C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (BOCM-20201104-22)
Convenio colectivo – Resolución de 9 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Valoriza Servicios Medioambientales, S. A. (Centro de Limpieza Pública Viaria de Coslada) (código número 28102351012019)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 71
Artículo 17. Nuevas tecnologías
Cuando en una Contrata se introduzcan nuevas tecnologías que conlleven para los trabajadores
modificación sustancial de las condiciones de trabajo, se estará a lo dispuesto al efecto por la legislación
laboral vigente (información previa a los Representantes Legales de los Trabajadores, etc.).
Artículo 18. Licencias y permisos
Las Empresas, teniendo en cuenta las necesidades del servicio, deberán conceder hasta treinta
días no retribuidos al año a todos los trabajadores que lo soliciten por cuestiones familiares,
sociales, de estudio, etc.
El personal afectado por este Convenio tendrá derecho a disfrutar permiso retribuido por el importe
total devengado en forma y condiciones que se especifican a continuación:
a) 10 días al año para exámenes por estudios oficiales.
b) 15 días retribuidos en caso de matrimonio.
c) 2 días naturales por intervención quirúrgica ambulatoria, de parientes hasta segundo grado de
consanguinidad o afinidad, ampliables a dos días más si existiese la necesidad de realizar un
desplazamiento al efecto fuera de la Comunidad de Madrid.
d) 3 días naturales por fallecimiento, hospitalización o intervención quirúrgica hospitalaria de
familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, ampliables a dos días más si
existiese la necesidad de realizar un desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid.
e) 3 días por enfermedad grave de padres, padres políticos, cónyuges, hijos y nietos. Cuatro días
si ocurriese el hecho fuera de la provincia.
f) 2 días por traslado de domicilio habitual.
g) 1 día hábil en matrimonio de hijos o hijas, hermanos/as o padres / madres y dos días en caso
de que fuera en distinta provincia.
h) 1 día por fallecimiento de tíos/ tías y sobrinos/as consanguíneos y dos días si el fallecimiento
ocurriese fuera de la provincia.
i) Horas para exámenes y renovaciones de carnet de conducir y DNI.
j) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y
personal.
k) Por el tiempo necesario para la asistencia al médico especialista y/o pruebas médicas, siempre
y cuando justifique que no puede realizarlo fuera de su jornada de trabajo.
Todas estas licencias y permisos deberán ser preavisados, salvo urgencias, y posteriormente
justificados debidamente. Además, todos estos permisos serán disfrutados tanto por los
matrimonios como por las parejas de hecho.
Para todas las licencias expuestas anteriormente, se comenzarán a disfrutar de las mismas desde
que se produzca el hecho causante. Si los hechos ocurrieran al término de la jornada de trabajo,
dicha licencia comenzará a computar al día siguiente. Si los hechos ocurrieran durante la jornada
de trabajo, el trabajador tendrá la opción de escoger si la licencia comienza ese mismo día o al día
siguiente. Si se escogiera el comienzo del disfrute al día siguiente, el trabajador tendrá la
obligación de finalizar completamente su jornada laboral.
Artículo 19. Trabajos de categoría inferior por capacidad disminuida
Los/as conductores/as que no obtengan la renovación del carnet de conducir que precisan para su
trabajo por no superar el examen psicotécnico, podrán elegir entre ser admitidos en otra categoría
profesional o instar declaración de invalidez, siempre y cuando la empresa considere que puede
desarrollar perfectamente su nuevo cometido. Si, por la primera opción, este nuevo puesto
significase inferior clasificación profesional se le mantendría el salario de la categoría anterior
hasta que, por sucesivas revisiones salariales, sea alcanzado por la retribución de la nueva
categoría asignada.
En los casos de incapacidad Permanente Total para la profesión habitual derivada de accidente
laboral o enfermedad profesional, como consecuencia de la actividad desarrollada para la
BOCM-20201104-22
A la persona trabajadora que le sea declarada una incapacidad permanente parcial como
consecuencia de la actividad desarrollada para la Contrata, se le readmitirá en el puesto de trabajo
y con la categoría que la empresa entienda más adecuada. Si este nuevo puesto significase
inferior clasificación profesional se le mantendría el salario de la categoría anterior hasta que, por
sucesivas revisiones salariales, sea alcanzado por la retribución de la nueva categoría asignada.
