D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras - METRO DE MADRID, S. A. (BOCM-20211020-25)
Convenio –  Anuncio de 4 de octubre de 2021, del convenio específico para regular la realización de prácticas formativas de alumnos de Envera-Asociación de Empleados de Iberia Padres de Personas con Discapacidad en Metro de Madrid, S. A.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 250

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE OCTUBRE DE 2021

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Las prácticas formativas que se proponen tienen como objetivo fundamental el entrenamiento en destrezas y habilidades que complementen la formación y promuevan actitudes positivas para la participación social y desarrollo profesional de las personas participantes.
II. Que Metro, constituida en el año 1917 para la prestación del servicio ferroviario metropolitano en Madrid, es una Compañía que, conforme a su objetivo de ser la opción de movilidad preferente en la región de Madrid, proporcionando un servicio de transporte basado en
la calidad y la eficiencia, está interesada en el establecimiento de fórmulas de colaboración
con entidades de carácter público o privado, como medio para el desarrollo de la Responsabilidad Corporativa de la empresa, a través de la promoción de actividades y proyectos que
redunden en beneficio de colectividades genéricas de personas o instituciones, cuyas actividades actúen de forma beneficiosa para la sociedad en general.
Por ello, ha resuelto colaborar activamente con Envera en las actividades que desarrolla en el cumplimiento de sus fines y están interesadas en suscribir un convenio específico
para regular la realización de prácticas formativas por parte de alumnos de Envera en Metro a cuyo fin,
ACUERDAN
Primera
El objeto del presente convenio específico es establecer la colaboración para el desarrollo de prácticas formativas por parte de personas con discapacidad intelectual que participan
en los programas pedagógicos del Servicio de Formación e Inserción Laboral de Envera en
las dependencias de Metro, con el fin de promover su posterior inserción sociolaboral.
Segunda
Las dos entidades, por los procedimientos recogidos en este convenio específico, se
comprometen a establecer vías fluidas de comunicación que permitan a cada una de las partes conocer el desarrollo de las prácticas formativas, en orden a un mejor cumplimiento de
las mismas.
Metro y Envera reconocen que el desarrollo de las prácticas formativas quedará supeditado, en todo caso, a que su contenido no incida en el objeto de aquellos contratos que cualquiera de las partes haya suscrito con anterioridad en sus respectivos ámbitos de actividad.
Del mismo modo, Envera reconoce y acepta que aquellas actividades que pudieran desarrollarse en las instalaciones del ferrocarril metropolitano, quedan también supeditadas al
cumplimiento de las condiciones que Metro pudiera establecer a fin de que no se afecte al normal desarrollo del servicio público de transportes y habrán de someterse a la normativa que
pudiera resultarles de aplicación.

La relación entre el alumno de Envera y Metro no será en ningún caso de carácter laboral y las prácticas formativas realizadas no darán derecho a retribución alguna. Las compensaciones por gastos que en su caso pudieran pactarse entre los alumnos y Envera, así como
los gastos derivados de la formalización de las pólizas de seguros o cualesquiera otros, legalmente exigibles, serán, en todo caso, a cargo de la Envera.
Para cada colaboración concreta que lleve asociada la realización de prácticas de alumnos de Envera en Metro se formalizará un anexo a este acuerdo específico en el que figurará, como mínimo, la siguiente información:
— Datos identificativos del alumno.
— Centro o centros de trabajo en los que van a realizar las prácticas.
— Duración de las prácticas y calendario previsto.
— Contenido o actividades a realizar por el alumno o alumnos durante las prácticas.
— Responsable o Tutor del alumno por parte de Envera.
— Tutor del alumno por parte de Metro.
Cuarta
Metro se compromete al cumplimiento de la programación de las prácticas formativas
que previamente hayan sido acordadas con la entidad que desarrolla el programa, a realizar
su seguimiento y la valoración del progreso de los alumnos y, junto con el tutor de los mis-

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