C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20201008-32)
Plan general inspección educativa –  Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se aprueba el Plan General de Actuación de la Inspección Educativa para el curso 2020-2021
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 245

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 8 DE OCTUBRE DE 2020

B. Información, apoyo y colaboración a las Direcciones de Área Territorial y a otros
órganos de la Administración educativa.
a. Participación en la escolarización del alumnado.
b. Participación en la evaluación del profesorado.
c. Participación en procedimientos de selección y evaluación de los directores.
d. Participación en la evaluación de centros docentes.
e. Participación en reclamaciones relacionadas con la evaluación de alumnos.
C. Atención, información y asesoramiento a los miembros de la comunidad educativa.
a. Asesoramiento a profesores, padres y alumnos, con especial dedicación a los
casos de conflictos de convivencia y acoso escolar y laboral.
b. Atención a los miembros de la comunidad educativa en los Servicios de Inspección.
Algunas actuaciones habituales serán objeto de un tratamiento homogéneo en los cinco servicios territoriales mediante la utilización de los correspondientes protocolos o, en su
caso, de guías para la supervisión, proporcionados a tal efecto por la Subdirección General
de Inspección Educativa.
6.2. Actuaciones habituales de mayor relevancia.
Las actuaciones habituales de mayor relevancia son aquellas cuya incidencia en los
centros docentes obliga a conferirles un tratamiento preeminente dentro del Plan General
de Actuación.
Las actuaciones habituales de mayor relevancia se desarrollarán de manera homogénea en los cinco servicios territoriales de acuerdo con las instrucciones que dicte en su momento la Subdirección General de Inspección Educativa, aplicando los protocolos que en
su caso se establezcan.
En estas actuaciones se enumeran la correspondencia con las áreas prioritarias, los objetivos, el carácter de la aplicación, su temporalización, el tratamiento de los resultados y
unos indicadores (tanto cuantitativos como cualitativos) que permitirán evaluar la propia
actuación.
Tendrán la consideración de actuaciones habituales de mayor relevancia para el curso 2020-2021 las siguientes:
6.2.1. Supervisión de la aplicación en los centros docentes de la Orden 2162/2020,
de 14 de septiembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se establecen medidas que han de adoptar los centros docentes de la Comunidad de Madrid para la organización del curso 2020-2021 en relación con la crisis sanitaria provocada por la COVID-19.
Correspondencia con áreas prioritarias:
— Organización y funcionamiento de los centros y servicios educativos.
— La práctica docente.
Objetivos de la actuación:
1. Comprobar que los centros docentes han previsto las medidas relacionadas con el
proceso de enseñanza y aprendizaje correspondientes a cada uno de los cuatro escenarios
señalados en la Resolución Conjunta de las Viceconsejerías, que se incluye como Anexo en
la Orden 2162/2020, de 14 de septiembre, las han incorporado en su Programación General Anual y las están llevando a cabo de manera efectiva, en especial las relacionadas con
la semipresencialidad y la enseñanza a distancia.
2. Obtener un informe estadístico global y una información individualizada por centro con las decisiones adoptadas.
3. Garantizar el cumplimiento de la atención educativa a los alumnos, según el escenario aplicable a cada centro en cada momento del curso.
Carácter de la aplicación:
— Carácter censal en todos los CEIP, IES, CEPA, EOI, Escuelas de Arte y Conservatorios profesionales de Música y Danza: obtención de datos de las medidas previstas por los centros mediante un cuestionario telemático.
— Carácter muestral: supervisión colegiada de la adecuación y atención educativa de
los alumnos y de la puesta en práctica de las medidas de cada escenario recogidas
en la Programación general Anual en una muestra representativa de CEIP, IES,
CEPA, EOI, Escuelas de Arte y Conservatorios Profesionales de Música y Danza.

Pág. 131

BOCM-20201008-32

BOCM