B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 4 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 71
Artículo 17. Nuevas tecnologías
Cuando en una Contrata se introduzcan nuevas tecnologías que conlleven para los trabajadores
modificación sustancial de las condiciones de trabajo, se estará a lo dispuesto al efecto por la legislación
laboral vigente (información previa a los Representantes Legales de los Trabajadores, etc.).
Artículo 18. Licencias y permisos
Las Empresas, teniendo en cuenta las necesidades del servicio, deberán conceder hasta treinta
días no retribuidos al año a todos los trabajadores que lo soliciten por cuestiones familiares,
sociales, de estudio, etc.
El personal afectado por este Convenio tendrá derecho a disfrutar permiso retribuido por el importe
total devengado en forma y condiciones que se especifican a continuación:
a) 10 días al año para exámenes por estudios oficiales.
b) 15 días retribuidos en caso de matrimonio.
c) 2 días naturales por intervención quirúrgica ambulatoria, de parientes hasta segundo grado de
consanguinidad o afinidad, ampliables a dos días más si existiese la necesidad de realizar un
desplazamiento al efecto fuera de la Comunidad de Madrid.
d) 3 días naturales por fallecimiento, hospitalización o intervención quirúrgica hospitalaria de
familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, ampliables a dos días más si
existiese la necesidad de realizar un desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid.
e) 3 días por enfermedad grave de padres, padres políticos, cónyuges, hijos y nietos. Cuatro días
si ocurriese el hecho fuera de la provincia.
f) 2 días por traslado de domicilio habitual.
g) 1 día hábil en matrimonio de hijos o hijas, hermanos/as o padres / madres y dos días en caso
de que fuera en distinta provincia.
h) 1 día por fallecimiento de tíos/ tías y sobrinos/as consanguíneos y dos días si el fallecimiento
ocurriese fuera de la provincia.
i) Horas para exámenes y renovaciones de carnet de conducir y DNI.
j) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y
personal.
k) Por el tiempo necesario para la asistencia al médico especialista y/o pruebas médicas, siempre
y cuando justifique que no puede realizarlo fuera de su jornada de trabajo.
Todas estas licencias y permisos deberán ser preavisados, salvo urgencias, y posteriormente
justificados debidamente. Además, todos estos permisos serán disfrutados tanto por los
matrimonios como por las parejas de hecho.
Para todas las licencias expuestas anteriormente, se comenzarán a disfrutar de las mismas desde
que se produzca el hecho causante. Si los hechos ocurrieran al término de la jornada de trabajo,
dicha licencia comenzará a computar al día siguiente. Si los hechos ocurrieran durante la jornada
de trabajo, el trabajador tendrá la opción de escoger si la licencia comienza ese mismo día o al día
siguiente. Si se escogiera el comienzo del disfrute al día siguiente, el trabajador tendrá la
obligación de finalizar completamente su jornada laboral.
Artículo 19. Trabajos de categoría inferior por capacidad disminuida
Los/as conductores/as que no obtengan la renovación del carnet de conducir que precisan para su
trabajo por no superar el examen psicotécnico, podrán elegir entre ser admitidos en otra categoría
profesional o instar declaración de invalidez, siempre y cuando la empresa considere que puede
desarrollar perfectamente su nuevo cometido. Si, por la primera opción, este nuevo puesto
significase inferior clasificación profesional se le mantendría el salario de la categoría anterior
hasta que, por sucesivas revisiones salariales, sea alcanzado por la retribución de la nueva
categoría asignada.
En los casos de incapacidad Permanente Total para la profesión habitual derivada de accidente
laboral o enfermedad profesional, como consecuencia de la actividad desarrollada para la
BOCM-20201104-22
A la persona trabajadora que le sea declarada una incapacidad permanente parcial como
consecuencia de la actividad desarrollada para la Contrata, se le readmitirá en el puesto de trabajo
y con la categoría que la empresa entienda más adecuada. Si este nuevo puesto significase
inferior clasificación profesional se le mantendría el salario de la categoría anterior hasta que, por
sucesivas revisiones salariales, sea alcanzado por la retribución de la nueva categoría asignada.