Pinto (BOCM-20200707-66)
Organización y funcionamiento. Estructura áreas de gobierno
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE JULIO DE 2020

B.O.C.M. Núm. 163

nistrativa a otros responsables de la deuda; declaración de prescripción de derechos y de créditos incobrables; así como devolución u ordenación de ejecución de
garantías depositadas en la Tesorería municipal y el reembolso de los costes de garantías que se constituyan, a excepción de los tramitados por la Concejalía-Delegada competente en materia de servicios técnicos; y, en general, todos aquellos
que deriven de la legislación en materia de tributaria y recaudatoria.
c) Contratación, que comprende, en particular, las actuaciones y los procedimientos
relativos a la preparación de contratos del sector público en coordinación con las
Concejalías-Delegadas promotoras; la adjudicación y demás resoluciones relativa
a contratos del sector público, salvo menores, cuyo valor estimado no sea superior
a 300.000 euros en el caso de contratos de obras, de concesión de obras y de concesión de servicios o a 100.000 euros en el caso de contratos de suministro y servicios así como de los contratos menores en materias de competencia de esta Concejalía-Delegada, proponiendo en los demás casos la resolución al órgano
competente; instruir, y resolver o proponer para su resolución al órgano competente para su resolución los expedientes relativos a la ejecución, efectos y extinción de los contratos del sector público; presidir las mesas de contratación; formalizar los contratos administrativos y privados; y, en general, todos aquellos que
deriven de la legislación de contratos del sector público y no se encuentren específicamente reservados o delegados a otros órganos municipales.
d) Patrimonio, que comprende, en particular, las actuaciones y los procedimientos
relativos a negocios jurídicos patrimoniales y concesiones demaniales, resolviendo los que sean de competencia de la Alcaldía o proponiendo su resolución al
Pleno en caso de corresponder legalmente a la competente de este; defensa de
bienes y derechos municipales y el ejercicio de las prerrogativas reconocidas sobre los mismos, tales como las de investigación, deslinde, recuperación posesoria, desahucio administrativo, reversión o rescate; formalizar los negocios jurídicos patrimoniales y concesiones demaniales; autorizaciones demaniales sobre
sobre espacios o instalaciones que no correspondan a la competencia de otra
Concejalía-Delegada; responsabilidad patrimonial; seguros; representar al Ayuntamiento en las comunidades de propietarios en las que aquél sea propietario de
inmuebles; y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación patrimonial
y de responsabilidad patrimonial aplicable a las entidades locales y no se encuentren específicamente reservados o delegados a otros órganos municipales.
Undécimo.—Delegar en don Pablo Leal Rodríguez, como concejal-delegado de Servicios Técnicos, Obras y Servicios Generales, y Movilidad las funciones señaladas en el pronunciamiento segundo en las materias siguientes:
a) Servicios Técnicos, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y
los procedimientos relativos a licencias, órdenes de ejecución, comunicaciones
previas y declaraciones responsables en materia urbanística y de actividades, salvo las de obra mayor y de primera ocupación o uso, tales como ocupaciones de vía
pública, cambios de titularidad y de uso, y segregación, parcelación y agrupación;
señalamiento de alineaciones; evaluación ambiental previa al otorgamiento de licencias; garantías constituidas y reembolso de costes de las mismas; inspección
urbanística, inspección técnica de edificios e inspección en materia de establecimientos públicos y actividades recreativas respecto de locales y establecimientos
públicos; declaración de ruina y protección de la legalidad urbanística y edificatoria, sin perjuicio de las atribuciones legales de la Junta de Gobierno Local; suministro de energía eléctrica; suministros de agua potable, de riego y depurada;
suministro de gas; infraestructurales generales y supramunicipales, tales como redes eléctricas y de agua, gas, saneamiento, telecomunicaciones, carreteras o ferrocarriles; y, en general, todos aquellos que deriven de la legislación de ordenación
del territorio y urbanística y no se encuentren específicamente reservados o delegados a otros órganos municipales.
b) Obras y Servicios Generales, que comprende, en particular, los servicios, las actuaciones y los procedimientos relativos a proyectos de obra, memorias u otros documentos técnicos, incluida su contratación y la aprobación de proyectos de obra
previstos en el presupuesto, en ambos casos dentro de los límites del contrato menor; la preparación de contratos de obras y de concesión de obras públicas en coordinación con la Concejalía-Delegada de Hacienda y Planificación Económica,
Contratación y Patrimonio; inspección y mantenimiento de edificios municipales;

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