C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20200708-15)
Calendario escolar – Orden 1390/2020, de 1 de julio, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se establece el calendario escolar para el curso 2020-2021 en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
Pág. 97
Tercero
3.1. Actividades escolares: las actividades escolares se desarrollarán entre los días 1
de septiembre de 2020 y 30 de junio de 2021, con excepción de las correspondientes vacaciones y días festivos.
3.2. Actividades lectivas:
3.2.1. En los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y
Formación Profesional, las actividades lectivas comenzarán el día 9 de septiembre de 2020
en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Programas Profesionales, Formación
Profesional Básica, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio y segundo curso de ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior. Las actividades lectivas del primer curso de los ciclos formativos de Formación Profesional de Grado
Superior comenzarán el 28 de septiembre.
Las actividades lectivas de los citados centros terminarán el día 23 de junio de 2021,
excepto para el alumnado de segundo curso de Bachillerato, que finalizará sus actividades
lectivas en función de las necesidades derivadas de la realización de la evaluación final de
Bachillerato y los procedimientos de admisión en la Universidad.
Con carácter general, en los centros citados anteriormente en este apartado 3.2.1, la
evaluación final ordinaria deberá estar concluida el 15 de junio de 2021. Una vez realizada
la evaluación final ordinaria, el período comprendido hasta el 23 de junio de 2021, se destinará, según corresponda en cada caso, a:
— Actividades de apoyo, refuerzo, tutorización y realización de las pruebas extraordinarias de evaluación para el alumnado con materias o módulos pendientes.
— Actividades de ampliación para alumnos sin materias o módulos pendientes.
No obstante, en el marco de la autonomía de los centros, las pruebas extraordinarias
de evaluación para el alumnado con materias o módulos pendientes podrán prolongarse
hasta el día 25 de junio.
3.2.2. En los centros de Educación de Personas Adultas las actividades lectivas comenzarán el día 14 de septiembre de 2020, excepto en el caso de los centros penitenciarios,
que comenzarán el 9 de septiembre de 2020. La finalización de las actividades lectivas será
el día 18 de junio de 2021.
3.2.3. En los Conservatorios Profesionales de Música y en los Conservatorios Profesionales de Danza las actividades lectivas comenzarán el día 21 de septiembre de 2020 y finalizarán el día 25 de junio de 2021. La evaluación final ordinaria se realizará antes del 4
de junio de 2021. En el período comprendido desde la finalización de dicha evaluación
al 25 de junio de 2021 se realizarán actividades de repaso y profundización, las pruebas extraordinarias y la evaluación final extraordinaria. El alumnado de 6.o curso de enseñanzas
profesionales finalizará sus actividades lectivas en función de las necesidades derivadas de
la realización de la evaluación final de Bachillerato y los procedimientos de admisión en la
Universidad.
3.2.4. En las Escuelas de Arte las actividades lectivas comenzarán el día 14 de septiembre de 2020 para el segundo curso y el día 21 de septiembre de 2020 para el primer curso de los ciclos de Artes Plásticas y Diseño, y finalizarán el día 25 de junio de 2021. La evaluación final ordinaria deberá estar concluida el 15 de junio de 2021. Hasta el 25 de junio
de 2021 se realizarán actividades de repaso y profundización, las pruebas extraordinarias y
la evaluación final extraordinaria.
3.2.5. En las Escuelas Oficiales de Idiomas las actividades lectivas comenzarán el
día 21 de septiembre de 2020. La convocatoria ordinaria se realizará antes del 4 de junio de 2021.
En el marco de la autonomía de los centros, las pruebas extraordinarias de evaluación y de
certificación podrán realizarse hasta el día 25 de junio de 2021.
3.2.6. En los centros integrados de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación
Primaria y/o Secundaria:
— Las enseñanzas de Música que se imparten de forma integrada y no integrada en
estos centros seguirán el calendario establecido para los Conservatorios Profesionales de Música.
