid, S. A.
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 250

mos, a la revisión de la colaboración, si una vez iniciado el período de prácticas formativas,
y a la vista de los resultados, fuese necesario.
Asimismo, Envera asume que el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los futuros acuerdos específicos que se formalicen con cada uno de sus alumnos quedarán siempre sometidos al superior interés público de la correcta prestación del servicio de transportes que Metro tiene encomendado.
Por ello, en caso de conflicto y, pese a lo manifestado en cualquier cláusula de este o
futuros convenios, prevalecerán las necesidades sobrevenidas de dicho servicio público,
siendo posible la modificación, tanto de los horarios, como del espacio cuyo uso se ceda
para las prácticas formativas, y la suspensión o cancelación de las prácticas formativas ya
iniciadas, cuando estas necesidades así lo aconsejen, sin que el acaecimiento de estas incidencias otorguen derecho a indemnización de ningún tipo a favor de Envera, que, en caso
de no poder reanudarse las prácticas formativas en las instalaciones de Metro, deberán completarlas en las instalaciones alternativas que considere más adecuadas.
Quinta
Envera se compromete a difundir las diferentes colaboraciones que, al amparo del presente convenio, puedan llevarse a cabo a través de sus canales habituales de comunicación
(entre otros, memoria de actividades, página web y redes sociales).
El contenido, características y alcance de las posibles acciones de difusión de la colaboración aquí pactada serán determinadas de común acuerdo por ambas partes.
Sexta
Metro nombrará un tutor para la coordinación de las prácticas formativas a realizar en
las instalaciones de Metro, que garantizará la orientación y consulta del alumno, facilitará
las relaciones con el profesor-tutor de la entidad y aportará los informes valorativos que
contribuyen a la evaluación. A tal fin, facilitará al profesor-tutor de la entidad el acceso a
la empresa –en las instalaciones en que las medidas de seguridad no lo impidan– y las actuaciones de valoración y superación del proceso.
Séptima
Metro no podrá, ni siquiera con carácter interino, sustituir ningún puesto de trabajo en
plantilla con el alumno que realice actividades formativas en ella.
Octava

Novena
Envera, como única y exclusiva responsable respecto de las condiciones de seguridad
de sus alumnos y del responsable o tutor de sus alumnos por su parte designado, deberá garantizar, antes del inicio de las prácticas formativas en las instalaciones de Metro, que sus
alumnos (y el responsable o tutor que vaya a acudir a supervisar dichas prácticas formativas)
hayan adquirido los conocimientos y las competencias relativos a los riesgos específicos y
las medidas de prevención en las actividades profesionales correspondientes en las que vayan a realizar las prácticas formativas.

BOCM-20211020-25

Envera se compromete a que todos sus alumnos que realicen prácticas formativas en
Metro y los profesores-tutores de la entidad que accedan a las instalaciones de Metro, estén
cubiertos por un seguro que cubra cualesquiera accidentes que pudieran sufrir durante su
formación en las instalaciones de Metro.
Adicionalmente, Envera concertará una póliza de seguro de responsabilidad civil que
garantice la indemnización de los daños y perjuicios que el desarrollo de la actividad formativa pudiera ocasionar a las instalaciones de Metro en las que se desarrolle o a los bienes, maquinaria o equipamientos que se utilicen durante las mismas, y la indemnización de
los daños que pudieran ocasionarse a los empleados de Metro o a cualquier otra persona que
se halle en dichas instalaciones.
Envera deberá entregar a Metro una copia de dicha póliza antes de iniciarse la formación en las instalaciones de Metro. La falta de suscripción de dicha póliza o de la entrega
de una copia de la misma, en los plazos estipulados, constituirá causa de resolución del presente Convenio.