D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE DEPORTES, TRANSPARENCIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO (BOCM-20201105-28)
Convenio – Convenio de 1 de septiembre de 2020, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno) y la Unión de Federaciones Deportivas Madrileñas (UFEDEMA), por el que se regula la concesión directa de una subvención para la reactivación del sector deportivo madrileño
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 271
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 93
VI. Que la Unión de Federaciones Deportivas Madrileñas (UFEDEMA) es una entidad
sin ánimo de lucro que tiene, entre sus objetivos, promover, defender y representar al deporte federado de la Comunidad de Madrid, fomentar todo tipo de colaboración con todas
las instituciones y entidades y organismos públicos y privados en desarrollo y mejora del
deporte federado madrileño en general, así como ejercer como correa de transmisión entre
todas las federaciones autonómicas asociadas en las zonas comunes y colectivas. Para el
cumplimiento de estos fines realiza, entre otras, actividades de colaboración con las distintas administraciones públicas competentes en materia deportiva.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio,
con sujeción a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la concesión directa, con carácter excepcional
y por razones de interés público y social, de una subvención que se otorga por la Comunidad de Madrid a UFEDEMA, para sufragar los gastos corrientes y de personal extraordinarios generados a las Federaciones y Clubes Deportivos Madrileños, para dar cumplimiento
a lo previsto en la Resolución de 4 de mayo de 2020, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba el Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y reinicio de las competiciones federadas y no profesionales, así como cualquier
otra disposición vigente en materia de prevención y respuesta a la pandemia del COVID-19 que
origine un gasto extraordinario a las federaciones y clubes deportivos madrileños en el desarrollo de sus actividades.
Segunda
La finalidad de esta ayuda es contribuir a afrontar los gastos extraordinarios que deben
asumir clubes y federaciones deportivas madrileñas, para poder retomar su actividad deportiva ordinaria, a todos los niveles, como consecuencia de las medidas extraordinarias que
se han adoptado o se adopten por las diferentes Administraciones Públicas para superar la
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y, en última instancia, contribuir a la rápida
reactivación de este sector, tanto en su aspecto puramente deportivo como en su implicación en la economía madrileña.
En este sentido, serán subvencionables los gastos corrientes y de personal, incluyendo
seguros sociales, en que incurran tanto clubes como federaciones o la propia UFEDEMA,
para el cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención y respuesta a la pandemia del COVID-19, siempre y cuando estén ocasionados por la situación extraordinaria
generada por la situación sanitaria. Estos gastos deberán ser indispensables o, al menos, recomendables por la normativa vigente. En concreto, aunque no con carácter exhaustivo, serán subvencionables los siguientes gastos corrientes y de personal:
— Coordinador encargado del cumplimiento de los protocolos establecidos y personal de seguimiento de incidencias.
— Personal sanitario.
— Gastos extraordinarios de limpieza de las instalaciones deportivas.
— Material de protección, desinfección o aislamiento para deportistas y trabajadores.
— Control de acceso a las instalaciones.
— Información y señalética.
— Medios para la realización del trabajo a distancia.
— Medios audiovisuales.
— Pruebas y controles médicos. Test inmunológicos.
— Limpieza y material de hostelería específicos, tanto en cocinas como en servicio
de comedor.
— Limpieza y material específico para uso en habitaciones y dependencias para residentes.
En ningún caso existirá vinculación laboral de tipo alguno entre el personal que preste los servicios objeto de subvención y la Comunidad de Madrid.
BOCM-20201105-28
Finalidad de la ayuda y conceptos subvencionables
B.O.C.M. Núm. 271
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 93
VI. Que la Unión de Federaciones Deportivas Madrileñas (UFEDEMA) es una entidad
sin ánimo de lucro que tiene, entre sus objetivos, promover, defender y representar al deporte federado de la Comunidad de Madrid, fomentar todo tipo de colaboración con todas
las instituciones y entidades y organismos públicos y privados en desarrollo y mejora del
deporte federado madrileño en general, así como ejercer como correa de transmisión entre
todas las federaciones autonómicas asociadas en las zonas comunes y colectivas. Para el
cumplimiento de estos fines realiza, entre otras, actividades de colaboración con las distintas administraciones públicas competentes en materia deportiva.
Por todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio,
con sujeción a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es regular la concesión directa, con carácter excepcional
y por razones de interés público y social, de una subvención que se otorga por la Comunidad de Madrid a UFEDEMA, para sufragar los gastos corrientes y de personal extraordinarios generados a las Federaciones y Clubes Deportivos Madrileños, para dar cumplimiento
a lo previsto en la Resolución de 4 de mayo de 2020, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba el Protocolo básico de actuación para la vuelta a los entrenamientos y reinicio de las competiciones federadas y no profesionales, así como cualquier
otra disposición vigente en materia de prevención y respuesta a la pandemia del COVID-19 que
origine un gasto extraordinario a las federaciones y clubes deportivos madrileños en el desarrollo de sus actividades.
Segunda
La finalidad de esta ayuda es contribuir a afrontar los gastos extraordinarios que deben
asumir clubes y federaciones deportivas madrileñas, para poder retomar su actividad deportiva ordinaria, a todos los niveles, como consecuencia de las medidas extraordinarias que
se han adoptado o se adopten por las diferentes Administraciones Públicas para superar la
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y, en última instancia, contribuir a la rápida
reactivación de este sector, tanto en su aspecto puramente deportivo como en su implicación en la economía madrileña.
En este sentido, serán subvencionables los gastos corrientes y de personal, incluyendo
seguros sociales, en que incurran tanto clubes como federaciones o la propia UFEDEMA,
para el cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención y respuesta a la pandemia del COVID-19, siempre y cuando estén ocasionados por la situación extraordinaria
generada por la situación sanitaria. Estos gastos deberán ser indispensables o, al menos, recomendables por la normativa vigente. En concreto, aunque no con carácter exhaustivo, serán subvencionables los siguientes gastos corrientes y de personal:
— Coordinador encargado del cumplimiento de los protocolos establecidos y personal de seguimiento de incidencias.
— Personal sanitario.
— Gastos extraordinarios de limpieza de las instalaciones deportivas.
— Material de protección, desinfección o aislamiento para deportistas y trabajadores.
— Control de acceso a las instalaciones.
— Información y señalética.
— Medios para la realización del trabajo a distancia.
— Medios audiovisuales.
— Pruebas y controles médicos. Test inmunológicos.
— Limpieza y material de hostelería específicos, tanto en cocinas como en servicio
de comedor.
— Limpieza y material específico para uso en habitaciones y dependencias para residentes.
En ningún caso existirá vinculación laboral de tipo alguno entre el personal que preste los servicios objeto de subvención y la Comunidad de Madrid.
BOCM-20201105-28
Finalidad de la ayuda y conceptos subvencionables