— Las enseñanzas correspondientes a la etapa de Educación Primaria iniciarán sus
actividades lectivas el día 8 de septiembre de 2020 y finalizarán el día 22 de junio
BOCM-20200708-15
Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional,
Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de Personas Adultas
B.O.C.M. Núm. 164
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE JULIO DE 2020
Pág. 97
Tercero
3.1. Actividades escolares: las actividades escolares se desarrollarán entre los días 1
de septiembre de 2020 y 30 de junio de 2021, con excepción de las correspondientes vacaciones y días festivos.
3.2. Actividades lectivas:
3.2.1. En los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y
Formación Profesional, las actividades lectivas comenzarán el día 9 de septiembre de 2020
en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Programas Profesionales, Formación
Profesional Básica, ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio y segundo curso de ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior. Las actividades lectivas del primer curso de los ciclos formativos de Formación Profesional de Grado
Superior comenzarán el 28 de septiembre.
Las actividades lectivas de los citados centros terminarán el día 23 de junio de 2021,
excepto para el alumnado de segundo curso de Bachillerato, que finalizará sus actividades
lectivas en función de las necesidades derivadas de la realización de la evaluación final de
Bachillerato y los procedimientos de admisión en la Universidad.
Con carácter general, en los centros citados anteriormente en este apartado 3.2.1, la
evaluación final ordinaria deberá estar concluida el 15 de junio de 2021. Una vez realizada
la evaluación final ordinaria, el período comprendido hasta el 23 de junio de 2021, se destinará, según corresponda en cada caso, a:
— Actividades de apoyo, refuerzo, tutorización y realización de las pruebas extraordinarias de evaluación para el alumnado con materias o módulos pendientes.
— Actividades de ampliación para alumnos sin materias o módulos pendientes.
No obstante, en el marco de la autonomía de los centros, las pruebas extraordinarias
de evaluación para el alumnado con materias o módulos pendientes podrán prolongarse
hasta el día 25 de junio.
3.2.2. En los centros de Educación de Personas Adultas las actividades lectivas comenzarán el día 14 de septiembre de 2020, excepto en el caso de los centros penitenciarios,
que comenzarán el 9 de septiembre de 2020. La finalización de las actividades lectivas será
el día 18 de junio de 2021.
3.2.3. En los Conservatorios Profesionales de Música y en los Conservatorios Profesionales de Danza las actividades lectivas comenzarán el día 21 de septiembre de 2020 y finalizarán el día 25 de junio de 2021. La evaluación final ordinaria se realizará antes del 4
de junio de 2021. En el período comprendido desde la finalización de dicha evaluación
al 25 de junio de 2021 se realizarán actividades de repaso y profundización, las pruebas extraordinarias y la evaluación final extraordinaria. El alumnado de 6.o curso de enseñanzas
profesionales finalizará sus actividades lectivas en función de las necesidades derivadas de
la realización de la evaluación final de Bachillerato y los procedimientos de admisión en la
Universidad.
3.2.4. En las Escuelas de Arte las actividades lectivas comenzarán el día 14 de septiembre de 2020 para el segundo curso y el día 21 de septiembre de 2020 para el primer curso de los ciclos de Artes Plásticas y Diseño, y finalizarán el día 25 de junio de 2021. La evaluación final ordinaria deberá estar concluida el 15 de junio de 2021. Hasta el 25 de junio
de 2021 se realizarán actividades de repaso y profundización, las pruebas extraordinarias y
la evaluación final extraordinaria.
3.2.5. En las Escuelas Oficiales de Idiomas las actividades lectivas comenzarán el
día 21 de septiembre de 2020. La convocatoria ordinaria se realizará antes del 4 de junio de 2021.
En el marco de la autonomía de los centros, las pruebas extraordinarias de evaluación y de
certificación podrán realizarse hasta el día 25 de junio de 2021.
3.2.6. En los centros integrados de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación
Primaria y/o Secundaria:
— Las enseñanzas de Música que se imparten de forma integrada y no integrada en
estos centros seguirán el calendario establecido para los Conservatorios Profesionales de Música.
— Las enseñanzas correspondientes a la etapa de Educación Primaria iniciarán sus
actividades lectivas el día 8 de septiembre de 2020 y finalizarán el día 22 de junio
BOCM-20200708-15
Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional,
Enseñanzas de Régimen Especial y Educación de Personas Adultas